Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/03/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 26 de Marzo de 2018

CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES

N&J S.R.L.
Cesión de cuotas sociales y Modificación de Contrato.
El Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas a cargo del Registro Público sito en calle Viedma N 191 de la ciudad de Cipolletti, ordena de acuerdo con los términos del Art.10 y modificatorias de la ley 19550, publicar en el Boletín Oficial, por un 1 día.- La cesión de la totalidad de las cuotas sociales que poseían los Sres.
Arceo Facundo Tomás y Arceo Mariana Guadalupe, socios de NJ SRL la cual fue instrumentada en fecha 02 de Febrero del 2018 y se realizó de la siguiente manera: a el Sr. Arceo Facundo Tomás, vende, cede y transfiere a la Srta. Giménez Ferrer María Eugenia, ciento cincuenta 150 cuotas sociales por el importe de Quince mil $ 15.000.
b la Sra. Arceo Mariana Guadalupe cede, vende y transfiere al Sr. Aleman Jonathan Sebastián ciento cincuenta 150 cuotas sociales por el importe de Quince mil $ 15.000. Socios: Sr. Aleman Jonathan Sebastián DNI 37.261.875, nacido el 12 de Junio de 1993, 24 años de edad, Argentino, soltero, de profesión empleado, con domicilio en calle Santa Fé N 635 de la ciudad de Neuquén, provincia de Neuquén, y la Srta: Giménez Ferrer María Eugenia D.N.I. 95.024.685, nacida el 15 de Noviembre del año 1991, 25 años, Paraguaya, comerciante, soltera, con domicilio en calle Constitución s/n Mza: D Lote: 53 Barrio Confluencia, Neuquén, Provincia de Neuquén.
Así mismo por instrumento de fecha 02-022018 se modificó el contrato social de NJ SRL en lo concerniente a las cláusulas: Primera: Tercera:
Cuarta y Quinta. Transitoria, quedando redactadas como se transcribe a continuación: Primero: La sociedad se denomina NJ SRL y tiene su domicilio en la ciudad de Cipolletti Provincia de Río Negro.Tercero: Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, en establecimientos propios o ajenos las siguientes actividades:
A Construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos, edificios, estructuras metálicas o de hormigón y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura: de carácter público o privadoB Inmobiliaria: corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de mandatos: operaciones inmobiliarias, compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. Podra inclusive realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes comprendidas en las disposiciones de la ley de propiedad horizontal. También podrá dedicarse a administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros. C Compra y venta. Importación y/o exportación de productos, subproductos y derivados relacionados con la industria de la construcción. Cuarta: El Capital Social de $ 300.000 trescientos mil dividido en 300
trescientas cuotas sociales de pesos Mil $ 1.000
cada una suscriptas de esta manera: La Sra.: Giménez
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BOLETIN OFICIAL N 5655
Ferrer María Eugenia, la cantidad de 150 Ciento Cincuenta cuotas sociales por la suma de Ciento Cincuenta Mil $150.000 representando el 50%, del capital social y el Sr. Aleman Jonathan Sebastián la cantidad de 150 Ciento Cincuenta cuotas sociales por la suma de Ciento Cincuenta Mil $
150.000, representando el 50% del capital social.
El Capital incrementado, se integra totalmente mediante Escritura de Integración ante Escribano Público. El Capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. La reunión de socios aprobara las condiciones y montos y plazos de integración guardando la proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión. Quinto:
Fiscalización: La Administración y Representación Legal: La Fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios conforme a las prescripciones que surgen del artículo 55 de la Ley 19550 y modificatoria. La Administración y Representación Legal de la sociedad será ejercida por un gerente en forma individual, socio o no, que tendrá el uso de la firma social y la representación legal con todas la facultades necesarias para actuar en su nombre sin limitación alguna, pudiendo celebrar representarla en cuanto acto jurídico importe adquirir derechos y contraer obligaciones, ya sea de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra índole que se relacione directamente con el objeto social. En el ejercicio de la administración de la sociedad, el gerente podrá para el cumplimiento de sus fines sociales constituir toda clase de derechos reales, permutar, ceder, tomar en locación bienes inmuebles, realizar todo acto o contrato por el cual se adquieran o enajenen bienes, contratar o subcontratar cualquier clase de negocios o servicios, nombrar agentes, otorgar poderes generales y especiales, solicitar créditos, abrir cuentas corrientes y efectuar todo tipo de operaciones bancarias con bancos nacionales, provinciales, municipales, mixtos o privados, en el país o en el exterior, constituir hipotecas de acuerdo a las disposiciones Legales vigentes y en la forma y condiciones más convenientes, dejando constancia que las enumeraciones precedentes no son taxativas sino meramente enunciativas, pudiendo realizar todos los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. Para la realización de los siguientes actos se requerirá la aprobación por unanimidad de todos los socios: a cuando se trate de compras y/o ventas de bienes registrables y la constitución de derechos reales con vehículos y/o inmuebles adquiridos; b cuando se trate de contraer préstamos, empréstitos o créditos en nombre de la sociedad cuando superen el importe de su capital social. Son de aplicación las normas dispuestas en el Libro Primero. Título II, Parágrafo 2º de la Sección 3º del Codigo Civil y Comercial de la Nación. El gerente debe ser electo por reunión de socios y durará cinco 5 ejercicios en el cargo, pudiendo ser reelecto indefinidamente. La revocación de tales mandatos deberá asentarse en el libro de actas y surtirá efecto para el interesado a partir del momento en que se notifique, y respecto de terceros desde su publicación. Para garantizar las obligaciones emergentes del mandato encomendado, el gerente firmara un pagare por la suma de pesos Diez Mil $ 10.000 a orden del N&J S.R.L en concepto de garantía, por el plazo del mandato y hasta la aprobación de su gestión.Cláusulas TransitoriasDomicilio - Designación de Gerente:
El domicilio: se establecerá en la cuidad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, fijándose en forma transitoria domicilio en la calle Fray Mamerto Esquiu N 1102.

Gerente: Se designa como gerente a la Srta.
Giménez Ferrer María Eugenia D.N.I. 95.024.685
Se hace saber que las oposiciones deberán deducirse en un plazo de 10 diez días a partir de la publicación del edicto.Cipolletti, 16 de Marzo de 2018.Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de Personas Jurídicas Cipolletti.oOo LA ANDINA
S.R.L.
El Dr. Matías Raúl Aciar, Inspector Regional de Personas Jurídicas Bariloche, sito en la calle Pasaje Juramento 163 Planta Baja B de la ciudad de S.
C. de Bariloche, titular del Registro Público de Comercio de la IIIra. Circunscripción de la Pcia. de Río Negro, ordena de acuerdo con los términos del Art. 10 y modificatorias de la ley 19550, la publicación en el Boletín Oficial, por un 1 día, la Cesión de Cuotas Sociales. Modificación del Contrato Social, Fija Domicilio Social y Designación de Socio Gerente de la sociedad denominada La Andina S.R.L.
Cesión de Cuotas Sociales:
El 02 de febrero de 2018, los señores Horacio Martín López, DNI 12.679.999 y Mariano Máximo López DNI 23.299.362, socios de La Andina S.R.L., venden, ceden y transfieren la cantidad de un mil doscientas 1200 cuotas sociales valor nominal pesos diez $ 10,00 cada una, que representan el cien por ciento del total del capital suscripto o sea la suma de Pesos Doce mil $ 12.000,00, de la referida sociedad, que se halla totalmente suscripta e integrada, a los señores Juan Carlos Ordoñez, DNI 6.056.347, Ariel Luis Ordoñez, DNI
18.297.380 y Daniel Felipe Víctor Van Oost DNI
16.160.083. La presente Cesión se realiza en la suma total y convenida de Pesos Diez Millones Doscientos Mil $ 10.200.000,00. Como consecuencia de las presentes cesiones de cuotas, el capital social, de La Andina S.R.L. queda conformado de la siguiente manera Capital Social de pesos doce mil $ 12.000.00, dividido en un mil doscientas 1200 cuotas sociales valor nominal pesos diez $ 10,00 cada una que representan el 100 % del capital suscripto de la entidad La Andina S.R.L.-. La distribución queda compuesta:
para el Socio Juan Carlos Ordoñez, 400 cuotas sociales de Valor Nominal: $ 10 cada una $ 4.000
pesos cuatro mil, el 33,333% y para el Socio Ariel Luis Ordoñez, 400 cuotas sociales de Valor Nominal: $ 10 cada una $ 4.000 pesos cuatro mil, el 33,333% y para el Socio Daniel Felipe Víctor Van Oost, 400 cuotas sociales de Valor Nominal: $ 10 cada una $ 4.000 pesos cuatro mil, el 33,333 %.
Modificación del Contrato Social: El 02 de febrero de 2018 los socios de La Andina S.R.L.
resuelven por unanimidad, proceder a la modificación del Contrato Social. En consecuencia las cláusulas Primera, Quinta y Sexta del Contrato Social quedan redactadas de la siguiente manera:
Primera: La Sociedad se denomina La Andina S.R.L. y tiene su domicilio legal en la jurisdicción de San Carlos de Bariloche, pudiendo asimismo, por resolución de los socios establecer sucursales, locales de venta, depósitos, representaciones, u oficinas en cualquier parte del país o del extranjero, asignándoles o no capital para su giro comercial..
Quinta:
La administración, dirección, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de la gerencia compuesta por uno o más socios, gozando del uso de la firma social en forma indistinta, conjunta, alternada o separadamente y usarán su firma previo estampado de la
Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5655.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/03/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha26/03/2018

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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