Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/8/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 10

BOLETIN OFICIAL

término de treinta días, lo acrediten.Esquel, junio 19 de 2018.Publicación: Un día.Dr. BRUNO M. NARDO
Secretario P: 02-08-18

EDICTO JUDICIAL
El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut, con asiento en la ciudad de Esquel, sito en Avda. Alvear N 505, P.B., a cargo del Dr. Omar H. Magallanes, Secretaría a cargo del Dr. Bruno Nardo, en autos: Muñoz, María Adriana s/Sucesión Ab-Intestato, Expte. 368/2018, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por doña MARÍA ADRIANA MUÑOZ, para que en el término de treinta días, lo acrediten.Esquel, junio 19 de 2018.
Publicación: Un día.Dr. BRUNO M. NARDO
Secretario P: 02-08-18

EDICTO JUDICIAL
El Sr. Juez Letrado de Primera Instancia del Juzgado de Ejecuciones de la Circunscripción Judicial de Puerto Madryn, Dr. Luis Horacio Mures; Secretaría a cargo de la Dra. Helena Casiana Castillo en los autos caratulados Pintos, Carlos Ernesto S/
Sucesión Ab-Intestato Expte. N 400/2018 cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de CARLOS ERNESTO PINTOS mediante edictos que se publicarán por Tres días, bajo apercibimiento de ley.
Puerto Madryn, 15 de junio de 2018.
HELENA CASIANA CASTILLO
Secretaria I: 02-08-18 V: 06-08-18
EDICTO JUDICIAL
El JUZGADO FEDERAL de PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de RAWSON PROVINCIA del CHUBUT a cargo del Dr. Hugo Ricardo Sastre Juez Federal titular con competencia electoral, Secretaria Electoral, en los autos caratulados CONTROL PATRIMONIAL EN AUTOS FRENTE PARA LA VICTORIA S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - PJ-PICH-SACH EXPTE. CNE 4343/
2015/3/CA1, hace saber a la ciudadana Cynthia Tamara CASTRO, DNI 30.605.505 el resultado del Fallo de la
Jueves 2 de Agosto de 2018

Cámara Nacional Electoral de fecha 8 de mayo de 2018
dictado en los citados autos el que se transcribe a continuación: nos Aires, 8 de mayo de 2018. Y VISTOS:
Los autos Control patrimonial de Frente para la Victoria en autos Frente para la Victoria s/reconocimiento de alianza electoral PJ PICH SACH Expte. Nº CNE
4343/2015/3/CA1, venidos del juzgado federal con competencia electoral de Chubut en virtud de los recursos de apelación interpuestos y fundados a fs. 262/264 y fs. 269/270 vta. contra la resolución de fs. 226/230, obrando la contestación de agravios a fs. 295/vta., el dictamen del señor fiscal actuante en la instancia a fs.
301/303, y CONSIDERANDO: 1 Que a fs. 226/230 el señor juez federal de Chubut resuelve aprobar el informe final de campaña correspondiente a las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias del 9 de agosto de 2015 presentado por la alianza Frente para la Victoria del distrito.- Asimismo dispone aplicar una multa equivalente a la suma de pesos cuatrocientos veintitrés mil quinientos sesenta con 34/100
$423.560,34 al responsable económico financiero de la lista interna Muchos por Chubut y a los precandidatos de la misma lista en forma solidaria cf.
fs. 229 vta..- A fs. 262/264 y fs. 269/270 vta. Edgar David Lencina -responsable económico financiero de la mencionada listay Guillermo Esteban Blaser
precandidato de aquellaapelan y expresan agravios, respectivamente.- A fs. 295/vta. Luis Maglio, apoderado del Partido Justicialista, contesta el traslado.- A fs.
301/303 emite dictamen el señor fiscal actuante en la instancia, quien considera que debe confirmarse la resolución apelada.- 2º Que, en primer lugar, es preciso destacar que los recurrentes omiten expresar agravios con relación al punto I de la sentencia apelada cf. fs.
229 vta., mediante el cual el a quo resolvió aprobar el informe final de campaña cf. art. 37 ley 26.571 presentado por la alianza Frente para la Victoria, distrito Chubut, en tanto solo se limitan a señalar que oportunamente se revoque la aprobación del referido informe cf. fs. 270 vta..- Corresponde, en consecuencia, declarar desierto ese aspecto del recurso intentado cf. Artículo 266, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.- 3 Que, sentado ello, es menester resaltar que el artículo 36 de la ley 26.571 establece en lo que aquí interesaque, veinte 20 días después de finalizada la elección primaria, el responsable económico-financiero de cada lista interna deberá presentar un informe final detallado sobre los aportes públicos y privados recibidos con indicación de origen, monto, nombre y número de documento cívico del donante, así como los gastos realizados durante la campaña electoral. Asimismo, señala que transcurridos noventa 90 días del vencimiento del plazo para la presentación del informe , el juez federal con competencia electoral podrá disponer la aplicación de una multa a los precandidatos y al responsable económico-financiero, solidariamente, de hasta el cuádruplo de los fondos públicos recibidos, y la inhabilitación de los candidatos de hasta dos 2 elecciones.- Al respecto, corresponde destacar que -pese al argumento ensayado por los recurrentes acerca de que presentaron la referida rendición cf. fs. 262 y fs. 269- de las cons-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/8/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha02/08/2018

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4335

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/04/2024

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