Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/11/2023 - 5º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCVII - Nº 221
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD
5
a SECCION
YACANTO
ORDENANZA MUNICIPAL Nº1031/2023.
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
SUMARIO
MUNICIPALIDAD YACANTO
Ordenanza Municipal Nº 1031/2023 Pag. 1
maria de la Salud, CAPS Enf. Eberto Torres, y que fueron oportunamente entregados al dispensario.
PROMULGADO POR DECRETO N75/2023.
VISTO El Proyecto de Ordenanza titulado Alta patrimonial de bienes recibidos en donación.
Y CONSIDERANDO
Que, la Administración municipal propone la ratificación del acta del consejo de administración de la Cooperativa de Obras y Servicios Publica Ltda. Villa Yacanto de Calamuchita, mediante la cual se da cuenta de bienes no registrables que se adquirieron con el importe retenido a los usuarios que voluntariamente hicieron sus aportes destinados al Centro de Atención Primaria de la Salud, CAPS Enf. Eberto Torres, y que fueron oportunamente entregados al dispensario.
Que las adquisiciones de esos muebles hoy integran el patrimonio municipal, fue consensuada con la Dirección del Área de Salud de acuerdo a la oportunidad, necesidad y conveniencia para el sistema de salud local;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
Sanciona con Fuerza de ORDENANZA ARTÍCULO 1º- RATIFÍQUESE el acta de donación del Consejo de Administración de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Ltda. De Villa Yacanto de Calamuchita, mediante la cual se da cuenta de bienes no registrables que se adquirieron con el importe retenido a los usuarios que voluntariamente hicieron sus aportes destinados al Centro de Atención Pri-
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ARTÍCULO 2º-ACEPTECE los bienes muebles descriptos en el Anexo I-Inventario de equipos, muebles y útiles adquiridos para el centro de atención primaria de la salud que se incorpora como parte integrante de la presente ordenanza municipal y dese el alta patrimonial municipal de los mismos.
ARTICULO 3- DISPÓNGASE lo necesario para que las Áreas Municipales correspondientes tomen debida cuenta de los alcances de la presente Ordenanza Municipal y procedan en consecuencia.
ARTICULO 4-DÉSE copia de la presente Ordenanza Municipal al Consejo de la administración de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Ltda. De Villa Yacanto de Calamuchita y, al Honorable Tribunal de Cuentas para conocimiento y efectos que estime corresponder.
ARTICULO 5-COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 09 de noviembre de 2023, Acta N25/2023.
Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulgada por Decreto Nº 75/2023.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pablo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas.
ANEXO
1 día - Nº 495745 - s/c - 22/11/2023 - BOE
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