Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/11/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 2 de Noviembre de 2015

Nº 5403

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 32 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 32

DECRETOS

DECRETO Nº 1673
Viedma, 15 de octubre de 2015.
Visto, el Expte. Nº 142995-G-2015, del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente, se tramita la ratificación del Convenio, que como Anexo forma parte del presente, celebrado el día 5 de junio del año 2015, entre el Gobierno de la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro, Dn. Alberto Edgardo Weretilneck, con domicilio en calle Laprida Nº 212, de la ciudad de Viedma, la Fundación Cultural Patagónica, representada por el Sr. Presidente de la misma, Dn. Norberto Mario Rajneri, con domicilio en la calle Rivadavia Nº 2263, de la ciudad de Gral. Roca, y el Instituto Universitario Patagónico de Artes IUPA, representado por el Sr. Rector de la mencionada institución, Lic. Norberto Blanes, con el mismo domicilio que la Fundación Cultural Patagónica mencionada, sito en la calle Rivadavia Nº 2263, de la ciudad de General Roca;
Que el mentado Convenio tiene como objetivo el interés del Poder Ejecutivo Provincial de contribuir al desarrollo artístico y cultural, comprometiéndose a otorgar a la Fundación Cultural Patagónica un aporte no reintegrable por la suma de pesos catorce millones $ 14.000.000, destinado a la construcción de una ampliación en el sector aulas y sanitarios del edificio correspondiente al Instituto Universitario Patagónico de Artes IUPA, cuyo proyecto de ejecución obra como Anexo del presente;
Que a fojas 98/99 obra Contrato de Comodato celebrado en fecha 1 del mes de diciembre de 2010, entre la Fundación Cultural Patagónica Comodante y el Instituto Universitario Patagónico de Artes IUPA Comodatario, mediante el cual, el comodante entrega un sector del edificio cuyo ingreso principal está ubicado en la calle Rivadavia Nº 2263, de la ciudad de General Roca, y el comodatario recibe el mismo en perfecto estado de uso y conservación, siendo el destino de la unidad objeto del presente, para uso exclusivo del Instituto Universitario Patagónico de las Artes IUPA ex INSA, estándole expresamente prohibido al comodatario modificar su destino, la sublocación, la modificación constructiva, la transferencia del presente contrato por cualquier título y/o realización de cualquier otra actividad que desnaturalice el expreso destino acordado, para el cual fue construido por la Fundación Cultural Patagónica;
Que resulta oportuno ratificar el presente Convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo, la Fundación Cultural Patagónica y el Instituto Universitario Patagónico de Artes;
Que el presente se encuadra en lo dispuesto por el Art. 3º del Decreto Nº 134/10, modificado por Decreto Nº 229/13;

Que corresponde comprometer y ordenar el gasto, de conformidad a lo establecido en los Arts.
30 y 31 de la Ley H Nº 3186;
Que el presente trámite se financiará con fondos de la renegociación de concesiones hidrocarburíferas, conforme Ley Provincial Nº 4818;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado, mediante Vista Nº 0545515;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1º de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Ratifícase en todos sus términos, el Convenio celebrado el día 5 de junio del año 2015, entre el Poder Ejecutivo, la Fundación Cultural Patagónica y el Instituto Universitario Patagónico de las Artes, que como Anexo forma parte del presente.
Art. 2º - Otórgase a la Fundación Cultural Patagónica Personería Jurídica otorgada mediante Decreto Nº 1012/1991, Cuit Nº 30-67278204-6, un aporte no reintegrable por la suma de pesos catorce millones $ 14.000.000, destinado a la construcción de una ampliación en el sector aulas y sanitarios del edificios existente de la mencionada institución, según descripción de proyectos y planos integrativos del Convenio indicado en el artículo anterior.
Art. 3º - El monto total asignado deberá ser girado a la orden de la Fundación Cultural Patagónica, de la localidd de General Roca, siendo el Presidente de la Institución, Sr. Norberto Mario Rajneri, Cuil Nº 20-12680347-9, responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 134/
10, modificado por Decreto Nº 229/13.
Art. 4º - El presente gasto será imputado a la Jurisdicción 17, Programa 01, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 51, Financiamiento 10, por catorce millones de pesos $ 14.000.000.
Art. 5º - Instruir a los Sres. Ministros de Economía y Obras y Servicios Públicos, a efectivizar el mencionado aporte, por intermedio del Río Negro Fiduciaria S.A., a través del Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura Rionegrino F.F.D.I.R..
Art. 6º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 7º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- L. Di Giácomo.

CONVENIO
En la ciudad de General Roca, entre la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Gobernador, Sr. Alberto Weretilneck, por una parte, con domicilio en Laprida Nº 212, de la ciudad de Viedma,
en adelante LA PROVINCIA, y por la otra la Fundación Cultural Patagonia, representada por su Presidente, Norberto Mario Rajneri, DNI. Nº 12.680.347, en adelante LA FUNDACIÓN, y el Instituto Universitario Patagónico de Artes IUPA, representado por su Rector, Lic. Norberto Blanes, DNI. Nº 14.982.254, en adelante EL
INSTITUTO, con domicilio en Rivadavia 2263, de la localidad de General Roca, y todos en conjunto como las partes, CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 3283 se creó EL
INSTITUTO, con la finalidad de brindar formación superior de carácter universitario en las distintas ramas del arte, y en cumplimiento de esos fines brinda una importante, excelente e integral formación docente.
Que la Fundación Cultural Patagonia, entidad civil sin fines de lucro, goza de una extensa trayectoria en el sostenimiento y colabortación de proyectos que persigan la expansión de la actividad cultural y la formación en el ámbito artístico.
Que ambas entidades persiguen objetivos vinculados al desarrollo artístico y cultural, trabajando en una estrecha y positiva relación, integrando ambos la Ciudad de las Artes.
Que es interés del Poder Ejecutivo contribuir a ese desarrollo mediante un aporte que permita realizar la construcción de una ampliación en el sector aulas y sanitarios del edificio existente.
Que en virtud de lo expuesto, las Partes firman el presente Convenio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
Convenio Primera: LA PROVINCIA se compromete a otorgar a LA FUNDACIÓN un aporte no reintegrable por la suma de pesos catorce millones cien $ 14.000.100, destinado exclusivamente a la ejecución y concreción de la obra referida en la Cláusula Segunda, y en beneficio de EL
INSTITUTO.
Segunda: La obra consiste en la construcción de diez 10 aulas, un 01 aula para danzas, un 01 aula mayor, hall de acceso y circulación y sanitarios para ambos sexos, con una superficie total de ochocientos noventa metros cuadrados 890 m, que será realizada de acuerdo al proyecto que como Anexo I se integra al presente.
Tercera: A todos los efectos legales del presente Contrato, las partes constituyen sus domicilios legales en los arriba indicados, donde se tendrán por válidas y eficaces todas las notificaciones, y se someten a la jurisdicción y competencia de la justicia ordinaria de la ciudad de Viedma, con expresa renuncia a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponderles. En el lugar indicado en el encabezamiento, a los 5 días del mes de junio de 2015, se suscriben cuatro 4 ejemplares de idéntico tenor y efecto, retirando cada parte el suyo, y dejando el restante para el expediente en trámite.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/11/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha02/11/2015

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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