Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/12/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 54

n
Granada, lunes, 16 de diciembre de 2019

mente a cada sesión que se produzca la persona titular o bien su suplente.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a los trabajos en que se estime pertinente de asesores especialistas.
Dichas personas asesoras se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz y sin voto en las sesiones.
BASE FINAL.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrán interponer las personas interesadas recurso potestativo de reposición ante el Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Zafarraya Granada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación arts. 123 y 124 Ley 39/2015. Si no estima oportuno la presentación de este recurso podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de la misma forma, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Granada Ley 29/1998, sin perjuicio de que podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.

3
3 3
3 5

9
9 9
9 5

n
B.O.P. número 238

120
211
300
903
000

MULTAS INFRAC. CIRCUL.
59.471,13
RECARGOS DE APREMIO
68.969,37
OT. ING. INTERES. DEMORA
77.900,00
COSTAS RECAUD. EJECUT.
38.873,17
CONCESIONES ADMINIST.
168.209,03
TOTAL
807.102,33
Contra el presente acuerdo y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del R.D.L. 2/2004. de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado Motril, 12 de diciembre de 2019.-La Alcaldesa, Luisa M García Chamorro.

NÚMERO 6.592

DIPUTACIÓN DE GRANADA
Zafarraya, 11 de diciembre de 2019.-La Alcaldesa, firma ilegible.

NÚMERO 6.587

DELEGACIÓN DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS
SERVICIO DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS. SECCIÓN
DE URBANISMO
EDICTO

AYUNTAMIENTO DE MOTRIL Granada
Aprobación definitiva suplemento de crédito 02/2019
EDICTO
La Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Motril, HACE SABER: Que en cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de fecha 13 de noviembre de 2019, sobre el expediente de Suplemento de Crédito 02/2019, con cargo a mayores ingresos, que se hace público resumido como sigue:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
APLIC. PRESUP.
DESCRIPCIÓN
EUROS
ORG. FUNC. ECON.
0802.1722.12000
RETRIB. BÁSICAS
393.094,82
0201.0110.91400
AMORT. DEUDA APLAZ.
SEGURIDAD SOCIAL
414.007,51
TOTAL
807.102,33
APLICACIONES MAYORES INGRESOS
APLIC. PRESUP.
DESCRIPCIÓN
EUROS
CAP. ART. CONC.
2 9 000
IMPUEST. CONSTRUCC.
86.827,95
3 2 100
LICENCIAS URBAN.
259.839,94
3 3 903
VALLAS, ANDAM. MAT. CON.
47.011,74

Conforme a lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación de los Convenios de ENCOMIENDA DE GESTIÓN EN MATERIA DE DISCIPLINA URBANÍSTICA, firmados entre la Diputación de Granada, Ayuntamientos de la provincia y ELA, según se especifica respecto a fecha, municipios y ELA en el ANEXO adjunto, y cuyo texto literal es el siguiente:
CONVENIO DE ACTUACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN
DE GRANADA Y EL AYUNTAMIENTO DE SOBRE
ENCOMIENDA DE GESTIÓN EN MATERIA DE DISCIPLINA URBANÍSTICA.
En a de de
REUNIDOS
De una parte, D. JOSÉ ENTRENA ÁVILA, Presidente de la Diputación Provincial de Granada, actuando en virtud de lo dispuesto en el art. 34,1 de la Ley 7/1985 de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/1999 de 21 de abril y en el art. 29. c del R.D. Legislativo 781/ 1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y autorizado por acuerdo plenario de fecha
De otra parte, D/D Alcalde/sa Presidente/a del Ayuntamiento de en uso de las facultades que le confiere el art.21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el art.41 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funciona-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha16/12/2019

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones5521

Primera edición01/06/2002

Ultima edición03/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031