Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 19 de agosto de 2020

BOLETIN OFICIAL

dimitente presenta compromiso de servicio a la fecha de de la solicitud de baja; y Que a fojas 06, obra intervención del Área Asesoría Letrada, Departamento Sumarios comunicando que, el funcionario no se encuentra procesado, ni sumariado ni cumpliendo sanción disciplinaria; y Que a fojas 07, obra dictamen legal del Servicio Penitenciario estableciendo que no existen objeciones para aceptar la renuncia presentada; y Que a fojas 08 y vuelta, obra Resolución N 025/20, mediante la cual el Director General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, acepta la renuncia al cargo presentada por el Agente Beltzer, a partir del día 04 de diciembre de 2019; y Que a fojas 11 y vuelta, obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Entre Ríos, no encontrando objeciones jurídicas para la continuidad del trámite; y Que lo actuado encuadra en lo estipulado por los artículos 77 de la Ley N 5797, modificado por la Ley N 9737;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Ratifícase la Resolución N 025/20, emanada de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, por la cual se acepta a partir del día 04 de diciembre de 2019, la renuncia al cargo presentada por el Agente Juan Marcelo Beltzer, DNI N 24.140.617, Legajo Personal N 196083, conforme los considerandos precedentes.Art. 2º.- El presente decreto, será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Derección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos y oportunamente, archívese.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 880 MGJ
Paraná, 22 de junio de 2020
Reconociendo el adicional por dedicación exclusiva de choferes a favor del Agente Gastón Gabriel Lui, DNI N 32.327.325, Legajo Personal N 181776, desde el 1 de enero de 2020, hasta la fecha del presente decreto y asignando dicho adicional, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive, conforme lo previsto por el artículo 13 del anexo del Decreto N
3238/77 ME, para todos los agentes afectados como choferes al servicio de los señores: Gobernador, Ministros, Secretarios de Estado, subsecretarios y presidentes de organismos descentralizados y que el citado Agente, se encuentra afectado por Resolución 579 MGJ, de fecha 19 de julio de 2019, a cumplir funciones de chofer en forma exclusiva de la titular del Ministerio de Gobierno y Justicia, en carácter de comisión de servicio.Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y efectivizar el pago del adicional otorgado, conforme lo precedente.
DECRETO Nº 881 MGJ
Paraná, 22 de junio de 2020
Reconociendo la prestación de los servicios en el ámbito de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Ríos, por el período 21 de junio de 2019 al 10 de diciembre de 2019, a la Agente Viviana Poggio, DNI N 17.382.611, Categoría 2, Administrativo, de la Planta Permanente de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría de Justicia, conforme a que obra en las presentes, certificación de que la Agente Poggio, efectivamente prestó servicios en el Área de Prensa y Ceremonial de la Cámara nombrada, por el período mencionado.
DECRETO Nº 882 MGJ
Paraná, 22 de junio de 2020
Adscribiendo a la Escribana Romina Lagadari, DNI N 25.288.103, al Registro Notarial N 21, a cargo del Escribano Antonio Francisco Lagadari, con asiento en la ciudad de Concordia y competencia territorial en todo el Departamento homónimo, de conformidad a que obra nota remitida por el Escribano Lagadari, solicitando al Presidente del Colegio de Escribanos la adscripción interesada, que a fojas 02/06, se incorporó la documental referida a los antecedentes personales de la postulante propuesta y el título de Escribana expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Salvador; y que la presente gestión encuadra en las disposiciones de los artículos 14 y 23 de la Ley 6200 y sus modificatorias.-

DECRETO Nº 883 MGJ

7

Paraná, 22 de junio de 2020
Aceptando la donación del inmueble donde funciona el Centro de Salud Santa Lucía, que se corresponde con los siguientes datos:
Ciudad de Paraná, Distrito UR7, Zona 5, Sección 07, Grupo 58, Manzana 7, Parcela 28, Partida Provincias N 261679, Plano de Mensura N 206862, Partida Municipal: 92687-5, que consta de una superficie de 487.27 m y se encuentra inscripto en el Registro Público, bajo la matrícula N 128534 y que fuera concedido por Decreto N 2232, de fecha 06 de diciembre de 2018, de la Municipalidad de Paraná, donde se promulga la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se autoriza a dicho Organismo, a donar el inmueble en cuestión, para mejor aprovechamiento de su funcionalidad.Disponiendo que la donación es con cargo de funcionamiento del Centro de Salud Santa Lucía, estando prohibido cambiar total o parcialmente el destino previsto sin la debida conformidad de la Municipalidad de Paraná.Facultando a la Escribanía Mayor de Gobierno, a realizar los trámites conducentes para la efectiva transferencia de dominio del inmueble, cuya donación se acepta en el presente.
DECRETO Nº 884 MGJ
Paraná, 22 de junio de 2020
Aceptando la donación formulada por la Municipalidad de Hasenkamp, de un inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Distrito María Grande Segunda, Municipio de Hasenkamp, Planta Urbana, Manzana N 108 S/PACUS, domicilio parcelario: San Lorenzo N 256; que consta de una superficie de 340,75 ; cuyos límites y linderos son:
Noreste: Recta 1-2 al rumbo S. 3858 E. de 25,00 m., que linda con calle San Lorenzo.Sureste: Recta 2-3 al rumbo S. 5102 O. de 13,63 m., que linda con Municipalidad de Hasemkamp.Suroeste: Recta 3-4 al rumbo N. 3858 O. de 25,00 m., que linda con Municipalidad de Hasemkamp.Noreste: Recta 4-1 al rumbo N. 5102 E. de 13,63 m., que linda con Municipalidad de Hasemkamp.La donación del inmueble se efectúa con el cargo de que el mismo sea afectado en forma exclusiva al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos, con destino a la construcción de un edificio para el Juzgado de Paz de la ciudad de Hasenkamp y/o cualquier otra dependencia del Poder Judicial.Facultando a la Escribanía Mayor de Gobierno, a realizar los trámites conducentes para la efectiva transferencia de dominio del inmueble, cuya donación se acepta en el presente.
DECRETO Nº 885 MGyJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 22 de junio de 2020
VISTO:
El recurso de revocatoria interpuesto por el Sub Comisario de la Policía de Entre Ríos, señor Ángel Alfredo Medrano, MI N
24.520.846, LP N 23718, contra Decreto N 3918/19 MGyJ; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 3918/19 MGyJ, se rechazó el recurso presentado por Medrano, en el marco del artículo 99 de la Ley N
5654/75; y Que el encuadre legal de las presentes actuaciones debe realizarse conforme lo normado por la Ley N5654/75 Reglamento General de Policía y Ley N 7060 de Trámite Administrativo; y Que el presente recurso de revocatoria contra el Decreto N 3918
MgyJ, es formalmente improcedente, por haberse agotado la vía administrativa para el recurrente, dado que interpuso recurso de disconformidad previsto por el artículo 99 de la Ley N 5654/75, y recurso de revocatoria contra el decreto que dispuso los ascensos, que fueron resueltos por Decreto N 1665/19 MGyJ, el mismo fue recurrido por recurso de revocatoria, terminando ahí la vía recursiva prevista por la normativa legal aplicable; y Que es dable hacer notar que, desde la Dirección Asuntos Jurídicos de Ministerio de Gobierno y Justicia, no se comparte el dictamen de la Asesoría Letrada de la Institución Policial, obrante a fojas 99, que por el principio de informalismo administrativo moderado entiende a la presentación como recurso de apelación jerárquica, artículo 60 y 62 de la Ley N 7060; y Que la Dirección Asuntos Jurídicos del MGyJ, mediante Dictamen N 304/20, obrante a fojas 102, opina que esta nueva presentación, revocatoria contra Decreto N 3918/19 MGyJ, es inadmisible de-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha19/08/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031