Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/01/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Enero de 2009
DECRETO Nº 1425.- 23-12-08.- Ratificando el Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria del Doctor Néctar Fernando ARIAS
D.N.I. N 11.607.287, agente del Poder Ejecutivo, Ministerio de Salud - al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el "Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo", Decreto N 105/98, a partir del 1 de Agosto 2.008 y hasta el 31 de Julio de 2.009. Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasará a prestar servicios en el lugar de destino, no pudiéndose modificar su situación, sin previa comunicación a dicho organismo.DECRETO Nº 1451.- 30-12-08.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de PESOS DIEZ MIL $
10.000,00, a favor de la Municipalidad de Chinmpay C.U.I.T. N 30-67253504-9, destinado a solventar gastos en la organización de la Fiesta de la Cereza llevada a cabo los días 14, 15 y 16 de Noviembre del corriente año. La rendición de gasto del aporte no reintegrable aprobado por el Artículo 1 del presente Decreto estará a cargo del Intendente Municipal. Señor Héctor Hugo FUNES D.N.L N
13.332.273 y/o quien eventualmente lo reemplace, conforme lo establecido por el Decreto N 194/76.
Expte. Nº 116.922-T-08.DECRETO Nº 1452.- 30-12-08.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de PESOS DIEZ MIL $
10.000,00, a favor de la Municipalidad de El Bolsón C.U.I.T. N 30-67294266-3. destinado a solventar parte de los gastos que demandará la Temporada Estival 2.008/2.009 a través de la contratación de "Informantes Turísticos. que brindarán sus servicios en la localidad de El Bolsón y la zona. La rendición del gasto del aporte no reintegrable aprobado por el Artículo 1 del presente Decreto estará a cargo del Intendente Municipal. Don Oscar José ROMERA D.N.I. N 7.871.214 y/o de la Tesorera Contadora Mónica Leticia COMINETTI
D.N.I. N 13.884.308 y/o quienes eventualmente los reemplacen, conforme lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 116.965-T-08.-

BOLETIN OFICIAL N 4690
DECRETO Nº 1453.- 30-12-08.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de PESOS DIEZ MIL $
10.000,00, a favor de la Municipalidad de El Bolsón C.U.I.T. N 30-67294266-3, destinado a solventar parte de los gastos que demandará la Temporada Estival 2.008/2.009 a través de la contratación de "Informantes Turísticos" que brindarán sus servicios en la localidad de El Bolsón y la zona. La rendición del gasto del aporte no reintegrable aprobado por el Artículo 1 del presente Decreto estará a cargo del Intendente Municipal, Don Oscar José ROMERA D.N.I. N 7.871.214 y/o de la Tesorera Contadora Mónica Leticia COMINETTI
D.N.I. N 13.884.308 y/o quienes eventualmente los reemplacen, conforme lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 116.917-T-08.DECRETO Nº 1454.- 30-12-08.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de PESOS VEINTE MIL
$ 20.000,00, a favor de la Municipalidad de Viedma C.U.I.T. N 30-63901056-9, destinados a solventar los gastos originados por la asignación de recursos humanos y materiales para la promoción y difusión turística del Balneario La Lobería. La rendición de gasto del aporte no reintegrable aprobado por el Artículo 1 del presente Decreto estará a cargo del Intendente Municipal, Doctor Jorge Carlos FERREIRA D.N.I. N 11.499.488 y/o del señor José Luis FOULKES D.N.I. N 13.012.343 y/o quienes eventualmente los reemplacen, conforme lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 116.044-T-08.DECRETO Nº 1484.- 31-12-08.- Creando una vacante en el Agrupamiento Profesional Categoría 09 de Ley L N 1.844 - suprimiéndose la que actualmente ocupa la Agente Sandra Viviana MUÑOZ D.N.I.
N 25.748.778, Legajo N 47.517/3 - Programa 45.01.00.00.05. Reubicar a la mencionada Agente a partir de la fecha del presente Decreto, en la vacante creada en el Artículo precedente conforme lo dispuesto en el Anexo II - Capítulo VI - Artículo 14 y 15 de la Ley L N 1.844. Expte. Nº 138.885-DPND-08.
DECRETO Nº 1485.- 31-12-08.- Creando una vacante en el Agrupamiento Profesional Categoría 09 de Ley L N 1.844 - suprimiéndose la que actualmente ocupa la Agente Maria Alejandra CARMONA

13
D.N.I. N 24.762.339, Legajo N 44.606/8 - Programa 45.01.00.00.05. Reubicar a la mencionada Agente a partir de la fecha del presente Decreto, en la vacante creada en el Artículo precedente conforme lo dispuesto en el Anexo II - Capítulo VI - Art. 14 y 15 - de la Ley L N 1.844. Expte. Nº 138.884-DPND-08.
DECRETO Nº 1486.- 31-12-08.- Creando una vacante en el Agrupamiento Profesional Categoría 09 de Ley L N 1.844 - suprimiéndose la que actualmente ocupa la Agente Marcela Andrea CARRASCO
D.N.I. N 24.449.123, Legajo N 44.627/0 - Programa 45.01.00.00.05. Reubicar a la mencionada Agente a partir de la fecha del presente Decreto, en la vacante creada en el Artículo precedente conforme lo dispuesto en el Anexo II - Capítulo VI - Artículo 14
y 15 de la Ley L N 1.844. Expte. Nº 138.881-DPND08.DECRETO Nº 1487.- 31-12-08.- Creando una vacante en el Agrupamiento Profesional Categoría 09 de la Ley L N 1.844 - suprimiéndose la vacante que actualmente ocupa el Agente Luis Antonio ÑANCULEO D.N.I. N 23.069.977, Legajo N
20.798/5-Programa 45.02.00.00.03. Reubicar al mencionado Agente a partir de la fecha del presente Decreto, en la vacante creada en el Artículo precedente conforme lo dispuesto en el Anexo II, Capítulo VI - Artículos 14 y 15 y Capítulo XII, Artículo 35 de la Ley L N 1.844. Expte. Nº 137.633DPND-08.DECRETO Nº 1491.- 31-12-08.- Otorgado un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS DOS MIL
$ 2.000,00, a favor de la asociación civil denominada Asociación Civil Los Carasucias de la ciudad de Viedma CUIT N 30-71019223-1, destinado a solventar los gastos que demanda el funcionamiento de dicha Asociación, de acuerdo con el visto y considerando del presente Decreto.
El monto total asignado deberá ser girado a la orden del Presidente de la asociación civil denominada Asociación Civil Los Carasucias de la ciudad de Viedma Señor DURAN, Jorge Eduardo CUIL N
20-17464709-8, siendo responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76.
Expte. Nº 101.222-SPDS-08.-

oOo
RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 1928
Viedma, 19 de diciembre de 2008.
Visto: el Expediente N 119721-ALT-08, del registro del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto contienen copia certificada del Expediente Administrativo N 122544-DEP-08 por el que tramitó la obra pública Programa de ampliación, refacción y construcción de edificios públicos: intervención vivienda oficial, Ministro de H., O. y S. P. en Viedma destinada a la construcción de la vereda y garita en la vivienda oficial sita en San Luis y Rivadavia de la ciudad de Viedma, cuyo original se encuentra en la Fiscalía de Investigaciones Administrativas;
Que del análisis de la documentación aportada surge que por Resolución N 331/08 del Secretario de Obras y Servicios Públicos fojas 64/65 se aprobó la documentación técnica para la ejecución de dicha obra y el presupuesto oficial, autorizando el llamado a Concurso de Precios;
Que invitadas las Empresas AMM. S.A., Recoba S.A. y Abraham Construcciones, el 04-07-08 se realiza la Apertura de Ofertas, cuya Acta obra a fojas 155/156;
Que presentadas las propuestas el Secretario de Obras y Servicios Públicos mediante Resolución N 345/08 fojas 157 designa una Comisión de Preadjudicación que mediante Acta de fojas 158/159 considera como oferta más conveniente la de la firma Recoba S.A., aconsejando la adjudicación definitiva a tal empresa por pesos Noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y tres $
94.883,00;

Que previa reserva interna de los créditos a fojas 161 se proyecta Resolución de Secretaría destinada a aprobar el concurso adjudicando a Recoba S.A. con proyecto de contrato destinado a regular los derechos y obligaciones entre las partes fojas 166/167, remitido al servicio legal del Ministerio con fecha 10-07-08
para intervención;
Que con motivo de la publicación del diario Río Negro de fecha 08-07-08
cuestionando la obra que se ejecutaba en la esquina de las calles San Luis y Rivadavia de la ciudad de Viedma, se remiten en forma inmediata las actuaciones a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas para que en el marco de su competencia tome conocimiento e intervención;
Que dicho organismo, mediante Oficio Nº 357/08 solicitó la remisión de las actuaciones y del contrato con la firma Recoba SA, e informar sobre las certificaciones, adelantos y/o pagos a favor de dicha firma;
Que de acuerdo a lo comunicado a fojas 171 por la Subsecretaría de Obras Públicas, respecto a dicha obra, no se han librado certificaciones y/o anticipos y/
o adelantos, ni tampoco pago alguno, no existiendo contrato firmado ni acta de inicio, por lo que no se ha visto perjudicado económicamente el erario provincial;
Que el trámite administrativo para la construcción de la obra, por el monto involucrado, estaba dentro de la competencia del Secretario de Obras y Servicios Públicos y debía ser aprobada de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. 21
de la Ley J N 286, su Decreto Reglamentario y el Decreto N 189/04 para el gasto;
Que en mérito a los elementos fácticos y de derecho obrantes en las actuaciones del Expediente N 122544-DEP-2008 y ante la posible comisión de irregularidades;
es decisión del Sr. Ministro de Hacienda como Superior jerárquico, avocarse al conocimiento y decisión del referido trámite cuya Resolución se encontraba bajo competencia del Secretario de Obras y Servicios Públicos;
Que la Procuración del Tesoro de la Nación ha dicho que el instituto de la avocación, se da cuando un órgano determinado, por un acto administrativo propio y fundándose en razones de orden jerárquico y de oportunidad, ejerce una competencia que materialmente coincide con la de un órgano inferior, sobre la base de que tal competencia del inferior está contenida en la del superior. Dictamen 232:174 y sus citas 222:144 y 226:161;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/01/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha15/01/2009

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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