Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00
- Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 20 Fuente de Financiamiento 13 - Subfuente de Financiamiento 0374 Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 7 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.
Art. 4º Facúltase a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional a proceder a reimputar presupuestariamente las entregas correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2018, conforme las Resoluciones Nº 313, 323, 324, 557, 637 y 834/18 del MDS, como así también de las sucesivas que debieran asumirse en su totalidad con fondos provinciales durante la vigencia del convenio que por el presente se ratifica, todo ello consecuencia de desfasajes en el envío de remesas de fondos nacionales y a fin de posibilitar una mejor exposición de las erogaciones incurridas y autorízase a la misma a efectuar las devoluciones de fondos que surjan por tal cuestión a favor de la Tesorería General de la Provincia.
Art. 5º Déjase establecido que el organismo encargado de implementar y ejecutar el convenio de ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria - Funcionamiento de Comedores Escolares, será la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, organismo encargado de la elaboración, presentación y cumplimiento de las rendiciones de cuentas ante los organismos pertinentes.
Art. 6º El presente decreto será refrendando por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 7º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 3292 MDS
Paraná, 3 de octubre de 2018
Otorgando subsidios en carácter de no reintegrables y no sujetos a rendición en forma directa por parte del beneficiario al Tribunal de Cuentas de la Provincia, en el marco del PNSA - Proyecto Abordaje Federal - Convenio de Ejecución 2017-2018 a razón de pesos cuatrocientos $ 400 por cada uno de los titulares de derechos, cuyos datos obran en el padrón obrante de fojas 2/94, verificado y avalado por el señor Subsecretario de Políticas Alimentarias, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio, correspondiente a la entrega provincial julio 2018, los que hacen un total de 49.305 prestaciones y de acuerdo al siguiente detalle.
Riesgo Social $ 400 por c/u - 49.000 beneficiarios $ 11.956.000,00 Fondos Provinciales $ 7.644.000,00 Fondos Nacionales Riesgo Social Fuera de Convenio $ 400 por c/u - 305 Beneficiarios $ 122.000,00 Fondos Provinciales Total $ 122.000,00
Autorizando a la Subsecretaria de Administración Jurisdiccional a confeccionar las respectivas órdenes de pago en el marco de tal entrega, a realizar los pagos y/o transferencia pertinentes con cargo a los fondos nacionales; como así también autorizar a la Tesorería General de la Provincia a efectuar los pagos y/o transferencias de fondos provinciales, de acuerdo a los consumos efectivos de los titulares de derechos presentado por la firma SIDECREER S.A. ante la Subsecretaría de Políticas Alimentarias y debidamente certificados por dicha dependencia y de la contraprestación por el servicio prestado por SIDECREER S.A. por cada cuenta activa por todo concepto y por la responsabilidad del circuito completo del sistema.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción a que una vez ingresados los fondos nacionales derivados convenio ejecución 2017/2018 efectúe la reimputación de los créditos presupuestarios de la presente entrega.
Estableciendo que el organismo encargado de implementar y ejecutar el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria Proyecto Abordaje Federal convenio de ejecución 2017-2018", es la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, como así de la posterior rendición de cuenta ante los organismos correspondientes.
DECRETO Nº 3297 MDS
ACORDANDO PENSIÓN
Paraná, 3 de octubre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Integración Comunitaria relacionadas con la solicitud de pensión correspondiente a la Ley Nº 4.035; y CONSIDERANDO:
Que el peticionante ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4.035 en su artículo 1º, inciso C: a la invalidez, justificando el estado de necesidad;

Paraná, viernes 29 de marzo de 2019

Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó la gestión informando favorablemente al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, pensión correspondiente a la Ley Provincial Nº 4.035 en su artículo 1º, inciso C, por el concepto de invalidez, y de acuerdo a lo dispuesto por su norma reglamentaria Decreto Nº 157/18 MDS; a la persona que a continuación se detalla:
Departamento Villaguay DNI - RUI Código Invalidez : González, Juan Eduardo - 23.830.637 - 18019 - 14-01
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen para continuidad del trámite a la Dirección de Integración Comunitaria, y cumplido archívense.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 3298 MDS
Paraná, 3 de octubre de 2018
Dejando sin efecto en base a lo informado por la Dirección de Integración Comunitaria, a partir del mes de febrero de 2018, pensiones correspondientes a la Ley Nº 4.035, de conformidad a lo expresado en el anexo que forma parte del presente texto legal.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en la Ley Nº 4.035, artículo 4º inciso a; además de lo estipulado en el Decreto Nº 157/18 MDS reglamentario de la norma concedente en su artículo 30º.
ANEXO I
Bajas de pensiones Ley Nº 4.035
Mes de febrero de 2018
1. Bajas del beneficio previstas en la Ley Nº 4.035:
- Artículo 4º Inciso a: Por fallecimiento del beneficiario Apellido y nombres Ayala, Horacio Salvador - 8.419.825
Barreto, Juan Carlos - 92.503.469
Frank, Susana Patricia - 16.819.483
Ibalo, Claudia Gabriela - 22.699.234
Martínez, Juan Carlos - 18.008.929
Rivero, Carlos Martín - 10.486.415
Torreyra, Raúl Ernesto - 11.769.146
II. Bajas del beneficio previstas en el Decreto Reglamentario Nº 157/18 MDS
- Artículo 30º: Por renuncia al beneficio Apellido y nombres Bernasconi, Ricardo Alberto - 10.824.337
Franco, Cristian Oscar - 29.723.269
Iseli, Ermelinda Esther - 14.435.919
Lencina, Roberto Ramón - 25.721.798
Mena, Gastón Alejandro - 40.168.417
Pérez, Pablo Raúl - 13.043.287
Ramírez, Clara Raimunda - 12.042.839
Rodríguez, Héctor Oscar - 24.806.216
Tigua, Juana María - 26.325.359
DECRETO Nº 3299 MDS
Paraná, 3 de octubre de 2018
Déjese sin efecto, en base a lo informado de Integración Comunitaria, a partir del mes de marzo de 2018, pensiones correspondientes a la Ley Nº 4.035, de conformidad a lo expresado en el anexo que forma parte del presente texto legal.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en la Ley Nº 4.035, artículo 1º, inciso b, apartado 3, además de lo estipulado en el Decreto Nº 157/18 MDS, reglamentario de la norma concedente en sus artículos 30º y 31º.
ANEXO I
Bajas de pensiones Ley Nº 4.035
Mes de marzo de 2018
I. Bajas del beneficio previstas en la Ley Nº 4.035
- Artículo 1º, inciso b, apartado 3: por haber cumplido 15 años los hijos declarados al momento del otorgamiento del beneficio:
Apellido y nombres Amarillo, Elena Nélida - 25.031.518
Moreyra Alicia - 20.255.843
Vega Griselda Mabel - 30.764.536

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha29/03/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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