Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 26 de octubre de 2010
DGSACG por la cual se modifica el presupuesto de gastos vigente de la D.A. 954- Jurisdicción: 10- Gobernación, Unidad Ejecutora Gobernación, por un total de pesos quinientos mil $ 500.000, de acuerdo al detalle de la planilla analítica del gasto obrante en autos, de conformidad a lo expresado en los Considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACION
DECRETO Nº 2353 MGJE
Paraná, 3 de agosto de 2010
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del Sargento de Policía don Pedro Alcides Acosta, clase 1947, MI Nº 8.452.566, legajo personal Nº 18.932, legajo contable Nº 58.130, del numerario de la Dirección Logística, conforme a lo establecido por los artículos 253º inciso 1 y 257º de la Ley Nº 5.654/75 reformada por Ley Nº 8.707, concordante con la reglamentación vigente del Decreto Nº 5.553/75.
DECRETO Nº 2354 MGJE
Paraná, 3 de agosto de 2010
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del Prefecto Sergio Horacio Barcia, clase 1956, MI Nº 12.095.628, LP Nº 57.636, numerario dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos, domiciliado en calle Urquiza Nº 675 de la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, conforme lo establecido por los artículos 253º inciso 1 y 257º de la Ley Nº 5.654/75 reformada por Ley Nº 8.707, concordante con la reglamentación vigente del Decreto Nº 5.553/75.
DECRETO Nº 2355 MGJE
DECLARANDO DE INTERÉS PROVINCIAL
Paraná, 3 de agosto de 2010
VISTO:
La presente gestión por la cual se solicita se declare de Interés Provincial el Tercer Encuentro de Jóvenes Investigadores en Ciencia y Tecnología de los Materiales, organizado por la Asociación Argentina de Materiales y la Faculta Regional de Concepción del Uruguay de la UTN, el que tendrá lugar los días 12 y 13
de agosto próximos, y;
CONSIDERANDO:
Que del Tercer Encuentro de Jóvenes Investigadores en Ciencia y Tecnología de los Materiales participarán distinguidos profesionales como conferencistas, panelistas y evaluadores, generando un gran intercambio de saberes y conocimientos;
Que es de interés del Superior Gobierno de la Provincia promover y estimular las actividades educativas, científicas y culturales que se realicen en el ámbito provincial;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárase de Interés Provincial el Tercer Encuentro de Jóvenes Investigadores en Ciencia y tecnología de los Materiales, el que, organizado por la Asociación Argentina de Materiales y la Facultad regional Concepción del Uruguay de la UTN, tendrá lugar los días 12 y 13 de agosto próximos.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.

BOLETIN OFICIAL
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2359 MGJE
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 3 de agosto de 2010
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el abogado César E. Fernández, en representación de la señora Nilda Norma Morales, por la demora en resolver los actuados Grabado Nº 937952; y CONSIDERANDO:
Que el reclamante interpone formal recurso de queja de conformidad a lo prescripto por el artículo 72º y sgtes. de la Ley Nº 7.060, a efectos de que se proceda a dar inmediata resolución al presente, el que se encuentra paralizado;
Que dicho recurso es formalmente procedente, en los términos establecidos en el artículo 35º de la Ley Nº 7.060, ratificada por la Ley Nº 7.504, que configura el Reglamento para Trámites Administrativos;
Que la finalidad de este instituto recursivo es permitirle al administrado, ejercer acabadamente el control de la actividad de la administración y la defensa de sus intereses, evitando que el trámite sea perturbado por conductas morosas por parte de funcionarios de la administración, y en consecuencia, ante su interposición, someter dicha situación a contralor jerárquico del funcionario remiso para corregir este estado irregular de retardo;
Que la causa del recurso en examen debe estar siempre motivada exclusivamente por la actitud morosa o de retardo del órgano que tiene a su cargo la resolución de un expediente o reclamo, teniendo como propósito constatar si existen o no motivos para acceder a lo peticionado por el reclamante, adoptando si fuera así las medidas tendientes al cese del estado de retardo generado por el funcionario y que afecta los intereses del administrado y de la administración y tomando medidas necesarias para que cese el estado de morosidad;
Que ello así, y atento a lo prescripto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060, las presentes actuaciones han sufrido una demora, atento a que al momento de interponer el presente recurso en fecha 25 de junio de 2010, los actuados Grabado Nº 937952 se encontraban en el Departamento Asuntos Legales del Consejo General de Educación;
Que el citado departamento, emite dictamen de competencia, aclarando que la demora se ha debido al excesivo cúmulo de expedientes en trámite ante el citado organismo, por tal motivo el retraso, y se lo manifiesta atento a lo dispuesto en el artículo 36º de la Ley Nº 7.060
de Procedimientos Administrativos;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de queja interpuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el abogado César E. Fernández, en representación de la señora Nilda Nora Morales, DNI Nº 16.506.435, por la demora en resolver los actuados Grabado Nº 937.952, atento a los argumentos vertidos considerandos de la presente.
Art. 2º Dispónese que el Consejo General de Educación deberá resolver los actuados Grabado Nº 937.952, en un plazo de diez 10
días.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las actuaciones al Consejo General de Educación a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
3 DECRETO Nº 2360 MGJE
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 3 de agosto de 2010
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el abogado César E. Fernández, en representación del señor Justo Dellagiovanna, por la demora en resolver los actuados Grabado Nº 956.220; y CONSIDERANDO:
Que el reclamante interpone recurso de queja de conformidad a lo prescripto por el artículo 72º y siguientes de la Ley Nº 7.060, a efectos de que se proceda a dar inmediata resolución al presente, el que se encuentra paralizado;
Que dicho recurso es formalmente procedente, en los términos establecidos en el artículo 35º de la Ley Nº 7.080, ratificada por la Ley Nº 7.504, que configura el Reglamento de Trámites Administrativos;
Que la finalidad de este instituto recursivo es permitirle al administrado, ejercer acabadamente el control de la actividad de la administración y la defensa de sus intereses, evitando que el trámite sea perturbado por conductas morosas por parte de funcionarios de la administración y, en consecuencia, ante su interposición, someter dicha situación a contralor jerárquico del funcionario remiso para corregir este estado irregular de retardo;
Que la causa del recurso en examen debe estar siempre motivada exclusivamente por la actitud morosa o de retardo del órgano que tiene a su cargo la resolución de un expediente o reclamo, teniendo como propósito constatar si existen o no motivos para acceder a lo peticionado por el reclamante, adoptando si fuera así las medidas tendientes al cese del Estado de retardo generado por el funcionario y que afecta los intereses del administrado y de la administración y tomando medidas necesarias para que cese el estado de morosidad;
Que ello así, y atento a lo prescripto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060, las presentes actuaciones han sufrido una demora, atento a que al momento de interponer el presente recurso en fecha 25 de junio de 2010, los actuados Grabado Nº 956.220 se encontraban en el Departamento Asuntos Legales del Consejo General de Educación;
Que el citado departamento, emite dictamen de competencia, aclarando que la demora se ha debido al excesivo cúmulo de expedientes en trámite ante el citado organismo, por tal motivo el retraso, y se lo manifiesta atento a lo dispuesto en el artículo 36º de la Ley Nº 7.060
de Procedimientos Administrativos;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar el recurso de queja;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el abogado César E. Fernández, en representación del señor Justo Dellagiovanna, DNI Nº 13.188.329, por la demora en resolver los actuados Grabado Nº 956.220, atento a los argumentos vertidos en los considerandos de la presente.
Art. 2º Dispónese que el Consejo General de Educación deberá resolver los actuados Grabado Nº 956.220 en un plazo de diez 10
días.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las actuaciones al Consejo General de Educación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2362 MGJE
Paraná, 3 de agosto de 2010
Aceptando la renuncia del señor Oscar Antonio Chevasco, DNI Nº 7.622.894, como coor-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/10/2010

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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