Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/06/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 08 de Junio de 2017

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BOLETIN OFICIAL N 5570

DECRETO Nº 571
Viedma, 26 de mayo de 2017.
Visto, el Expte. N 20.017-SSH-17 del registro del Ministerio de Economía, la Ley Provincial Q N 4818, la Ley Provincial N 5027, los Decretos Provinciales N 9/2015, N 977/2015 y N 978/2015 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Art. 3 de la Ley Provincial N 5027 se modifica el Art. 6 de la Ley Provincial Q N 4818 que versa sobre el destino y distribución de los fondos provenientes de la renegociación de Concesiones de Explotación de Áreas Hidrocarburíferas Rionegrinas;
Que en el cuarto párrafo del Art. 3 de la Ley N 5027 se establece que se distribuirá por única vez entre la totalidad de los Municipios y Comisiones de Fomento una suma equivalente al 7% del total del Bono Fijo, de acuerdo a los índices de coparticipación, y otro 7% se distribuirá entre los municipios productores de petróleo, de acuerdo al índice de distribución de regalía de la Ley Provincial N N 1946;
Que el apartado séptimo del citado artículo, establece que los fondos que los Municipios perciban como resultado de la renegociación de concesiones hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos, equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes;
Que con fecha 4 de junio de 2015 se celebraron nuevos acuerdos de renegociación petrolera entre la Provincia de Río Negro y las empresas concesionarias, Petroleos Sudamericanos S.A., y Necón S.A. por una parte y Petrolífera Petroleum Limited Sucursal Argentina por otra parte, ratificados por Decreto N 977 y 978 del año 2015 respectivamente;
Que por aplicación de la Ley Provincial N 4818 y modificatoria, según certificación de fojas 36, le corresponde a la Municipalidad de Campo Grande, la suma total de pesos novecientos trece mil doscientos quince con 73/100
$ 913.215,73;
Que con fecha 4 de noviembre de 2016 se reunió la Comisión Evaluadora de Proyectos, establecida por la Ley Provincial N 5027, aprobando el proyecto presentado por la Municipalidad de Campo Grande y expresando como monto a percibir pesos novecientos trece mil doscientos quince con 73/100 $ 913.215,73;
Que con fecha 28 de marzo de 2017, se suscribió el Convenio entre el Gobierno de la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de Campo Grande, representada por el Intendente, Sr. Pedro Cristián Dantas, a efectos de transferir la suma de pesos novecientos trece mil doscientos quince con 73/
100 $ 913.215,73, destinado a la ejecución del proyecto de inversión que forma parte del Anexo I del Convenio mencionado y que será ratificado en el presente Decreto;
Que han tomado debida intervención Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 01768-17;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181
Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Ratifíquese el Acuerdo suscripto entre la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de Campo Grande, el que como Anexo forma parte del presente Decreto.Art. 2º - Apruébese el gasto y páguese por Tesorería General de la Provincia a la Municipalidad de Campo Grande Cuit. N 30-67273773-3, la suma de pesos novecientos trece mil doscientos quince con 73/100 $ 913.215,73.
Art. 3º - Comprométase y Ordénese con cargo a la Entidad 38, Programa 80, Actividad 01, Partida 581, Remanente 34666.Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía.Art. 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- I. Kremer.

Convenio Art. 6 Ley Q N 4818 modificada por Ley N 5027
y Anexo I Decreto Nº 09/2015
En la ciudad de Viedma, a los 28 días del mes de marzo del año 2017, se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Sr. Gobernador, Dn. Alberto Edgardo Weretilneck, en adelante LA
PROVINCIA; por la otra el Municipio de Campo Grande, en adelante EL
MUNICIPIO, representado por el Sr. Pedro Cristian Dantas, Intendente Municipal, quienes suscriben el presente Convenio de conformidad a los antecedentes y pautas que seguidamente se expresan:
Que con fecha 20 de diciembre de 2012, la Legislatura de la Provincia de Río Negro sancionó la Ley Q N 4818, publicada en el Boletín Oficial N
5108, la que estableció las bases y condiciones para la renegociación de concesiones Hidrocarburíferas de la Provincia.

Que la misma, facultó al Poder Ejecutivo para que, a través de la Secretaría de Estado de Energía, renegocie las concesiones hidrocarburíferas correspondientes a las empresas inscriptas en el Registro Provincial de Renegociaciones de Áreas Hidrocarburíferas.
Que en dicho marco, se suscribieron acuerdos con las empresas Petróleos Sudamericanos S.A., Necón S.A. y Petrolífera Petroleum Limited Sucursal Argentina.
Que el Art. 6 de la norma, modificado por Ley N 5027, estableció en el apartado séptimo, que los fondos que los municipios perciban como resultado de los contratos que se suscriban en el marco de los procesos de renegociación de concesiones hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar, en el ámbito municipal, proyectos productivos, equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes.
Que la Municipalidad de Campo Grande procedió a presentar proyecto de inversión ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, expidiéndose la Comisión Especial Ley Q N 4818 de manera favorable al mismo.
Que se encuentra debidamente certificado que la Municipalidad de Campo Grande no registra rendiciones pendientes con el Estado Provincial.
Que se ha dado cumplimiento a la publicación del proyecto de inversión conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto N 09/2015.
Por lo expuesto, las partes ACUERDAN:
Artículo 1º - En el marco de las Leyes provinciales Q N 4818 y su modificatoria Ley N 5027, LA PROVINCIA se compromete a transferir a la MUNICIPALIDAD de Campo Grande la suma de pesos novecientos trece mil doscientos quince, con 73/100 $ 913.215,73, para la ejecución del proyecto de inversión cuyo detalle consta como Anexo I del presente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N 09/2015.
Art. 2º - La transferencia se cancelará en los términos y modalidad establecidos en el Art. 6 de la Ley Q N 4818 modificado por la Ley N
5027.
Art. 3º - Cumplido el proyecto de inversión descripto en el Anexo I del presente, la MUNICIPALIDAD de Campo Grande se obliga a remitir, en el plazo de treinta días, a la Comisión Especial Ley Q N 4818, Certificación del Tribunal de Cuentas Municipal con detalle de la utilización e inversión de los fondos, conforme lo establecido en el Decreto N 09/2015.
Art. 4º - La MUNICIPALIDAD de Campo Grande declara bajo juramento que posee plenas facultades para obligarse a la totalidad de lo acordado en virtud del presente acuerdo.
En prueba de conformidad se firma el presente ejemplar a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente.

Anexo I - Convenio CAMPO GRANDE
Proyecto de Inversión: Equipamiento. Compra de barredora aspiradora de calle, marca Scorza, modelo AS 5000.
Total Inversión: $ 1.286.220,00
Monto a Transferir: $ 913.215,73
Se le recuerda que cuando el monto de inversión supera al transferido, el Municipio se deberá hacer cargo de la diferencia.
La Comisión.
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DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 2026.- 02-12-2016.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Un Millón Quinientos Mil $ 1.500.000,00, a favor de La Reginense Cooperativa Vitivinícola, Frutícola y Hortícola Colonia Regina Limitada de la localidad de Villa Regina inscripción Servicio Nacional de Cooperativas, Matrícula N 191 inscripta folio 188 tomo l legajo N 31, destinado a solventar los gastos que demande la compra de maquinaria e insumos.- Expte. Nº 045.819-G2016.
DECRETO Nº 250.- 16-03-2017.- Otorgar un aporte no reintegrable a favor de la Sociedad Rural de Guardia Mitre CUIT Nº 30-67287196-0, por la suma de Pesos Un Millón $ 1.000.000,00, con el objeto de asistir a los productores afectados por los incendios suscitados en la Provincia de Río Negro y destinado a la logística, acondicionamiento de instalaciones y máquinas existentes para la recepción y entrega de granos, pasto, poste y varillas, la instalación y reparación de repetidora de VHF, compra de tres silos comederos para ser localizados en la sociedad rural y la reparación y reconstrucción de alambrado.- Expte. Nº 10.579-SAF2017.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/06/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha08/06/2017

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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