Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/10/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

señor CARLOS MARIA ZENI SOSA, quien administrará y tendrá el uso de la firma social para el cumplimiento de los fines sociales.- El nombrado acepta expresamente el cargo conferido, de total conformidad.DECIMO PRIMERA.- CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL: Los nombrados modifican también la cláusula primera del contrato originario en lo que refiere al domicilio social que lo trasladan a la calle 15 numero 936 de la localidad de Caseros, Departamento Uruguay de esta Provincia de Entre Ríos.En consecuencia la cláusula primera queda redactada de la siguiente manera: La sociedad se denomina ALYME SRL y tiene su domicilio en la calle numero 15, numero 936 de la localidad de Caseros, Departamento Uruguay, Provincia de Entre Ríos.Por resolución de todos los socios la sociedad podrá instalar sucursales en cualquier parte del país o en el extranjero.
DECIMO SEGUNDA. - INSCRIPCIÓN y PUBLICACION: Los cesionarios quedan facultados para realizar los trámites correspondientes de inscripción del presente contrato que refiere a cesión de cuotas sociales, aumento de capital, modificación del objeto social, designación de gerente y cambio de domicilio de la sociedad, todo ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, de la Provincia de Entre Ríos, indistintamente uno y otro y la Escribana SONIA MASTROMEI DE ROUDE. titular del Registro Notarial Nº seis, del Departamento Colón, con domicilio en calle Alejo Peyret numero 35 de esta ciudad, o la o las personas que estos indiquen, sin que esto implique revocación de la presente autorización.
En virtud de la presente autorización, dicha profesional queda facultada para aceptar o introducir las modificaciones que las autoridades administrativas competentes observan y estimen necesarias para todos los efectos legales, dejando constancia y aclarando que cualquier duda sobre éste instrumento se resolverá conforme a las disposiciones de la Ley de Sociedades Nº 19.550, con las modificaciones introducidas en la Ley Nº 22.903, las normas del Código Civil y de Comercio.Dejan así formalizado el presente contrato de cesión de cuotas, aumento de capital social, ampliación de objeto social, designación de gerente, y cambio de domicilio, todo en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Salvo lo expresamente modificado en este contrato, continúan vigente todas las cláusulas y condiciones del contrato social de fecha primero de marzo del año dos mil cinco.Previa ratificación, firman los intervinientes como acostumbran, en el lugar y fecha indicado.Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 18 de octubre de 2010 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00069145 1 v./28.10.10

CONTRATO
NUEVO

GUALEGUAYCHU
DELIKATESSEN FIESTA SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, de la Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto publicar el presente texto de edicto por un día en el Boletín Oficial.
Lugar y fecha de constitución: en la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los veintiún días del mes de abril de dos mil ocho.
Socios: Sack Pamela Elizabeth, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 23.710.372, CUIT 27-23710372-1, de profesión comerciante, de estado civil casada, do-

miciliado en esta ciudad de Ituzaingó Nº 1145
y Deniz Luis César, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 17.036.729, CUIT 2017036729-5, de profesión comerciante, de estado civil casado, domiciliado en esta ciudad en Ituzaingó Nº 1145.
Denominación social: DELIKATESSEN
FIESTA SRL.
Domicilio social: en Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos.
Según acta de reunión de socios Nº 2, celebrada el 21.4.2008, se resolvió fijar la sede social en el domicilio de Ituzaingó Nº 1145, de la ciudad de Gualeguaychú.
Objeto social: la sociedad tiene por objeto por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros o con colaboración empresaria con terceros, dentro del país o en el exterior, las siguientes actividades:
Entretenimiento: comprendiendo la organización de fiestas, celebraciones, agasajos, reuniones, infantiles, de adultos o mixtas, convenciones y/o congresos de carácter social, profesional, religiosos, político, comercial, industrial, sindical. Los servicios de organización de fiestas, podrán incluir el servicio de gastronomía, catering, entretenimientos, show y animación en vivo, provisión o adquisición de elementos de cotillón y souvenir, proyecciones de imágenes y sonido, grabaciones de video, servicio de fotografía, iluminación y ambientación de salones, impresión de ticket o tarjetas de invitación y/o programación. Los aludidos servicios podrán prestarse tanto en locales cubiertos o al aire libre ya sea que estos sean propios o ajenos, alquilados o provistos por el cliente.
Gastronómica: entendiéndose por tal a la elaboración, producción o la simple adquisición de productos alimenticios, para su posterior comercialización ya sea en el estado en que se haya adquirido o luego de efectuársele alguna transformación o la mera modificación de su embalaje, presentación o fraccionamiento. Incluye la explotación de establecimientos del tipo restaurantes, parrillas, pizzerías, salón de fiestas, bailes, confiterías y bares, así como cualquier otro rubro de la rama gastronómica.
Comercial: la sociedad podrá dedicarse a la comercialización tanto por menor como al por mayor, a la importación y/o exportación de todo tipo de elementos que se utilicen en fiestas, celebraciones, agasajos y similares, incluyendo productos alimenticios, de cotillón, sorpresas, artículos inflables, etc. Pudiendo vender, montar y/o alquiler, juegos del tipo peloteros, plazas de juegos, castillos inflables, etc.
Esta comercialización podrá efectuarse en locales propios o alquilados, conjuntamente con los eventos que se organicen o fuera de ellos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes nacionales, provinciales y ordenanzas municipales, y cualquier otra norma reglamentaria o interpretativa o por el estatuto debiendo todas las nóminas tomarse en sentido enunciativo.
Plazo de duración: el término de duración de la sociedad será de noventa y nueve años, contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo prorrogarse o reducirse por decisión de los socios, conforme los artículos noventa y cinco y ciento sesenta y concordantes de la Ley 19550 y sus modificaciones.
Capital social: se fija en la suma de pesos treinta mil $ 30.000 dividido en tres mil cuotas de valor nominal pesos diez $ 10 cada una.
Administración: la representación, administración y dirección de la sociedad, estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designados por tiempo determinado o indeterminado, quienes desempeñarán el cargo, actuando en forma indistinta, con todos los derechos, deberes, atribuciones y obligaciones que la ley les confiere e impone, con la expresa prohibición de comprometer a la firma social en
Paraná, jueves 28 de octubre de 2010
operaciones ajenas al giro de la misma, sean de cualquier índole. Tendrán todas las facultades para actuar ampliamente en todos los negocios sociales, con la única y exclusiva excepción de no comprometerla en fianzas ni garantías de ninguna clase a favor de terceros.
Según acta de reunión de socios Nº 2 celebrada el 21.4.2008 se dispuso que la gerencia sea ejercida por la Sra. Sack Pamela Elizabeth, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 23.710.372.
Cierre del ejercicio: cerrará su ejercicio económico el día 31 de enero de cada año.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 20 de octubre de 2010 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00069375 1 v./28.10.10

SUMARIO
LEYES
Año 2010
9992
DECRETOS
Año 2010
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación 2365, 2366, 2368, 2382, 2405, 2407, 2424, 2442, 2443, 2444, 2445, 2448, 2449, 2454, 2455
Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología 2386, 2387, 2388, 2399, 2401, 2432, 2450, 2451, 2452, 2453, 2478, 2479, 2491, 2492, 2493, 2529, 2530, 2531
Municipalidad de Paraná Año 2010
Decretos Nºs. 1557, 1565
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 - Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878
S.G.G. fecha 30 - Mar. - 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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JOSE C. PATRICIO GUASTAVINO
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Suscripciones y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805 - 4207926

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/10/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/10/2010

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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