Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/07/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 14 de Julio del 2005

Nº 4323

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVI
EDICION DE 22 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

ANEXO I AL DECRETO N 619

PERSONAL TEMPORARIO
DECRETO Nº 619
Viedma, 16 de junio de 2005.Visto, el expediente N 20.650-SCA-DOyRH-04, del registro del Ministerio de Coordinación; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la aprobación del Contrato de Locación de Servicios del Señor Guillermo Ricardo ROST, DNI N 16.164.762, para cumplir con tareas administrativas en la Dirección de Administración de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Coordinación;
Que las tareas a desarrollar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública;
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido por el Anexo I, Capítulo IX de la Ley N 3.487;
Que se han cumplimentado los requisitos establecidos por el Artículo 16
del Anexo I del Decreto N 1774/98 y Artículo 16 de la Ley N 3238, para excepcionar esta contratación;
Que en el Acta N 06/2005, del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, en su punto 07, se autoriza la contratación por excepción;
Que han tomado debida intervención los órganos de control de la Provincia de Río Negro, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y la Fiscalía de Estado a fs. 37 vta.;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en la Ley N 3836 y el Artículo 181 inc. 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar a partir del 1 Marzo y hasta el 31 de Diciembre de 2005, el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Secretario de Coordinación, Señor José Luis NUÑEZ, D.N.I. N 11.856.133, CUIL
N 20-11856133-4 y el Señor Guillermo Ricardo ROST, D.N.I. N
16.164.762, el que como Anexo II forma parte del presente Decreto.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por el Señor Guillermo Ricardo ROST a partir del 1 de Marzo y hasta la firma del presente Decreto.Art. 3.- Establecer como remuneración mensual del contratado, el equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N
1844, Jurisdicción 14, Programa 01.00.00.02, Recurso 10, Rentas Generales, formando parte del presente como Anexo I el costeo ajustado a la misma para el período de la presente contratación.Art. 4.- Facultar al Servicio de Contabilidad competente a efectuar los reajustes correspondientes de acuerdo a los incrementos salariales que con carácter general disponga el Gobierno de la Provincia, para el personal del Agrupamiento citado.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Coordinación.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y Archivar.SAIZ.- C. A. Barbeito.-

PARTIDAS

Sr. Guillermo Ricardo ROST
RETRIBUCION AL CARGO
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO
CONTRIB. PATRON. JUBILACION
CONTRIB. OBRA SOCIAL
COMPLEMENTOS
VALES ALIMENTARIOS
CONTRIB. P/OTRAS O. SOCIALES
COMISIONES BANCARIAS
TOTAL

121
123
124
125
126
126
127
355

PERIODO 01-03-05
AL 31-12-05
$ 4.508,37
$ 450,84
$ 504,35
$ 272,76
$ 90,16
$ 901,63
$ 111,09
$ 17,82
$ 6.857,01

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Secretaría de Coordinación, dependiente del Ministerio de Coordinación, representado en este acto por el Señor José Luis NUÑEZ, D.N.I. N 11.856.133, CUIL N 20-11856133-4, con domicilio legal en calle Laprida N 212 de la Ciudad de Viedma, en adelante EL
CONTRATANTE, por una parte y el Señor Guillermo Ricardo ROST, D.N.I.
N 16.164.762, CUIL N 20-16164762-5, con domicilio en la calle Mayor Linares N 345, de la ciudad de Viedma, en adelante EL CONTRATADO, por la otra parte se conviene celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATANTE encomienda a EL CONTRATADO
tareas administrativas en la Dirección de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Coordinación.SEGUNDA: EL CONTRATADO percibirá como retribución de sus servicios el equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón de la Ley N 1844, de acuerdo a los montos establecidos por la Ley de remuneración en vigencia, previa certificación de sus servicios mensuales, percibiendo además las asignaciones de Zona Desfavorable, Sueldo Anual Complementario, Viáticos y toda otra compensación que hubiere, inclusive aumento de asignaciones y otros beneficios existentes o que se otorguen en carácter general a los agentes de Planta Permanente. Como así también a lo establecido en la Ley N 3487.TERCERA: EL CONTRATADO prestará servicios en el horario, forma y lugar que establezca EL CONTRATANTE.
CUARTA: EL CONTRATADO tiene derecho a las licencias instituidas en el capítulo IX de la Ley N 3487 en cuanto al Personal no permanente.
QUINTA: La retribución de EL CONTRATADO estará sujeta a los descuentos previsionales establecidos por las Leyes Previsionales vigentes y cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.SEXTA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones de la Ley N 3487 y supletoriamente a la Ley N 1844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia. Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este Organismo. EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL
CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.SEPTIMA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente, en cualquier momento sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. La rescisión se operará de pleno derecho con la comunicación fehaciente con treinta 30 días de anticipación.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/07/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha15/07/2005

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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