Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 2 de setiembre de 2019

BOLETIN OFICIAL

legal, sin que corresponda decidir en contrario mediante interpretación que pretenda ampliar el ámbito de aplicación del Decreto N
880/14 MEHF, puesto que ello consagraría, por un lado, un ostensible incumplimiento de lo normado por la Ley N 9624, Convención Colectiva de Trabajo Docente y por otro configuraría un pago sin causa legítima justificada; y Que en cuanto a los agravios expuestos, no puede desconocerse que los cargos cuya inclusión en los alcances del adicional pretende el recurrente. Fueron creados con posterioridad a la emisión del Decreto N 880/14 MEHF y, por lógica, no fueron considerados en el alcance del decreto; y Que ahora bien, dicha circunstancia de ninguna manera configura una omisión ilegitima, o el incumplimiento de un deber legal puesto que como se enfatizó, se trata de una concesión otorgada en el marco de una negociación paritaria, cuyo contenido y alcances no es una cuestión de interpretación o aplicación correcta o no de normas jurídicas y no existe ilegitimidad que derive de una decisión discrecional de otorgar una mejora salarial o de las condiciones laborales; y Que por ello, no existe ninguna exclusión ilegítima, ni cuestión sobre la cual expedirse en términos de juridicidad, sino la posibilidad futura de que por vía de negociación paritaria o a través de una decisión discrecional del Poder Ejecutivo, se amplíen los alcances del Decreto N 880/14 MHEF, con lo cual reitero, no se trata de una cuestión de discernimiento jurídico en términos de procedencia o improcedencia de lo planteado, sino que la propia naturaleza de la decisión contenida en el decreto citado implica que no se trate de un asunto pasible de revisión legal; y Que debe tenerse en cuenta lo informado a fojas 07 por la Dirección de Educación Superior, donde se señala que el cargo de Secretario Académico, en el Nivel Superior, no integra el equipo directivo -Resolución N 2842/09 C.G.E. modificada por Resolución N 4789/15
C.G.E.; y Que al respecto, si bien no puede desconocerse que dicha normativa es de fecha 10 de diciembre de 2015, lo cierto y concreto es que el recurrente -que con especial énfasis sostiene que no puede aplicarse retroactivamente la normano acredita que antes de la emisión de dicha Resolución Nº 4789/15 CGE, el Secretario Académico, efectivamente formaba parte del cuerpo directivo, con lo cual todo su argumento en este sentido, se desvanece; y Que por último, a todo evento, no puede dejarse de señalar que tampoco se encuentra acreditado que los peticionantes cumplan con los extremos señalados en el considerando 11 y en el artículo 8 del Decreto Nº 880/14 MEHF, referido a la falta de percepción de horas cátedras adicionales, bajo el concepto de horas plus y horas por diferencias de función; y Que en razón de todo lo expuesto Fiscalía de Estado aconseja rechazar el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Dr.
Héctor Luis Fischbach, en su carácter de apoderado legal de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos -AGMERcontra la Resolución Nº 4709/16 CGE; y Que el presente se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 175, inciso 24 de la Constitución Provincial y artículo 60, último párrafo de la Ley N 7060 de Procedimientos para Trámites Administrativos;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Dr. Héctor Luis Fischbach D.N.I. Nº 8.416.993, en su carácter de apoderado legal de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos -AGMERcontra la Resolución N 4709 CGE de fecha 21 de diciembre de 2016, atento a los argumentos invocados en los considerandos precedentes.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1283 MGJ
Paraná, 23 de mayo de 2019
Reconociendo y abonando los haberes caídos dejados de percibir por el extinto agente Aristóbulo Raúl Dimotta, D.N.I. N 8.417.635, a los herederos legítimos del mismo, declarados judicialmente, en el orden establecido en el Código Civil y Comercial.
Disponiendo que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, deposite los haberes caídos en los autos Dimotta Aristobulo Raúl s/ Sucesorio Ab intestato Expte. N 4769, tramitado ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Villaguay.

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MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 1228 MEHF

Paraná, 23 de mayo de 2019
Modificando el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 - Ley N10.660- mediante ampliación de créditos por la suma de $ 24.500.000, en la Jurisdicción 96: Tesoro Provincial y Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro, de conformidad al detalle de las planillas analíticas del gasto y del recurso, que adjuntas forman parte del presente.
Otorgando un aporte no reintegrable por el importe total de $
24.500.000, financiado con el Aporte del Tesoro Nacional, otorgado por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, mediante Resolución Nº 138/19 MI, a ser destinado a los Municipios que se indican a continuación y por los montos que se detallan:
Municipio Monto Aporte No Reintegrable Diamante, $ 4.000.000; Federal, $ 2.000.000; General Ramírez, $
3.000.000; Larroque, $ 2.000.000; Pueblo General Belgrano, $
1. 50 0.0 00 ; R os a rio d el Tala, $ 4.0 00 .0 00 ; San Salvador, $
2.000.000; Villa Alcaráz, $ 3.000.000; Gualeguay, $ 3.000.000.
La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, transferirá la suma de $
24.500.000, conforme a lo dispuesto.
Los Municipios de Diamante, Federal, General Ramírez, Larroque, Pueblo General Belgrano, Rosario del Tala, San Salvador, Villa Alcaráz y Gualeguay, deberán rendir cuenta de los fondos entregados por el presente, ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
DECRETO Nº 1233 MEHF
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 23 de mayo de 2019
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección General Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia gestiona un refuerzo presupuestario; y CONSIDERANDO:
Que dicho requerimiento responde a la necesidad de adecuar las partidas pertenecientes a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad Ejecutora: Dirección General del Notariado, Registros y Archivos;
Que al tomar intervención la Oficina Provincial de Presupuesto informa que la modificación presupuestaria propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 12 de la Ley N 10.660 de presupuesto año 2019:
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 -Ley N 10.660- mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma total de pesos dos millones $ 2.000.000, en la Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro: Unidad Ejecutora Secretaría de Hacienda y Jurisdicción 20:
Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad Ejecutora: Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, de conformidad a las planillas analíticas del gasto que adjuntas forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 1242 MEHF
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 23 de mayo de 2019
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia gestiona un refuerzo presupuestario; y CONSIDERANDO:
Que dicho requerimiento responde a la necesidad de afrontar el pago de la factura presentada por la firma Excelcom S.A. por un total de $ 2.202.737,90;
Que al tomar intervención la Oficina Provincial de Presupuesto informa que la modificación presupuestaria propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 12 de la Ley N 10.660 de presupuesto año 2019;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 -Ley N 10.660- mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma total de pesos dos millones

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha02/09/2019

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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