Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5663

CONVENIO
art. 6º Ley Q N 4818 modificada por Ley N 5027
y Anexo I Decreto N 09/2015
En la ciudad de Viedma, a los 18 días del mes de diciembre del año 2017, se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Gobernador, Don Alberto Edgardo Weretilneck, en adelante LA
PROVINCIA; por la otra la Comisión de Fomento de Arroyo Los Berros, en adelante LA COMISION DE FOMENTO, representado por el Señor Eusebio Rafael Calluhuequi, Comisionado de Fomento, quienes suscriben el presente CONVENIO de conformidad a los antecedentes y pautas que seguidamente se expresan:
Que con fecha 20 de diciembre de 2012, la Legislatura de la Provincia de Río Negro sancionó la Ley Q N 4818, publicada en el Boletín Oficial N
5108, la que estableció las bases y condiciones para la renegociación de concesiones Hidrocarburíferas de la Provincia.
Que la misma, facultó al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado de Energía renegocie las concesiones hidrocarburíferas correspondientes a las empresas inscriptas en el Registro Provincial de Renegociaciones de Areas Hidrocarburíferas.
Que en dicho marco, se suscribieron acuerdos con las empresas Petróleos Sudamericanos S.A. y Necon S.A. y Potrolífera Petroleum Limited Sucursal Argentina.
Que el Art. 6º de la norma, modificado por Ley N 5027, estableció en el apartado séptimo que los fondos que los municipios perciban como resultado de los contratos que se suscriban en el marco de los procesos de renegociación de concesiones hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos, equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes.
Que la Comisión de Fomento de Arroyo Los Berros procedió a presentar proyecto de inversión ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, expidiéndose la Comisión Especial Ley Q Nº 4818" de manera favorable al mismo.
Que se ha dado cumplimiento a la publicación del proyecto de inversión conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto N 09/2015.
Por lo expuesto, las partes ACUERDAN:
Artículo 1º.- En el marco de las Leyes provinciales Q N 4.818 y su modificatoria Ley N 5027, LA PROVINCIA se compromete a transferir a la COMISION DE FOMENTO de Arroyo Los Berros la suma de Pesos Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 15/100 $ 4048,15, para la ejecución del proyecto de inversión cuyo detalle consta como Anexo I del presente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N 09/2015.
Art. 2: La transferencia se cancelará en los términos y modalidad establecidos en el Artículo 6 de la Ley Q N 4818 modificado por la Ley N 5027.
Art. 3º: Cumplido el proyecto de inversión descripto en el Anexo I del presente, la COMISION DE FOMENTO de Arroyo Los Berros se obliga a remitir en el plazo de treinta días, a la Comisión Especial Ley Q N 4818, Certificación de la Comisión de Fomento con detalle de la utilización e inversión de los fondos, conforme lo establecido en el Decreto N 09/2015.
Art. 4: La COMISION DE FOMENTO de Arroyo Los Berros declara bajo juramento que posee plenas facultades para obligarse a la totalidad de lo acordado en virtud del presente acuerdo.
En prueba de conformidad se firma el presente ejemplar a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente.

ANEXO I - Convenio ARROYO LOS BERROS
Proyecto de Inversión:
EQUIPAMIENTO y/o OBRA
Compra de materiales para viviendas: Chapas de Cinc y tirantes.
TOTAL INVERSIÓN:
MONTO A TRANSFERIR:

$ 4.048,15
$ 4.048,15

Se le recuerda que cuando el monto de inversión supera al transferido la Comisión de Fomento se deberá hacer cargo de la diferencia.
La Comisión
Convenio Art. 6º Ley Q N 4818 modificada por Ley Nº 5027
y Anexo I Decreto Nº 09/2015
En la ciudad de Viedma, a los 15 días del mes de diciembre del año 2017, se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Gobernador, Don Alberto Edgardo Weretilneck, en adelante LA
PROVINCIA; por la otra la Comisión de Arroyo Ventana, en adelante LA

Viedma, 23 de Abril de 2018

COMISION DE FOMENTO, representado por el Señor Carlos El Hossen Comisionado de Fomento, quienes suscriben el presente CONVENIO de conformidad a los antecedentes y pautas que seguidamente se expresan:
Que con fecha 20 de diciembre de 2012, la Legislatura de la Provincia de Río Negro sancionó la Ley Q N 4818, publicada en el Boletín Oficial N
5108, la que estableció las bases y condiciones para la renegociación de concesiones Hidrocarburíferas de la Provincia.
Que la misma, facultó al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado de Energía renegocie las concesiones hidrocarburíferas correspondientes a las empresas inscriptas en el Registro Provincial de Renegociaciones de Areas Hidrocarburíferas.
Que en dicho marco, se suscribieron acuerdos con las empresas Petróleos Sudamericanos S.A. y Necon S.A. y Petrolífera Petroleum Limited Sucursal Argentina.
Que el Art. 6 de la norma, modificado por Ley Nº 5027, estableció en el apartado séptimo que los fondos que los municipios perciban como resultado de los contratos que se suscriban en el marco de los procesos de renegociación de concesiones hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos, equipamientos y u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes.
Que la Comisión de Fomento de Arroyo Ventana procedió a presentar proyecto de inversión ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, expidiéndose la Comisión Especial Ley Q Nº 4818 de manera favorable al mismo.
Que se ha dado cumplimiento a la publicación del proyecto de inversión conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto Nº 09/2015.
Por lo expuesto, las partes ACUERDAN:
Artículo 1.- En el marco de las Leyes provinciales Q N 4.818 y su modificatoria Ley Nº 5027, LA PROVINCIA se compromete a transferir a la COMISION DE FOMENTO de Arroyo Ventana la suma de Pesos Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 15/100 $ 4.048,15, para la ejecución del proyecto de inversión cuyo detalle consta coma Anexo I del presente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 09/2015.
Art. 2.- La transferencia se cancelará en los términos y modalidad establecidos en el Artículo 6 de la Ley Q Nº 4818 modificado por la Ley Nº 5027.
Art. 3: Cumplido el proyecto de inversión descripto en el Anexo I del presente, la COMISION DE FOMENTO de Arroyo Ventana se obliga a remitir, en el plazo de treinta días, a la Comisión Especial Ley Q N 4818, Certificación de la Comisión de Fomento con detalle de la utilización e inversión de los fondos, conforme lo establecido en el Decreto N 09/2015.
Art. 4º: La COMISION DE FOMENTO de Arroyo Ventana declara bajo juramento que posee plenas facultades para obligarse a la totalidad de lo acordado en virtud del presente acuerdo.
En prueba de conformidad se firma el presente ejemplar a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente.

ANEXO I Convenio ARROYO VENTANA
Proyecto de Inversión:
EQUIPAMIENTO
Compra de 26 bolsas de cemento y una barra de hierro Nº 8
TOTAL INVERSION:
MONTO A TRANSFERIR:

$ 4.048,15
$ 4.048,15

Se le recuerda que cuando el monto de inversión supera al transferido la Comisión de Fomento se deberá hacer cargo de la diferencia.
La Comisión.

Convenio Art. 6º Ley Q N 4818 modificada por Ley N 5027
y Anexo I Decreto N 09/2015
En la ciudad de Viedma, a los 13 días del mes de diciembre del año 2017, se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Gobernador, Don Alberto Edgardo Weretilneck, en adelante LA
PROVINCIA; por la otra la Comisión de Fomento de El Caín, en adelante LA COMISION DE FOMENTO, representado por el Señor Juan Lleiful, Comisionado de Fomento, quienes suscriben el presente CONVENIO de conformidad a los antecedentes y pautas que seguidamente se expresan:
Que con fecha 20 de diciembre de 2012, la Legislatura de la Provincia de Río Negro sancionó la Ley Q Nº 4818, publicada en el Boletín Oficial N
5108, la que estableció las bases y condiciones para la renegociación de concesiones Hidrocarburíferas de la Provincia.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5651.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/04/2018

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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