Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/3/2016

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Nº 25.901 - 059/16

PARANA, jueves 31 de marzo de 2016

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 2822 MT
Paraná, 21 de agosto de 2015
Aprobando en todos sus términos el contrato de locación de obra, celebrado oportunamente entre el señor Secretario de Trabajo y Seguridad Social a cargo del Despacho Administrativo del Ministerio de Trabajo, Sr. Aníbal Antonio Brugna, y la Sra. Lorena Leonor Milesi, DNI Nº 25.993.338, de la ciudad de Paraná, por el término de 12 meses a partir del 2 de enero de 2015, resultando un importe total de $
72.000,00.
Encuadrando la gestión en el artículo 27, inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto Nº 404/95 MEOSP, t.u.o. de la Ley 5140, concordante con el artículo 133 y 142, punto 4, apartados a y b del Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Nº 795/96 MEOSP y sus modificatorios, Decreto Nº 3722/08 GOB y su modificatorio Nº 7773/08
MGJEOySP y Decreto Nº 1738/10 MEHF.
Autorizando a ondiente y constancia de libre deuda conforme Resolución Nº 016 ATER.
DECRETO Nº 2823 MT
Paraná, 21 de agosto de 2015
Aprobando en todos sus términos el contrato de locación de obra, celebrado oportunamente entre el señor Secretario de Trabajo y Seguridad Social a cargo del Despacho Administrativo del Ministerio de Trabajo, Sr. Aníbal Antonio Brugna, y el Sr. Ramiro Exequiel Della Ghelfa, DNI Nº 31.232.894, domiciliado en calle Victorino de la Plaza 1355 de la ciudad de Paraná, por el término de 12 meses a partir del 02 de enero de 2015 resultando un importe total de $
72.000,00.

E D ICION: 18 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Dr. D. Ariel Lisandro de la Rosa Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
Encuadrando la gestión en el artículo 27º inciso c, apartado b, punto 3 del Decreto Nº 404/95 MEOSP, t.u.o. de la Ley 5140, concordante con el artículo 133 y 142, punto 4, apartados a y b del Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Nº 795/96 MEOSP y sus modificatorios, Decreto Nº 3722/08 GOB y su modificatorio Nº 7773/08
MGJEOySP y Decreto Nº 1738/10 MEHF.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable, Jurisdiccional 20, hacer efectivo los pagos mensuales que demande el contrato aprobado, previa presentación de la factura correspondiente y constancia de libre deuda conforme Resolución N 016 ATER.
DECRETO Nº 2824 MT
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 21 de agosto de 2015
VISTO:
las presentes actuaciones relacionadas con el recurso de apelación jerárquica interpuesto por los apoderados legales del Sr. Santiago Marcelo Sommer, contra la Resolución N
1690/11 CJPER; y CONSIDERANDO:
Que, el recurso de apelación jerárquica fue articulado en fecha 2.6.2011 y que la resolución puesta en crisis fue notificada en fecha 10.6.2011, por lo que se debe concluir que el recurso ha sido deducido en legal tiempo y forma según lo normado por el artículo 62 y s.s. de la Ley N 7060; y Que, el recurrente obtuvo los beneficios de una Jubilación Ordinaria Común en el mes de diciembre de 2004 por el Decreto N 6650/04
MSAS; y Que, en fecha 30.10.2007, se presenta el interesado, por intermedio de sus apoderados legales, solicitando al organismo previsional, que ordene incorporar en su haber la bonifica-

ción especial establecida por el Decreto Nº 5640/03 GOB, liquidándose la misma desde dos años para atrás de la fecha de su presentación; yla Dirección General del Servicio Administrativo Contable, Jurisdiccional 20, hacer efectivo los pagos mensuales que demande el contrato aprobado, previa presentación de la factura correspondiente.
Que, posteriormente, toma intervención de competencia el Departamento de Liquidaciones de la CJPER, manifestando que, el Art. 2
del Decreto Nº 5640/03 GOB, tiene vigencia a partir del 01.10.2003, y la fecha de cese del referenciado en sus funciones fue el 30.4.1993, por retiro voluntario, agregando asimismo, que a los fines de acreditar el derecho jubilatorio se computaron servicios hasta el 31.1.2003, abonándose el beneficio a partir del 10.9.2004; y Que, así las cosas, toma intervención el Área Central de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, emitiendo Dictamen N 4288/08
por el que manifiesta que cabe destacar que a fs. 163 el actor había presentado similar reclamo, que fue rechazado por la Resolución N 5240/06 CJPER debidamente notificada en fecha 09.9.2006 la que adquirió el carácter de firme y consentida atento a que no fue impugnada atento a la identidad de objeto, sujeto y causa encontrada en ambos reclamos, resulta de aplicación la cosa juzgada administrativa asimismo, dicha asesoría termina aconsejando el rechazo de la pretensión aduciendo que tampoco procede la reapertura del procedimiento en los términos del artículo 93 de la Ley 8732, atento a que no se han introducido nuevos elementos de juicio que modifiquen el estado de cosas en el mismo y Que, sobre la base de lo dictaminado ante-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/3/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha31/03/2016

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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