Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/7/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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DECRETO Nº 146 GOB
Paraná, 9 de febrero de 2015
Otorgando a las personas que a continuación se detallan, subsidios, por los montos y destinos especificados en cada caso, haciendo un total de $ 4.000, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia:
Celina Samanta Godoy, MI Nº 37.545.213, domiciliada en calle Manuel Chan Nº 65, de la localidad de Larroque, Departamento Gualeguaychú, con destino a solventar gastos derivados de su enfermedad - $ 2.500.
Romina Paola Sosa, MI Nº 31.016.547, domiciliada en calle Dorrego s/n de la ciudad de Paraná, con destino a solventar gastos de subsistencia - $ 1.500.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar directamente a cada una de las personas citadas, las sumas determinadas.
DECRETO Nº 147 GOB
Paraná, 9 de febrero de 2015
Otorgando a las personas que a continuación se detallan, subsidios, con destino a solventar gastos de subsistencia, por los montos especificados en cada caso, haciendo un total de $
4.500, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia:
Gómez, Neri José, MI Nº 20.648.607. domiciliado en Avenida Alem y Eva Perón s/n, de la ciudad de Federación - $ 2.000.
Maldonado, Silvana Edith, MI Nº 23.880.199, domiciliada en calle Los Yaros Nº 1.488, Barrio Anacleto Medina, de esta ciudad - $ 2.500.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar directamente a cada una de las personas citadas, las sumas determinadas.
DECRETO Nº 150 GOB
RATIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 9 de febrero de 2015
VISTO:
La Resolución Nº 4/15 de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Gobernación, de fecha 2 de febrero de 2015; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se deja sin efecto la asignación de las funciones como responsable de liquidación de haberes de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, al agente Hugo Gabriel Lucero, legajo Nº 142.045 otorgadas mediante el artículo 2º del Decreto 2.584/14 GOB, a partir del día 1.2.15;
Que en el artículo 2º de la mencionada Resolución, se lo afecta al citado agente a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación para la realización de tareas que se le asignen dentro de su área de competencia;
Que conforme los fundamentos manifestados en dicha resolución, resulta necesario disponer al respecto de la norma que ratifique la misma;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase la Resolución Nº 4/15
de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Gobernación, mediante la cual deja sin efecto la asignación de las funciones como responsable de Liquidación de Haberes de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación al agente Hugo Gabriel Lucero, MI Nº 28.961.673, legajo Nº 142.045 otorgadas mediante el artículo 2º del Decreto Nº 2.584/14 GOB, a partir del día 1.2.15, de conformidad a lo manifestado en los considerandos de la mencionada resolución.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.

BOLETIN OFICIAL
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 162 GOB
APROBANDO CONVENIO MARCO
Paraná, 10 de febrero de 2015
VISTO:
El Convenio Marco de Cooperación Mutua celebrado entre la Secretaría de Gestión Pública del Gobierno de Entre Ríos, y la Secretaría de Estado de Gestión Pública y Planeamiento del Gobierno de la Provincia de Tucumán, representadas por sus Secretarios, doctor Pablo A. Biaggini y doctor Julio Saguir, respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado convenio se pretenden desarrollar planes o actividades de cooperación, asistencia técnica e intercambio para el logro de sus objetivos institucionales;
Que ambas Secretarías podrán formular y ejecutar programas de formación de recursos humanos, intercambio de experiencias y asistencia técnica, como así también organizar cursos, seminarios, jornadas, conferencias y toda actividad académica, técnico científica de extensión que contribuya a la satisfacción del mutuo interés, acordando en cada caso las condiciones y las formas en que se llevarán a cabo dichas actividades;
Que cuando resulte necesario, las partes podrán formalizar acuerdos suscribiendo actas complementarias de actividades específicas amparadas en el convenio marco, estableciéndose claramente las actividades a desarrollar, sus objetivos, los aportes específicos que cada una de las instituciones suscriptoras deben realizar para su concreción;
Que ambas provincias integran el Consejo Federal de la Función Pública COFEFUP, que entre sus objetos propone hacer efectivas las recomendaciones del Código Iberoamericano de Buen Gobierno y asegurar los beneficios de una administración de calidad para todas las jurisdicciones argentinas;
Que resulta de importancia desarrollar acciones y diseñar políticas que contribuyan al fortalecimiento de la función pública y la calidad institucional, poniendo de relieve aquellas iniciativas impulsadas por ambos organismos en sus respectivas provincias, en el marco de las funciones y de los lineamientos del COFEFUP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébese el Convenio Marco de Cooperación Mutua, celebrado entre la Secretaría de Gestión Pública del Gobierno de Entre Ríos y la Secretaría de Estado de Gestión Pública y Planeamiento del Gobierno de la Provincia de Tucumán, para desarrollar planes o actividades de cooperación, asistencia técnica e intercambio para el logro de sus objetivos institucionales, el que adjunto como Anexo I
forma parte del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 165 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 10 de febrero de 2015
VISTO:
Estas actuaciones iniciadas por la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas se tramita una
Paraná, lunes 27 de julio de 2015
modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos por la suma total de $ 14.000.000, a fin de readecuar el saldo de determinadas partidas presupuestarias a las reales necesidades del organismo;
Que por Resolución Nº 017/15 de la CAFESG
se faculta al Área Contable del organismo a tramitar la modificación presupuestaria interesada;
Que obran en autos las planillas analíticas del gasto y de proyectos de inversión, obras y actividades con la modificación gestionada;
Que la Dirección General de Presupuesto ha informado que la modificación presupuestaria resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones legales vigentes del artículo 14º de la Ley Nº 10.338;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2015, de la Jurisdicción 10- Gobernación, Unidad Ejecutora: Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande, por la suma total de pesos catorce millones $ 14.000.000
de acuerdo al detalle de las planillas analíticas del gasto y de proyectos de inversión, obras y actividades que, agregadas, forman parte del presente texto legal.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 166 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 10 de febrero de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por la Municipalidad de Larroque, Departamento Gualeguaychú; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas solicita un aporte no reintegrable con destino a solventar los gastos que demandó la organización de la XII
Fiesta del Choclo, realizada el día 17 de enero del corriente año;
Que el Ministerio de Turismo manifiesta que dicha fiesta se realiza desde el año 2004 y es organizada en forma conjunta por los estudiantes del Colegio Benedicto Virué y el Municipio, fomentando la cultura a través de la música, distintas expresiones artísticas de la zona y degustación de comidas típicas elaboradas a base de maíz;
Que atento a lo expuesto este Poder Ejecutivo, estima procedente acceder a lo solicitado;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, en su intervención de competencia, informa que la partida donde recae el gasto no cuenta con crédito que permita viabilizar lo gestionado en autos, siendo necesario para ello la realización de una modificación del presupuesto vigente, confeccionándose a tal fin la planilla analítica del gasto pertinente;
Que la Dirección General de Presupuesto manifiesta que la modificación presupuestaria solicitada es técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 14º de la Ley Nº 10.338;
Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención correspondiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2015, mediante transferencia compensatoria de créditos en la Jurisdicción 10- Gobernación, Uni-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/7/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha27/07/2015

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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