Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/7/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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IV de las Letras ER 2015, por un Valor Nominal de hasta pesos veinte millones V/N$
20.000.000, ampliable, a emitirse conforme a los términos y condiciones particulares consignadas en el Anexo I, que como adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º.- Establecer que la Secretaría de Hacienda tendrá a su cargo: la aprobación de los términos y condiciones definitivos de cada una de las Clases, incluyendo sin limitación la adecuación del monto de la Serie, ampliando y/o disminuyendo una o cada una de sus Clases;
instrumentar la garantía establecida para la emisión, mediante la celebración de un contrato de agencia de la garantía con Banco de Valores S.A. y la notificación notarial a efectuar a los organismos que correspondan; determinar las condiciones de colocación y el precio o margen de corte, según correspondiere; suscribir el certificado global que documenta cada Clase, y cualquier tipo de documento;
realizar los demás actos necesarios a efectos de la colocación de las Letras, incluida la preparación y aprobación de un prospecto, si así fuera solicitado por los colocadores; solicitar, por sí o por las personas que oportunamente designe, la autorización de cotización en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A.;
hacer publicar los avisos que fueran menester;
y celebrar cuantos más actos fueran necesarios.
Art. 3º.- Autorizar a los señores Rubén Luis Kaplan DNI Nº 11.619.935 y/o Jorge A. Reato, DNI N 13.975.073, por el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., a Alejandro Bedoya, DNI
16.499.099, Jorge Ignacio Sáez, DNI
14.011.758 y/o Alberto Jorge Liwski, DNI
14.721.528, por el Banco de Valores S.A., y/o a Emiliano Silva, DNI 22.877.676, Juan Martín Ferreiro, DNI 22.707.632, Soledad Belinco, DNI 35.139.382, y/o Marcelo Villegas, DNI
17.106.095, por el estudio jurídico Nicholson y Cano, para que en representación de la Provincia, en forma conjunta o indistinta, soliciten y tramiten la autorización para negociar la Serie dispuesta por la presente Resolución, tanto en el mercado primario como en el secundario, en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y/o en el Mercado Abierto Electrónico S.A., redacten y publiquen los avisos reglamentarios, y gestionen el depósito del certificado global en Caja de Valores S.A., con las más amplias facultades a tales fines, dando cuenta de todo lo actuado a la Secretaría de Hacienda de la Provincia dentro de las 48 horas.
Art. 4º.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Diego E. Valiero ANEXO I
Letras ER 2015 Serie IV
CONDICIONES COMUNES A TODAS LAS
CLASES
a Especie:
Valores negociables de deuda, denominados Letras ER 2015 las Letras.
b Identificación de la Serie:
Serie IV.
c Identificación de las Clases:
Clases A y B.
d Moneda de Emisión, de Integración y de Pago:
Pesos.
e Valor Nominal:
El valor nominal total de la Serie es de hasta pesos veinte millones $ 20.000.000, ampliable hasta pesos ochenta y dos millones $
82.000.000.
Podrá adecuarse el monto de la Serie, ampliando y/o disminuyendo una o cada una de sus Clases por hasta dicho valor nominal máximo, no pudiendo superar en conjunto todas las Clases dicho monto.

BOLETIN OFICIAL
f Fecha de Licitación:
21 de julio 2015.
g Fecha de Emisión, Liquidación e Integración:
23 julio de 2015.
h Vencimiento:
Cada Clase vencerá en una cantidad de días a contar desde la Fecha de Emisión la Fecha de Vencimiento.
La Fecha de Vencimiento se dará a conocer mediante el aviso de Resultado de Colocación que se publicará en el boletín diario de la B o l s a d e C o m e r c i o d e B u e n o s A i re s la BCBA y/o en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A. MAE.
i Valor Nominal Unitario:
Pesos Uno $ 1.
j Amortización:
Cada Clase se amortizará al vencimiento.
k Pago de Servicio/s:
Los servicios de interés y de amortización los Servicios se pagarán en las fechas que serán consignadas en el aviso de Resultado de Colocación las Fechas de Pago de Servicios.
El pago de Servicios se considerará cumplido en el momento en que se transfiera a Caja de Valores S.A. los importes correspondientes para su acreditación en las respectivas cuentas de los titulares tenedores de las Letras los Inversores con derecho al cobro.
Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil, sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento.
Se entenderá por Día Hábil cualquier día de lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
l Intereses moratorios:
Los intereses moratorios se devengarán desde el vencimiento del Servicio de que se trate, respecto del monto impago.
m Garantía:
Recursos provenientes de las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nº 25.570 o aquel que en el futuro lo sustituya, cedidos pro solvendo por hasta el porcentaje máximo de afectación del veinticinco por ciento 25% en garantía del íntegro pago de los intereses, capital y demás gastos, costos y costas correspondientes a las Letras que se emitan en el marco del Programa.
A tales fines la Serie queda incluida en los alcances del Contrato de Agencia de Garantía Letras ER 2015 suscripto entre esta Provincia y Banco de Valores SA, en fecha 19 de marzo de 2015, correspondiendo a este último formalizar su notificación al Banco de la Nación Argentina, en el marco de lo previsto en la cláusula 3º del mencionado contrato.
n Rango:
Las Letras concurrirán paripassu, sin perjuicio de la garantía, con todo otro endeudamiento presente o futuro no subordinado, vigente en cualquier momento por parte de la Provincia.
o Forma de Documentación:
Cada Clase estará documentada en un certificado global permanente a ser depositado en la Caja de Valores S.A.
Los inversores no tendrán derecho a exigir la entrega de láminas individuales, por lo que todas las transferencias se realizarán a través del sistema de depósito colectivo.
p Rescate anticipado:
Cada Clase podrá ser rescatada total o parcialmente antes de la Fecha de Vencimiento, por hasta el importe de capital que se resuelva
Paraná, jueves 16 de julio de 2015
más los intereses devengados en su casohasta la fecha de pago el Valor de Reembolso.
La resolución se publicará en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y/o en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los inversores.
El Valor de Reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta días desde la publicación del aviso.
q Unidad Mínima de Negociación.
Pesos un mil $ 1.000, y por encima de éste múltiplos de pesos uno $ 1.
r Negociación:
Se negociarán en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y/o en el Mercado Abierto Electrónico S.A.
s Agente Financiero y Agente de Cálculo:
Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
El Agente Financiero tendrá a su cargo el cálculo del interés compensatorio a pagar, y en su caso de la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar Bancos Privados, el valor de reembolso y/o del interés moratorio.
t Agente de la Garantía:
Banco de Valores SA.
u Estructuradores y Colocadores:
Banco de Valores S.A. y Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
v Colocación Adjudicación - Liquidación:
El procedimiento para la colocación, régimen de determinación de precio y adjudicación e integración se indicará en el aviso de llamado a suscripción que se publicará en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y/o en el en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A.
w Tratamiento Impositivo:
Tendrán las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
x Jurisdicción:
Tribunales ordinarios de la Provincia de Entre Ríos.
C ON D I C ION ES D E E MISIÓN DE CADA
CLASE
A CLASE A
A.1 Valor nominal Hasta pesos diez millones $ 10.000.000.
A.2 Vencimiento A los sesenta y tres 63 días contados desde la Fecha de Emisión el 24 de septiembre de 2015.
A.3 Interés moratorio Una vez y media el interés implícito en el precio de suscripción por su colocación a descuento.
A.4 Colocación. Precio de Suscripción Se colocará a descuento mediante el sistema de licitación de precio conocido en el mercado como Subasta Holandesa, conforme al rango de los precios ofrecidos en las ofertas de suscripción en el tramo competitivo.
Se contemplará un tramo competitivo en el que los oferentes deberán indicar el precio ofertado, y dos tramos no competitivos uno para interesados personas físicas y otro para personas jurídicas.
El procedimiento se indicará en el aviso de llamado a suscripción que se publicará en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y/o en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A.
A.5 Supuesto de incumplimiento En caso de falta de pago total o parcial en la Fecha de Vencimiento, el Agente de la Garantía declarará el incumplimiento y ejecutará la garantía, a fin de aplicar los recursos afectados al pago de lo adeudado

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/7/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha16/07/2015

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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