Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/10/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 21 de octubre de 2010
DECRETO Nº 2242 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de julio de 2010
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de la Sra. Albina Astonga; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 18 de junio de 2010, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 885489 RU, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 27 de octubre de 2009 en el Departamento Amas de Casa del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de la Sra. Albina Astonga, constituyendo domicilio legal en calle Santa Fe N 318 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres
DECRETO Nº 2243 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de julio de 2010
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de la Sra. Teresa Jorgelina Poletto; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 18 de junio de 2010, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 916338 RU, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 4 de febrero de 2010 en el Departamento Amas de Casa del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja
BOLETIN OFICIAL
interpuesto por los apoderados legales de la Sra. Teresa Jorgelina Poletto, constituyendo domicilio legal en calle Santa Fe N 318 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres
DECRETO Nº 2244 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de julio de 2010
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Graciela Inés Kolmann; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 24 de junio de 2010, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 1097392 RU, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 30 de abril de 2010 en el Area Central Jurídica del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra.
Graciela Inés Kolmann, constituyendo domicilio legal en calle Laprida N 374 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica interpuesto oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres
DECRETO Nº 2245 MDSECT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de julio de 2010
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la Sra.

3
Adelia Viviana Taleb, por derecho propio y con patrocinio letrado; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 29 de junio de 2010, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de revocatoria interpuesto oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 435976 RU, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 4 de diciembre de 2009 en Despacho del ente previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Sra. Adelia Viviana Taleb, por derecho propio y con patrocinio letrado, constituyendo domicilio legal en calle M. del Barco Centenera Nº 768 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de revocatoria interpuesto oportunamente por la actora, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres
DECRETO Nº 2246 MDSECT
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 30 de julio de 2010
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. María Rita Celia Fernández; y CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 16 de junio de 2010, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un trámite previsional iniciado por la actora en fecha 27 de abril de 2010, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega ficha del Expediente N 1097105 RU, correspondiente a dicho trámite, del que surge que el mismo se encuentra desde el 18 de junio de 2010 en el Area Central Jurídica del Ente Previsional para dictamen de competencia;
Que en virtud de lo expresado, surge claramente que no existe mora imputable a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
María Rita Celia Fernández, constituyendo domici1io legal en calle Laprida N 415 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Pro-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/10/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha21/10/2010

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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