Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/04/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5657

Viedma, 2 de Abril de 2018

oOo DECRETO Nº 194
Viedma, 19 de marzo de 2018.
Visto, el Expte. N 025.721-SET-2017, del registro de la Secretaría de Estado de Trabajo, los Decretos N 1813/2014, 731/2015, 923/2015 1522/
2016, 149/2017, 164/2017, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita la promoción automática de los agentes de Planta Permanente que dependen de la Secretaría de Estado de Trabajo, que se detallan en las planillas Anexas I, II y III a partir de la Categoría y fecha que en cada caso se indica;
Que la Ley L N 1844, Anexo II establece que según el Agrupamiento y la Categoría a la que deba promover el agente deberá acreditar la permanencia y/o de actividades de capacitación pertinentes al puesto de trabajo y la función desarrollada;
Que conforme los Antecedentes obrantes a fojas 3/39 de las citadas actuaciones, los agentes detallados reúnen los requisitos, exigidos por la Ley L N 1844, para las promociones a la Categoría inmediata superior;
Que a fs. 61 ha tomado debida intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Art. 33 de la Ley N 5260;
Que el presente, se encuadra Jurídicamente en los Arts. 12, 15 y 23 del Anexo II de la Ley L N 1844;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Trabajo fs. 51, Secretaría de la Función Pública fs. 53 y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00770-18
obrante a fs. 67;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1º de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Promover automáticamente al personal de Planta Permanente de la Secretaría de Estado de Trabajo que se detalla en Planillas Anexas I, II, y III, que forman parte integrante del presente Decreto, a la categoría que corresponda a partir de la fecha que en cada caso se indica.Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 3º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- L. Di Giácomo.

Planilla Anexa Nº I al Decreto Nº 194
Agrupamiento Profesional

Planilla Anexa Nº II al Decreto Nº 194
Agrupamiento Administrativo

Planilla Anexa Nº III al Decreto Nº 194
Agrupamiento Servicio de Apoyo
oOo
RESOLUCIÓN

Provincia de Río Negro AGENCIA DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Resolución Nº 300
Viedma, 13 de marzo de 2018.
Visto, el Expte. N 161081-ART-2017 del registro de la Agencia de Recaudación Tributaria, la Ley E N 3483; y CONSIDERANDO:
Que el Art. 72 de la Ley E N 3483, modificado por el Art. 21 de la Ley N 4815, establece que los Valores Unitarios Básicos de la tierra libre de mejoras y de las mejoras, serán determinados anualmente por el organismo catastral, los cuales deberán ser aprobados por resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro;
Que el último párrafo de la referida norma dispone que los Valores Unitarios Básicos así establecidos, no pueden superar en ningún caso, el sesenta por ciento 60% del valor de mercado de los respectivos inmuebles;

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5657.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/04/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha02/04/2018

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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