Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/2/2011

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Nº 24.688 - 036/11

PARANA, martes 22 de febrero de 2011

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 4059 MGJE
DISPONIENDO CESE EN FUNCIONES
Paraná, 1 de noviembre de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Colegio de Escribanos de Entre Ríos comunica el fallecimiento del escribano Miguel Ángel Pablo Pagnone, quien fuera titular del Registro Notarial Nº 94 con asiento en la ciudad de Paraná y competencia territorial en todo el departamento homónimo, interesando el dictado del texto legal que disponga la clausura del Registro Notarial a su cargo; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 luce agregada copia debidamente certificada del acta de defunción del escribano Pagnone, ocurrido en fecha 18 de marzo de 2008 en Paraná;
Que a fojas 2 el Colegio de Escribanos de Entre Ríos comunica el fallecimiento del notario Pagnone;
Que a fojas 5 ha tomado la intervención que le compete en el caso la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos;
Que a fojas 8 el colegio propone la designación como interino del Registro Notarial Nº 94, al escribano Víctor M.B. Badano, titular del Registro Notarial Nº 9, con el mismo asiento y competencia territorial, con el objeto de concluir los trámites pendientes y cumplimentar el depósito de los protocolos al Archivo Notarial de Paraná y de los libros extraprotocolares ante el precitado Colegio de Escribanos;
Que lo requerido se ajusta a las disposiciones vigentes y en consecuencia se deberá entregar al precitado notario, conforme al artículo 143º de la Ley Registral Provincial Nº 6.964 y artículos 108º, 110º y 112º del Decreto-Ley Nº 6.200, ratificado por Ley Nº 7.504, la documentación respectiva;
Que a fojas 11 y vta. obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, sin formular objeciones legales a la presente tramitación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese el cese en sus funcio-

EDICION: 20 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri Dr. D. José Eduardo Lauritto Cr. D. Adán Humberto Bahl Cr. D. Diego Enrique Valiero D. José Orlando Cáceres Dr. D. Angel Francisco Giano Arq. D. Guillermo Luis Federik Cr. D. Roberto Emilio Schunk
nes notariales por el fallecimiento del escribano Miguel Ángel Pablo Pagnone y, en consecuencia, clausúrase el Registro Notarial Nº 94, con asiento en la ciudad de Paraná y competencia territorial en todo el departamento homónimo que tenía a su cargo dicho profesional, de conformidad a los artículos 108º y 110º del Decreto-Ley Nº 6.200, ratificado por Ley Nº 7.504.
Art. 2º Desígnase escribano interino del Registro Notarial Nº 94, con asiento en la ciudad de Paraná y competencia territorial en todo el departamento homónimo, que estuviera a cargo del escribano Miguel Ángel Pablo Pagnone, al escribano Víctor M. B. Badano, titular del Registro Notarial Nº 9, con el mismo asiento y competencia territorial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30º del Decreto-Ley Nº 6.200, ratificado por Ley Nº 7.504 y con las facultades que le acuerda la última parte del citado artículo.
Art. 3º El escribano designado interino por el artículo 2º del presente, deberá entregar en término los protocolos al Archivo Notarial de Paraná y al Colegio de Escribanos de Entre Ríos, conforme al artículo 143º de la Ley Registral Provincial Nº 6.964 y artículos 108º, 110º y 112º del Decreto-Ley Nº 6.200, ratificado por Ley Nº 7.504.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos a sus fines pertinentes y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4138 MGJE
Paraná, 1 de noviembre de 2010
Otorgando un subsidio por la suma total de $
250.000, a la Unión Entrerriana de Rugby, con domicilio en calle Urquiza Nº 6, planta alta de la ciudad de Paraná, en la persona de su presidente, señor Daniel Oscar Marcó, MI Nº 5.097.757, domiciliado en calle Corrientes Nº 770 de esta ciudad, con destino a reconocer los gastos ocasionados por la realización del Mundial Juvenil de Rugby, llevado a cabo durante el mes de junio de 2010, con cargo de
rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente a fin de que la Tesorería General de la Provincia haga efectiva al presidente de la Unión Entrerriana de Rugby, señor Daniel Oscar Marcó, la suma determinada.
DECRETO Nº 4142 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 1 de noviembre de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales el apoderado legal del señor Horacio Oscar Silva interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede contra el presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 1.119.623 R.U.;
Que según surge de la consulta en el Sistema Informático de Seguimiento de Expedientes dichos actuados se encuentran desde el 20.9.10 en Despacho del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia COPNAF;
Que conforme lo dispuesto a través de la Directiva Nº 1 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación de fecha 2 de junio de 2008, corresponde hacer lugar al recurso incoado e intimar al Despacho del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia COPNAF a que resuelva la cuestión a fondo en el término de diez días hábiles;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del señor Horacio Oscar Silva, con domicilio legal en calle San Martín Nº 608, planta baja, de esta ciudad, por presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 1.119.623 R.U., de conformidad a lo dispuesto mediante la Directiva Nº 1
de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, de fecha 2 de julio de 2008.
Art. 2º Intímase al Despacho del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/2/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha22/02/2011

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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