Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/6/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVA

CONCORDIA
INDUSTRIAS ALIMENTICIAS SILO S.R.L.
Mediante Actuación Notarial efectuada por ante el Escribano Público José Luis Morel, Titular del Registro Notarial Nº 51 del Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos se certificó que: En la ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los veinticinco 25 días del mes de septiembre del dos mil catorce 2014, los abajo firmantes, únicos socios de INDUSTRIAS ALIMENTICIAS SILO S.R.L., constituida en el día de la fecha; acuerdan: a Establecer la sede social en Casa 124, Manzana 2;
Barrio 272 Viviendas, La Bianca de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, b Establecer el domicilio fiscal ante la AFIPDGI en la Casa 124, Manzana 2; Barrio 272 Viviendas, La Bianca de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos y c Designar Gerente de la sociedad al Sr. Jorge Andrés Grigolatto, argentino, soltero, D.N.I N 30.691.070, CUIL/CUIT 2030691070-2 quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula Quinta del Contrato Social. En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación de la presente, firmando los socios en el lugar y fecha del encabezamiento.
Jorge Andrés Grigolatto, DNI Nº 30.691.070, María del Rosario Malleret, DNI Nº 23.143.616.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 12 de mayo de 2015 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00109840 1 v./22.6.15

DISOLUCION DE SOCIEDAD
NUEVA

VICTORIA
DISTRIBUIDORA VICTORIA SRL
DISTRIBUIDORA VICTORIA SRL, informa que por decisión unánime de los socios se ha procedido a la Disolución de la Sociedad cuya sede se encontraba en calle Angel Piaggio 1150 de la ciudad de Victoria, Entre Ríos, designándose liquidador al Sr. Juan Carlos Castro y fijándose el domicilio de recepción de reclamo de terceros en calle Angel Piaggio 1150.
Victoria, 20 de mayo de 2015.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 10 de junio de 2015 Cristian Mathern, abogado, inspector, DIPJ.
F.C.S. 00109843 1 v./22.6.15

CONTRATO
NUEVO

CONCORDIA
INDUSTRIAS ALIMENTICIAS SILO S.R.L.
Se hace saber que el día 26 de septiembre del 2014, ante el Escribano Público José Luis Morel, Titular del Registro Notarial Nº 51 del Departamento Concordia E.R., se constituye la sociedad denominada: Industrias Alimenticias Silo S.R.L.
Socios: Entre Jorge Andrés GRIGOLATTO, argentino, soltero, DNI N 30.691.070, CUIL/CUIT 20-30691070-2, de profesión indu st rial, de 30 años de edad, nacido el 24/02/1984, domiciliado Casa 124, Manzana 2; Barrio 272 Viviendas, La Bianca de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos y María del Rosario MALLERET, argentina, casada, DNI N 23.143.616, CUIL/CUIT 27-231436168, de profesión industrial, de 41 años de edad, nacida el 16/02/1973, domiciliada en San Mar-

tín Nº 312 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.
Denominación y Sede Social: La Sociedad se denomina INDUSTRIAS ALIMENTICIAS SILO
S.R.L., y tiene su domicilio legal en su sede social en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.
Duración: Su término de duración será de 99
años a contar de su inscripción registral.
Capital: El capital social es de ciento veinte mil pesos $ 120.000,00, dividido en mil dosc i e n t a s 1 . 2 0 0 c u o t a s d e c i e n pes os $
100,00 cada una, valor nominal y de un voto cada cuota, de las cuales suscriben: Jorge Andrés Grigolatto el restante 52% o sea seiscientos veinticuatro cuotas 624 equivalentes a pesos: sesenta y dos mil cuatrocientos $
62.400,00 y María del Rosario Malleret el 48%
o sea quinientos setenta y seis 576 equivalentes a pesos: cincuenta y siete mil seiscientos $ 57.600,00 y que integran en un 25%
cada uno en dinero efectivo de la siguiente manera: Jorge Andrés Grigolatto ciento cincuenta y seis 156 cuotas; equivalentes a pesos: quince mil seiscientos $ 15.600,00 y María del Rosario Malleret ciento cuarenta y cuatro 144 cuotas; equivalentes a pesos: catorce mil cuatrocientos $ 14.400,00.
Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por sí, o por terceros o asociada a terceros los siguientes actos: a Industrial y Comercial: La fabricación, conservación, fraccionamiento, envasado, venta y distribución, de: a cremas y postres helados, refrescos y cualquier otro tipo de postre y/o comidas frías y productos frescos, envasados y/o elaborados, que directamente se desarrollen con el objeto principal; b galletitas, bizcochos, merengues, masas, vainillas, y dulces de todo tipo y calidad, y todo otro producto derivado de harinas, frutas, afines, subproductos y derivados alimenticios en general; c vinos, licores, gaseosas, infusiones, bebidas con o sin alcohol, jugos frutales, aceites comestibles y toda clase de conservas y productos alimenticios derivados de la fruta, verduras, hortalizas y de la elaboración química. Podrá adquirir dichos productos de terceros, en cualquier etapa del proceso de elaboración, envasados o no, para completar tal proceso y para su comercialización. b Importación y Exportación: La realización de todo tipo de operaciones de comercio internacional, relacionadas directa o indirectamente con el objeto principal, incluyendo la importación o exportación de bienes y/o servicios por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos, por las leyes o por este estatuto.
Representación y Administración: La representación y administración de la sociedad estará a cargo de un gerente, que ejercerá tal función y será designado por los socios. Tendrá todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso los que requieran poderes especiales. El gerente tendrá los mismos derechos y obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades y responsabilidades que los directores de las sociedades anónimas. No podrán participar por cuenta propia o ajena en actividades competitivas con la sociedad, salvo autorización expresa y por unanimidad de los socios.
Fecha de Cierre del Ejercicio: El ejercicio económico cierra el 30 de Septiembre de cada año.
Cesión de Cuotas: Los socios podrán ceder sus cuotas sociales en forma total o parcial a otros socios o terceros. La cesión entre socios es libre requiriéndose para el caso de cederse a terceros la aprobación de la reunión de socios convocada al efecto y con los requisitos del art. 152 y 153, y la mayoría del Art. 160 de la ley de Sociedades Comerciales. Dicho acuerdo se transcribirá conjuntamente con el contrato de cesión a la autoridad de contralor, la cual previa publicación en el Boletín Oficial las inscribirá.

Paraná, lunes 22 de junio de 2015
Jorge Andrés Grigolatto, DNI Nº 30.691.070, María del Rosario Malleret, DNI Nº 23.143.616.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 12 de mayo de 2015 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00109841 1 v./22.6.15

SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Gobierno y Justicia Año 2014
5207, 5217, 5320, 5279, 5285, 5286, 5289
Ministerio de Salud 5173, 5174, 5175, 5176, 5177, 5178
RESOLUCIONES
Ministerio de Salud 3600, 3601, 3602, 3603, 3604, 3605, 3606, 3607, 3608
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/6/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha22/06/2015

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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