Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/7/2007

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PARANA, viernes 13 de julio de 2007 - Nº 23.818 - 131/07
SUMARIO
DECRETOS
Año 2006
Ministerio de Salud y Acción Social 8243, 8357, 8358, 8359, 8360, 8361, 8362, 8363, 8364, 8365, 8366, 8369, 8374, 8377, 8378, 8379, 8380, 8389, 8396, 8397, 9486
RESOLUCIONES
Año 2007
Secretaría de Salud 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318
Dirección General de Rentas 279
Consejo de la Magistratura de Entre Ríos 212, 213
Ministerio de Salud y Acción Social DECRETO Nº 8243 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 5 de diciembre de 2006
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Irma Abt, contra la Resolución Nº 2215/05 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, por la cual se rechazó un reclamo de reconocimiento y pago de haberes previsionales retroactivos a la fecha en que la actora se encontraba en condiciones de gozar del beneficio de jubilación de Amas de Casa; y CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista formal y atento a que se carece de constancia de la diligenciamiento del mismo, corresponde tenerlo por interpuesto en legal tiempo y forma en virtud del principio de informalismo moderado que impera en el derecho administrativo;
Que la recurrente se agravia contra la resolución recurrida que rechazó su reclamo de reconocimiento y pago de haberes previsionales retroactivos a la fecha en que se encontraba en condiciones de gozar del beneficio de jubilación de Amas de Casa y hasta la fecha de su primer haber previsional;
Que en este sentido podemos decir que la Fiscalía de Estado ya se ha expedido en reclamos similares al presente mediante el Dictamen N 1107/06 FE en cuya oportunidad sostuvo que: El reclamo administrativo que origina estas actuaciones merece objeciones tanto desde la faz formal como en su aspecto sustancial, conforme a las razones que seguidamente se pasan a exponer, opinando que el mismo ha sido correctamente denegado;
Que en dicha oportunidad, se estableció que el reclamo resultaba inadmisible desde que la reclamante no ha cuestionado el decreto de concesión del beneficio jubilatorio que estableció la fecha a partir de la cual se

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/7/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha13/07/2007

Nro. de páginas67

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2007>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031