Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 26/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 122
Viernes, 26 de junio de 2020
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
2036/20

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
AREA DE PROMOCION AGROALIMENTARIA Y REGIMEN INTERIOR

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2020, adoptó, entre otros, el acuerdo número 4, por el que se aprobó inicialmente la modificación del Reglamento de Uso de la Marca Sabores Almería.
En el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 26, de 7 de febrero de 2020, aparece publicado el anuncio por el que se expone el expediente de aprobación inicial de la modificación del Reglamento de Uso de la Marca Sabores Almería a audiencia e información pública, con la finalidad de que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones, sugerencias y aportaciones que estimen oportunas. Asimismo, con la misma fecha, dicho anuncio fue publicado en el tablón de anuncios electrónico y portal de transparencia de la Diputación.
Durante el plazo de treinta días hábiles de exposición pública, teniendo en cuenta el período de suspensión de plazos como consecuencia de la declaración del estado de alarma, comprendidos entre el día 7 de febrero de 2020 y el día 8 de junio de 2020, ambos inclusive, no se han presentado reclamaciones, sugerencias y/o aportaciones; por lo que el citado acuerdo ha quedado elevado a definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el citado acuerdo plenario.
Contra el reglamento referido aprobado definitivamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de este orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos 2 meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 en relación con el artículo 10, ambos de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local LRBRL, 196.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y transcurrido el plazo fijado en el artículo 65.2 de la LRBRL, se inserta a continuación el texto íntegro de la modificación del Reglamento de Uso de la Marca Sabores Almería definitivamente aprobada.
TEXTO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA SABORES DE ALMERÍA
PREÁMBULO
Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2017, aprobó inicialmente la Ordenanza por la que se aprueba el Reglamento de Uso de la Marca Sabores Almería. Siendo En el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 9 de enero de 2018, se publica el Reglamento de Uso de la Marca Sabores Almería, siendo éste el texto vigente que regula las condiciones de uso de la marca.
Procede la reforma del Reglamento en la actualidad, y con más de un centenar de empresas participando del proyecto, para prestar un mejor servicio a las empresas objeto del proyecto Las modificaciones que se introducen atienden a los Principios de Buena Regulación, que deben regir el ejercicio de la Potestad Reglamentaria por las Administraciones Públicas, según establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas arts. 127 a 133.
Así pues, considerando los principios de Necesidad y Eficacia, las modificaciones propuestas están justificadas en el interés general del sector agroalimentario y se plantean con el objetivo general de agilizar y optimizar el desarrollo del proyecto.
En atención a los principios de Proporcionalidad y Seguridad Jurídica se considera que la presente norma es el modo más adecuado para ordenar la actividad que se pretende desarrollar, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico y propiciando un marco normativo estable que favorece la actuación y toma de decisiones de los asuntos que regula.
En cuanto al principio de Transparencia, que debe regir el actuar de las Administraciones Públicas, el procedimiento de aprobación del presente Reglamento, está sujeto a lo establecido en el art. 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre , de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, así como en el art. 20.8 de la Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información , Reutilización y Buen Gobierno de la Diputación de Almería BOP 16 de octubre de 2018, siendo su elaboración fruto de un proceso participativo.
Respecto al principio de eficiencia, se pretende evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Artículo único. Modificación del Reglamento de uso de la marca sabores de Almería.
El Reglamento de uso de la marca sabores de Almería, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 6, de fecha 9 de enero de 2018, queda modificado como sigue:


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=HIBNtWqF0R9ecpKEz5WorNHRZmMf4LlC .

ANUNCIO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 26/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha26/06/2020

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones6206

Primera edición26/04/1999

Ultima edición29/04/2024

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