Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PARANA, jueves 5 de julio de 2007 - Nº 23.813 - 126/07
SUMARIO
DECRETOS
Año 2006
Ministerio de Salud y Acción Social 7513, 7520, 7521, 7525, 7526, 7527, 7528, 7529, 7530, 7531, 7532, 7533, 7535, 75836, 7537, 7538, 7539, 7540
Año 2007
1024, 1025, 1026, 1027
RESOLUCIONES
Año 2007
Secretaría de Salud 306, 307, 308, 309, 311
Ministerio de Salud y Acción Social DECRETO Nº 7513 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 15 de noviembre de 2006
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Ana M. Rebossio, contra la Resolución Nº 3179/06 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que atento al escrito de presentación, la Resolución Nº 3179/06 CJPER fue notificada a la actora en fecha 02/06/2006, interponiéndose el presente en fecha 28/06/2006, conforme surge de fs. 13;
Que atento a lo expuesto precedentemente, corresponde el rechazo del recurso incoado por extemporáneo, no correspondiendo el análisis formal de la cuestión de fondo planteada en mérito al criterio sostenido por el STJ en la causa Farizano, Jorge O. M. c/ Estado Provincial y Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos s/
Demanda Contenciosa Administrativa: Lo glosado determina el derrumbe del argumento de base de las excepciones planteadas debido a la constancia asumida por el Poder Ejecutivo quien no obstante considerar que el recurso era extemporáneo ingresó al fondo de la cuestión y lo rechazó en base a los fundamentos formales y sustanciales esgrimidos en los considerandos de la norma mentada cfr.
Art. 1 y no resolvió de tal manera debido sólo a la extemporaneidad de la interposición del remedio impetrado, como equivocadamente sostienen las excepcionantes. Siendo así y si, como mera hipótesis de trabajo, se concluyera que la interposición del recurso de apelación jerárquica fue extemporánea subsistirían el resto de los argumentos sustanciales por los cuales se rechazó el mismo, los que deberán ser oportunamente examinados en esta sede debido a la impetrada nulidad de tal norma lo que impide acoger una excepción que determinaría el fin del proceso.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/7/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/07/2007

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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