Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

ciente de la superioridad, lo que aconteció efectivamente el día 29 de marzo de 2016, no existió incumplimiento alguno o negativa a prestar funciones, pero también debe tenerse en cuenta que el concepto requiere de una situación injustificada, concepto este último indeterminado que debe ser evaluado, sin soslayar las exigencias reglamentarias formales, también a la luz de todas las particularidades del caso; y Que debe destacarse que en el dictamen de la Junta Médica Superior N 594/16, del 09 de junio de 2016, se lo declaró apto para el servicio policial activo, no descartó que el agente padeciese de las dolencias psicológicas que oportunamente invocara y en ese contexto también debe señalarse que si bien la autoridad tiene potestades para apartarse de un asesoramiento no vinculante, la instrucción culminó su informe sugiriendo una sanción de arresto de treinta y cinco 35 días, de la que se apartó el Honorable Concejo de Disciplina II, que sugirió la aplicación de destitución por cesantía, que fue la sanción que finalmente decidió la autoridad policial aplicar; y Que Fiscalía de Estado, en situaciones similares y en los que las particularidades de la situación ameritaron una posición más flexible morigerando las exigencias formales y priorizando el principio de búsqueda de la verdad material, dado que existían certificados que daban cuenta del estado de salud del agente; siendo deseable que frente a cuestiones vinculadas con el estado de salud que la autoridad priorice el derecho a la asistencia del agente y en su caso inicie los procedimientos que mejor cubran dicha contingencia y no el ejercicio del poder punitivo aplicando una sanción expulsiva que, a la luz de las circunstancias se aprecia desproporcionada y excesiva, máxime cuando la instrucción había aconsejado la imposición de una pena grave arresto de 35 días pero que no dejaba al Agente, con una importante trayectoria laboral, más de 23 años de servicio, sin su fuente de trabajo; y Que calificados tribunales han tenido oportunidad de expedirse sobre el accionar administrativo en ocasión de ejercer la potestad punitiva cuando, como en el caso frente a la omisión de deberes formales en la justificación del estado de salud; y Que conforme a todo lo expuesto, existen elementos para que este Poder Ejecutivo admita el planteo de morigeración de la sanción impuesta no así de remisión, y en consecuencia, haga lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto contra la Resolución JP N
174/17, sustituyendo la cesantía aplicada por una sanción menos grave, como es la sanción de treinta y cinco 35 días de arresto; y Que en las intervenciones de competencia de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, obrante a fojas 445/446, 508/509, y de Fiscalía de Estado, obrante a fojas 448/451, 475 y vuelta, en coincidencia sugieren hacer lugar al recurso de apelación sustiuyendo la cesantía aplicada por una sanción menos grave, como es la sanción de treinta y cinco 35 días de arresto; y Que en consonancia de criterios con los expuestos precedentes, el entonces Secretario General de la Gobernación, en intervención obrante a fojas 502, manifestó hacer lugar a lo peticionado por el recurrente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Hágase lugar al recurso de apelación jerárquica contra la Resolución JP N 174/17, interpuesto por la abogada defensora del Sargento Primero de Policía Rodrigo Gastón Martínez, DNI N
24.512.128, LP N 23527; y sustitúyase la sanción de cesantía dispuesta por la misma, por la de treinta y cinco 35 días de arresto;
conforme a todo lo expuesto en los considerandos precedentes.Art. 2º.- El presente decreto, será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, con copia del presente decreto remítanse las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente, archívese.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 877 MGJ
RATIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 22 de junio de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas en el ámbito de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 obra, nota mediante la cual el Agente Lucas Tomás
Paraná, miércoles 19 de agosto de 2020

Jofre, DNI N 38.544.222, Legajo Personal N 218955, presenta su renuncia al Servicio Penitenciario de Entre Ríos; y Que el Agente, ingresó al Servicio Penitenciario de Entre Ríos, en fecha 01 de agosto de 2015, cumpliendo funciones en la Unidad Penal N 1 Dr. Juan J. OConnor, Paraná; y Que a fojas 03, el Departamento de Personal de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, informa que el dimitente presenta compromiso de servicio a la fecha de presentación de su renuncia, por lo que deberá ser aceptada a partir del día 21 de febrero de 2020; y Que a fojas 05, obra intervención del Área Asesoría Letrada, Departamento Sumarios comunicando que, el funcionario no se encuentra procesado, ni sumariado ni cumpliendo sanción disciplinaria; y Que a fojas 06 y vuelta, obra Resolución N 041/20, mediante la cual el Director General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, acepta la renuncia al cargo presentada por el Agente Jofre, a partir del día 21 de febrero de 2020; y Que a fojas 09 y vuelta, obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Entre Ríos, no encontrando objeciones jurídicas para la continuidad del trámite; y Que a fojas 11, obra dictamen legal del Servicio Penitenciario, estableciendo que no existen objeciones para aceptar la renuncia presentada; y Que lo actuado encuadra en lo estipulado por los artículos 77
de la Ley N 5797, modificado por la Ley N 9737;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Ratifícase la Resolución N 041/20, emanada de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, por la cual se acepta a partir del día 21 de febrero de 2020, la renuncia al cargo presentada por el Agente Lucas Tomás Jofre, DNI N
38.544.222, Legajo Personal N 218955, conforme los considerandos precedentes.Art. 2º.- El presente decreto, será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos y oportunamente, archívese.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 878 MGJ
Paraná, 22 de junio de 2020
Reconociendo como licencia política con goce de haberes, la usufructuada por la Agente Mercedes Noemí Maslein, DNI N
33.322.541, Jefa del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Villa Urquiza, desde el día 06 de mayo de 2019 y hasta el día 12 de junio de 2019 inclusive, con motivo de postularse a Candidata a Presidente Municipal de dicha ciudad, en las Eleciones Generales del día 09 de junio de 2019, de conformidad a que a fojas 05, se adjunta contancia emitida por el Honorable Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos, avalando la candidatura de la agente mencionada, al cargo de Intendenta de Villa Urquiza por la Alianza Frente Justicialista CREER Entre Ríos, para participar en las elecciones generales y que a fojas 08 y vuelta, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, entendió que se han satisfecho los recaudos requeridos por la normativa aplicable al caso.
DECRETO Nº 879 MGJ
RATIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 22 de junio de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas en el ámbito de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 03 obra, nota mediante la cual el Agente Juan Marcelo Beltzer, DNI N 24.140.617, Legajo Personal N 196083, solicita la baja al Servicio Penitenciario de Entre Ríos; y Que el Agente ingresó al Servicio Penitenciario de Entre Ríos, en fecha 01 de agosto de 2014, cumpliendo funciones en la Unidad Penal N 5 Gobernador Ramón Febre, Victoria; y Que a fojas 04, el Departamento de Personal de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, informa que el

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha19/08/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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