Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, lunes, 16 de diciembre de 2019

nocimiento, investigación e innovación de este producto en la provincia.
2. La propuesta de candidaturas al Premio honorífico podrá ser presentada por cualquier persona u entidad de Granada que sea conocedora del sector del olivar y la elaiotecnia de la provincia.
3. La valoración se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
a Que responda significativamente a los fines del Premio.
b La extensión, continuidad y coherencia de las actuaciones realizadas.
c El carácter innovador de los hechos por los que se presenta la candidatura.
d La repercusión al desarrollo del sector oleícola a nivel local o provincial.
4. La candidatura que obtenga la mejor puntuación, a juicio del jurado, será galardona con el Premio Honorífico. En caso de empate la presidencia del Jurado ejercerá voto de calidad.
Artículo 10. Jurado.
1. El Jurado del Premio Honorífico estará presidido por el/la Diputado/a de la Delegación de Empleo y Desarrollo Sostenible de la Diputación Provincial de Granada, o persona en quien delegue, e integrado por: el/la Presidente/a de la D.O.P. Montes de Granada o persona en quien delegue, el/la presidente/a de la D.O.P. Poniente de Granada o persona en quien delegue, una persona representante de la Asociación de Cooperativas de Granada y una persona representante de Infaoliva Granada. Como Secretaria actuará una persona adscrita al Servicio de Fomento al Desarrollo Rural.
2. Al Jurado podrán incorporarse una persona por cada entidad patrocinadora del concurso. Estas personas actuarán como asesores en la deliberación y dispondrán de voz pero no de voto.
3. No pueden ser miembro del jurado individuos que participen en alguno de los Premios establecidos.
Artículo 11. Solicitudes, Documentación, Forma y Plazo de presentación.
1. Las entidades interesadas en participar en alguno de los Premios establecidos deberán cumplimentar correctamente los modelos de solicitud que figuran como Anexos I, II y III de estas Bases. La participación en el concurso es gratuita.
2. Junto a la solicitud de inscripción para los Premios a los Mejores AOVE que concurse en las categorías 2
y/o 3 deberá adjuntarse los Certificados emitidos por los Órganos de Control competentes de que los aceites han sido certificados como AOVE de Producción Integrada y/o Producción Ecológica.
3. Junto a la solicitud de inscripción a la Distinción Especial al Packaging se incluirán imágenes del envase seleccionado a presentar en el concurso y una breve descripción de sus características más relevantes, así como la publicidad y estrategias de marketing de la empresa.
4. Junto a la solicitud de inscripción para el Premio Honorífico Oleícola se entregará una Memoria de de-

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B.O.P. número 238

fensa donde se expongan los motivos por los que se debe conceder el premio a la candidatura propuesta. La Memoria tendrá una extensión máxima de 5 páginas escritas por una cara, tipo de letra Times New Roman, tamaño de fuente 12 e interlineado a espacio y medio 1,5 líneas. Se enviará en formato PDF. Opcionalmente se puede anexar cualquier otra documentación complementaria que se considere de interés para optar al premio.
5. Las solicitudes se presentará en el Registro de la Sede Electrónica de la Diputación de Granada, e irá dirigido al Servicio de Fomento al Desarrollo Rural CIE - 2 plantaDelegación de Empleo y Desarrollo Sostenible, en la página https sede.dipgra.es/opencms/opencms/sede Procedimiento Presentación de Escritos - PES
6. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 60 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Para más información en el tlf.: 958 247933 958
804951
Correo electrónico: fomentorural@dipgra.es Artículo 12. Dotación 1. Los aceites que obtengan las mejores puntuaciones serán galardonados con una estatuilla conmemorativa.
2. Las entidades ganadoras podrán hacer mención del premio en sus acciones de promoción y de publicidad, así como en el etiquetado de los envases de AOVE
del mismo lote de la muestra galardonada. Siempre se hará referencia con el Logo Oficial de los Premios, indicando el año y reconocimiento obtenido y según las Normas de Uso que figuran como Anexo VI de estas Bases.
3. A los ganadores, en caso de no estar inscritos en la marca Sabor Granada, se ofrecerá la posibilidad de formar parte de la misma y disfrutar de los beneficios que conlleva.
4. La Diputación de Granada se compromete a participar en la promoción de los aceites premiados hasta la siguiente edición de los Premios. Se contará con estos aceites de forma activa en las diferentes acciones de difusión y publicidad que, relacionadas con el sector agroalimentario, se organicen y/o participe.
5. La Diputación de Granada retirará una partida de cada uno de los aceites premiados para su uso en acciones promocionales, degustaciones y como regalos institucionales.
Artículo 13. Entrega de Premios La entrega de premios se realizará en un acto público, convocado al efecto, al que se le dotará de la transcendencia y solemnidad adecuada.
Artículo 14. Aceptación La participación en este Concurso implica la plena aceptación de las presentes Bases y del fallo del Jurado.
Artículo 15. Derecho de modificación y rectificación La organización se reserva el derecho de realizar las modificaciones que crea oportunas atendiendo a las particularidades de cada campaña.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 16/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha16/12/2019

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones5530

Primera edición01/06/2002

Ultima edición14/06/2024

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