Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/05/2008

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

2

BOLETIN OFICIAL N 4618

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial y Artículo 3 del Decreto Ley N 3/07.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Autorízase a la Empresa YPF S.A., en su carácter de titular de la Concesión de Explotación sobre el Area Rinconada - Puesto Morales a ceder el total de su participación, equivalente al cincuenta por ciento 50% del total de los derechos, intereses y obligaciones sobre el total de la Concesión, a favor de Ingeniería Alpa S.A., veinticinco por ciento 25% y Connacher Oil & Gas Limited, Sucursal Argentina veinticinco por ciento 25%.Art. 2.- En el supuesto de perfeccionarse la cesión que se autoriza por el Art.
1 del presente Decreto autorízase a la Empresa Ingeniería Alpa S.A., en su carácter de titular parcial de la Concesión de Explotación sobre el Area Rinconada - Puesto Morales a ceder el total de su participación, equivalente al cincuenta por ciento 50% del total de los derechos, intereses y obligaciones sobre el total de la Concesión de Explotación, a favor de Connacher Oil & Gas Limited Sucursal Argentina.Art. 3.- En el supuesto de perfeccionarse las cesiones que se autorizan por los Artículos 1 y 2 del presente Decreto autorízase a la Empresa Connacher Oil &
Gas Limited Sucursal Argentina, en su carácter de titular de la Concesión de Explotación sobre el Area Rinconada - Puesto Morales a ceder el total de su participación, equivalente al CIEN POR CIENTO 100% del total de los derechos, intereses y obligaciones sobre el total de la Concesión de Explotación, a favor de Petrolífera Petroleum Limited Sucursal Argentina.Art. 4.- Las autorizaciones que se otorgan en los artículos precedentes, tendrán una validez de sesenta 60 días hábiles, contados a partir de la fecha en que la Autoridad de Aplicación emita el certificado de libre deuda que prevé el Artículo 74 de la Ley de Hidrocarburos N 17.319, el cual deberá ser solicitado dentro de los cinco 5 días hábiles desde la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial.Art. 5.- Las empresas cedentes y las empresas cesionarias involucradas en las cesiones autorizadas en el presente Decreto, deberán presentar a la Autoridad de Aplicación las escrituras definitivas de las cesiones, a los fines de la efectiva vigencia de la misma dentro de los sesenta 60 días hábiles de otorgado el certificado de libre deuda que prevé el Artículo 74 de la Ley de Hidrocarburos N
17.319.Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Producción.Art. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- J. M. Accatino.
oOo DECRETO Nº 1395
Viedma, 7 de diciembre de 2007.
Visto, el Expte. N 12.405-DGH-2007, del registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Provincial N 126/07 del 28 de febrero de 2007 la Empresa Interenergy Argentina Sociedad Anónima adjudica un Permiso de Exploración y Eventual Explotación, Desarrollo, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos en la Provincia de Río Negro respecto del Area Loma de Kauffman, en el marco del Concurso Nacional e Internacional para Areas Hidrocarburíferas Provinciales 01/
06;
Que por los Decretos Provinciales N 559/07 y N 560/07 del 17 de mayo de 2007 la Empresa Interenergy Argentina Sociedad Anónima adjudica un Permiso de Exploración y Eventual Explotación, Desarrollo, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos en la Provincia de Río Negro respecto de las Areas Villa Regina y Lago Pellegrini, en el marco del Concurso Nacional e Internacional para Areas Hidrocarburíferas Provinciales 02/06;
Que las Empresas Interenergy Argentina Sociedad Anónima y Capex Sociedad Anónima efectúan una presentación ante la Dirección General de Hidrocarburos mediante la cual solicitan autorización para la Cesión de Derechos y Obligaciones emergentes de los Permisos de Exploración, conforme el Artículo 9 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales y Particulares;
Que adjuntan a la presentación la documentación exigida en el Artículo 72 y concordantes de la Ley N 17.319 Ley Federal de Hidrocarburos;
Que la Empresa Capex Sociedad Anónima que resulta cesionaria reúne las condiciones requeridas por la Ley N 17.319 para ser titular de los Permisos de Exploración;
Que conforme lo anterior las firmas cedentes y las cesionarias han presentado ante la Autoridad de Aplicación Provincial el pedido de autorización, acompañando las correspondientes Minutas de Escritura Pública de Cesión;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Ingresos Públicos informando que la cesionaria cuenta con capacidad económica financiera para ser titular de un Permiso de Exploración;

Viedma, 08 de Mayo de 2008

Que la Constitución Nacional reconoce a las provincias el dominio originario de sus recursos naturales, entre los que se encuentran los hidrocarburos;
Que la Constitución Provincial en su Artículo 70 establece que corresponde a la Provincia la propiedad originaria de los recursos naturales existentes en el territorio, su subsuelo, espacio aéreo y mar adyacente a sus costas y en su Art. 79
específicamente establece que los yacimientos de gas, petróleo y de minerales nucleares existentes en el territorio provincial y en la plataforma marítima son bienes del dominio público provincial;
Que lo dispuesto en nuestra Carta Magna ha quedado afianzado en la práctica a partir de la sanción de la Ley N 26.197, concordante con la Ley N 24.145 y el Decreto Nacional N 546/2003, por los cuales han quedado transferidos de pleno derecho a las provincias todos los permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos, así como cualquier otro tipo de contrato de exploración y/o explotación de hidrocarburos otorgado o aprobado por el Estado nacional en uso de sus facultades, sin que ello afecte los derechos y las obligaciones contraídas por sus titulares;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Producción, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 04694/7;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo N 181 de la Constitución Provincial y Artículo 3 del Decreto Ley N 3/
07.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Autorízase a la Empresa Interenergy Argentina Sociedad Anónima, en su carácter de titular de los Permisos de Exploración sobre las Areas Loma de Kauffman, Lago Pellegrini y Villa Regina a ceder el total de sus derechos y obligaciones emergentes de dichos Permisos a favor de la Empresa Capex Sociedad Anónima.Art. 2º - La autorización que se otorga en el artículo precedente, tendrá una validez de sesenta 60 días hábiles, contados a partir de la fecha en que la Autoridad de Aplicación emita el certificado de libre deuda que prevé el Art. 74 de la Ley de Hidrocarburos Nº 17.319, el cual deberá ser solicitado dentro de los cinco 5 días hábiles desde la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial.Art. 3.- La Empresa Cedente y la Empresa Cesionaria involucradas en las cesiones autorizadas en el presente Decreto, deberán presentar a la Autoridad de Aplicación las escrituras definitivas de las cesiones, a los fines de la efectiva vigencia de la misma dentro de los sesenta 60 días hábiles de otorgado el certificado de libre deuda que prevé el Artículo 74 de la Ley de Hidrocarburos N
17.319.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Producción.Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- J. M. Accatino.
oOo DECRETO Nº 1396
Viedma, 7 de diciembre de 2007.
Visto, el Expte. N 135.741-DGH-2.006, del registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que por el presente tramita la asignación a favor de la Empresa de Desarrollo de Hidrocarburos Provincial Sociedad Anónima E.D.HI.P.S.A. de un área para ser sometida a trabajos de exploración y eventual explotación de hidrocarburos;
Que la asignación propiciada tiene como sustento normativo lo dispuesto por el Artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos N 17.319;
Que dicha norma jurídica signa a las Empresas Estatales como un elemento fundamental en la implementación de una correcta política hidrocarburífera y a tales fines faculta al Poder Ejecutivo Provincial a que discrecionalmente disponga la asignación de aquellas áreas que entienda estratégicamente convenientes;
Que bajo tales previsiones, la asignación de un área a favor de la Empresa de Desarrollo de Hidrocarburos Provincial Sociedad Anónima E.D.HI.P.S.A., que justamente detenta entre sus objetivos de creación la realización de trabajos de exploración y futura explotación conforme Artículo 4 de la Ley N 2.883, devine a todas luces como correcta, en tanto se le da participación directa a la Empresa Estatal en trabajos de producción hidrocarburíferos;
Que según el informe técnico de fojas 05/09 la zona a asignar detenta estadísticamente grandes posibilidades exploratorias, circunstancia que también se encuentra respaldada por la cantidad de iniciativas privadas que en los términos de la Ley N 3.484 presentaron las empresas del sector sobre el área a asignar;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y la Fiscalía de Estado de la Provincia mediante Vista N 04695-07;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 3 del Decreto Ley N 03/07 y Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/05/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha07/05/2008

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2008>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031