Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/5/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 29 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de dar cumplimiento a las Leyes Provinciales Nos. 9678 y 9714, Marco Regulatorio de la Gestión de los Recursos Termales, el Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos -ERRTERdentro de sus atribuciones dictó la Resolución Nº 040, de fecha 29 de agosto de 2012, por la cual aprobó que la determinación del monto que en concepto de canon mensual por el uso del recurso termal, conforme la obligación establecida en las leyes citadas, deberían abonar los concesionarios de los complejos termales de la Provincia de Entre Ríos, surja de la fórmula, desarrollada en el Anexo I que forma parte de la misma; norma ratificada en todos sus términos por el Decreto Nº 4408
MPIyS, el 10 de diciembre de 2012 y publicada en Boletín Oficial el 30 de enero de 2013, fecha ésta última en la cual entraba en vigencia - Art. 2; y Que notificados en forma fehaciente a todos los complejos termales del decreto citado e intimado el pago del canon, estos recurren en queja ante el E.R.R.T.E.R. manifestando una serie de argumentos que determinan la inconveniencia y sobre todo la imposibilidad de liquidar las contraprestaciones, montos mensuales a abonar que surgen de la fórmula aprobada, todas documentaciones obrantes e n autos; y Que ante los numerosos inconvenientes por parte de los concesionarios de los complejos termales y en vista de la dificultad de efectivizar el cobro, el Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos - ERRTER-, propone el cambio de fórmula del canon mensual por el uso del recurso termal y elabora nueva fórmula; y Que ante la situación descripta y como medida previa, se solicita dictamen a Fiscalía de Estado, quien manifiesta en Dictámen Nº 0015, de fecha 20/febrero/15: se solicita dictamen acerca de dos cuestiones: Primero, la vigencia de un nuevo decreto con nueva fórmula para determinar la contraprestación que deben abonar las explotaciones termales por el uso del recurso de agua. Segundo, la situación planteada acerca de la presunta deuda que se habría generado como consecuencia de la vigencia del anterior número 4408/2012 cuadro tarifario vigente desde el 30 de enero de 2013
en que se produjo la publicación en el Boletín Oficial o desde el 13 de febrero del mismo año fecha en que fue notificado a los interesados", expidiéndose el órgano máximo de consulta legal: Respecto a la primera cuestión: es decir, la revisión del sistema de fijación de canon esta Fiscalía no tiene observaciones que realizar. Con relación a la segunda cuestión planteada, a fs. 7/8 obra una presentación que podría considerarse, en función del principio de informalismo moderado a favor del administrado, un recurse de revocatoria por lo menos parcial con respecto al decreto 4408/2012. Allí se manifiestan una serie de argumentos que determinan la inconveniencia y también y sobre todo la imposibilidad de liquidar las contraprestaciones. El caso es que por lo que el expediente demuestra, las impugnaciones han sido receptadas favorablemente por la Administración, que se apresta a revocar el Decreto 4408/2012 sancionando un nuevo cuadro tarifario. Así las cosas, el Artículo 67
Ley 7060 dispone: que el Poder Ejecutivo en su caso podrá suspender o diferir la ejecución del decreto o resolución, de oficio o a petición de parte, cuando estime que existe para ello un interés fundado de orden administrativo". De manera que de acuerdo a esta interpretaciónno veo inconvenientes en la sanción de un nuevo decreto que revoque
BOLETIN OFICIAL
parcialmente el número 4408/2012 que suspenda sus efectos, que disponga un nuevo cuadro tarifario y que lo aplique al 30 de enero de 2013 y Que así también, en esta instancia el ERRTER eleva un Régimen de Sanciones y su metodología, por inobservancia y/o infracción a las Leyes Nos. 9678 y 9714, para aplicar a los concesionarios de los complejos termales de la Provincia de Entre Ríos, por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la exploración y/o explotación de los recursos termales o el uso no autorizado de los mismos, según estipula el Art. 14, Inc. bpunto 7 de la Ley Nº 9678, dejando librada a la autoridad de aplicación su graduación de acuerdo a la importancia de la contravención; y Que a los efectos de dar cumplimiento tanto al cambio de fórmula del canon mensual por el uso del recurso termal como del régimen de sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la exploración y/ o explotación de los recursos termales o el uso no autorizado de los mismos, el Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos - ERRTER - dentro de sus atribuciones dicta la Resolución Nº 041, de fecha 25 de marzo de 2015, resolviendo Artículo 1.Aprobar el nuevo cuadro tarifario y/o nueva fórmula para determinar el monto que en concepto de canon mensual por el uso del recurso termal deben abonar los concesionarios de los complejos termales de la Provincia de Entre Ríos, con aplicación a partir del 30 de enero de 2013, que como Anexo I forma parte de la presente resolución, dejando sin efecto la fórmula aprobada por la Resolución Nº 040/12
ERRTER ratificada por Decreto Nº 4408/12
MPIyS, todo conforme los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes. Artículo 2.- Solicitar al Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios para que a través de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de esa jurisdicción elabore los modelos de convenios de pagos a suscribir con los concesionarios de los complejos termales por el período 30 de enero de 2013 a la fecha de la ratificación por parte del Poder Ejecutivo del nuevo cuadro tarifario y/o la nueva fórmula aprobada por el Artículo 1º, como así también que instrumente formalmente y provea las facturas que los concesionarios de los complejos termales deben abonar en forma mensual en concepto de canon. - Artículo 3º: Aprobar el Régimen de Sanciones y su metodología, por inobservancia y/o infracción a las Leyes Nos. 9678 y 9714 , para aplicar a los concesionarios de los complejos termales de la Provincia de Entre Ríos, que como Anexo II, forma parte de la presente resolución y Que en virtud de lo expuesto, este Poder Ejecutivo decide revocar parcialmente el Decreto Nº 4408/12 MPIyS - en lo que refiere a la fórmula del canon mensual por el uso del recurso termal que fuera aprobada por la Resolución Nº 040/12 - del Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos ERRTER-, suspender sus efectos jurídicos acorde a lo dispuesto por la Ley Nº 7060 Procedimientos para Trámites Administrativos - Artículo 67- y ratificar en todos sus términos la Resolución Nº 041/15 - con sus anexos dictada por el Organismo de origen; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Revócase parcialmente el Decreto Nº 4408/12 MPIyS - en lo que refiere a la Fórmula para determinar el monto que en concepto de canon mensual por el uso del recurso
3 termal deben abonar los concesionarios de los complejos termales y que fuera aprobada por la Resolución Nº 040, del 29/agosto/2012 - del Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos - ERRTER - y suspéndanse sus efectos jurídicos, con fundamento legal en la Ley Nº 7060 - Procedimientos para Trámites Administrativos - Art. 67º - todo conforme a lo expuesto en los Considerandos del presente decreto.Art. 2.- Ratifícase en todos sus términos la Resolución Nº 041, de fecha 25 de marzo de 2015 y sus anexos - dictada por el Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos - ERRTER - que forma parte del presente decreto:
- Anexo I - Nuevo cuadro tarifario y/o nueva fórmula para determinar el monto que en concepto de canon mensual por el uso del recurso termal deben abonar los concesionarios de los complejos termales de la Provincia de Entre Ríos, con aplicación a partir del 30 de enero de 2013
- Anexo II - Régimen de sanciones y su metodología por inobservancia y/o infracción a las Leyes Nos. 9678 y 9714 para aplicar a los concesionarios de los Complejos Termales de la Provincia, con vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
Todo conforme los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 3.- Encuádrase legalmente el presente trámite en las prescripcionesde las Leyes Nos.
9678 y 9714 y Decreto Nº 4408/12
MPIyS.Art. 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.Art. 5.- Comuníquese, publíquese y archívese y pasen las actuaciones al Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos ERRTER.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García ENTE REGULADOR DE LOS RECURSOS
TERMALES DE ENTRE RÍOS
RESOLUCION Nº 041 ERRTER
APROBANDO CUADRO TARIFARIO
Paraná, 25 de marzo de 2015
VISTO:
La necesidad de modificar la fórmula para la determinación del monto que en concepto de canon mensual por el uso del recurso termal deben abonar los concesionarios de los complejos termales de la Provincia de Entre Ríos, aprobado por Resolución Nº 040/12
E.R . R . T . E.R . y r at ifica da por D ecreto N º 4408/12 MPIYS; como así también de incorporar un régimen de sanciones por inobservancias y/o infracción de los concesionarios al marco legal vigente; y CONSIDERANDO:
Que a los efectos de dar cumplimiento a las Leyes Provinciales Nos. 9678 y 9714, Marco Regulatorio de la Gestión de los Recursos Termales, el Ente Regulador de Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos ERRTER
dentro de sus atribuciones dictó la Resolución Nº 040, de fecha 29 de agosto de 2012, por la cual aprobó que la determinación del monto que en concepto de canon mensual por el uso del recurso termal, conforme la obligación establecida en las leyes citadas deberían abonar los concesionarios de los complejos termales de la Provincia de Entre Ríos, surja de la fórmula, desarrollada en el Anexo 1 que forma parte de dicha norma legal; norma que fue ratificada en todos sus términos por el Decreto Nº 4408 MPIyS, el 10 de diciembre de 2012 y publicada en Boletín Oficial el 30 de enero de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/5/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha29/05/2015

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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