Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/04/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 65
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Provincial para las elecciones de Gobernador, Legisladores y Tribunos de Cuentas de la Provincia, pudiendo también ser convocadas en la misma fecha dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial.
Que el Poder Ejecutivo de la Provincia mediante Decreto Nº 320/2023
de fecha 20 de marzo del corriente año ha fijado el día 25 de junio de 2023
para realizar las elecciones generales con el objeto de seleccionar Gobernador, Vicegobernador, Legisladores Provinciales y Miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Que teniendo en vista una política de optimización y racionalización de los recursos genuinos con que cuenta la administración municipal, este Departamento Ejecutivo estima que resulta oportuno y conveniente adherir a los términos del referido Decreto Nº 320/2023, y disponer que la elección municipal se realice en forma simultánea el día Domingo 25 de junio de 2023 - con la que se ha convocado en el ámbito provincial, evitando de esa forma - una innecesaria e inconveniente duplicidad de actos eleccionarios.
Que, a mayor abundamiento, cabe destacar que, a más del texto expreso del artículo 143 de la Ley Nº 8102 precitado, también resultan aplicables tanto la Ley Nº 15.262, su Decreto Reglamentario Nº 17265/59 cuanto el Código Electoral Provincial Ley Nº 9571, normas complementarias que permiten adherir a la fecha de convocatoria provincial y declarar la simultaneidad de ambas elecciones, a los fines de establecer la normativa aplicable.
Que, en el supuesto de simultaneidad de elecciones, como la que aquí se declara, es necesario señalar que solo corresponderá a la Junta Electoral Municipal entender la oficialización de la lista de candidatos a cargos electivos del municipio, distribución de las representaciones, proclamación de los electos y en toda otra cuestión que se suscite con relación a estos aspectos, debiendo ser ejercida las demás atribuciones por la justicia electoral provincial.
Que, sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo precedente, debe preverse la competencia de la Junta Electoral Municipal en la confección de los padrones electorales previstos del artículo 129 de la Ley 8102, es decir en el padrón de extranjeros, ya que los demás electores estarán incluidos en el padrón que proporcione la Justicia provincial.
Que de los artículos 9 Inciso Nº 1, 12, 39, 37 y concordantes de la citada Ley nº 8102 Orgánica Municipal, resulta que el Gobierno y Administración de nuestra Municipalidad estará a cargo de un Intendente Municipal, elegido por simple pluralidad de sufragios, y por un Concejo Deliberante compuesto por siete 7 miembros, elegidos directamente por el cuerpo electoral de los ciudadanos del este Municipio, considerando lo prescripto por las normas referidas.
Que por otra parte, el Municipio debe contar con un Tribunal de Cuentas, formado por tres 3 miembros elegidos en forma directa por el cuerpo electoral en época de renovación ordinaria de las autoridades municipales, correspondiendo dos 2 miembros al partido que obtenga mayor cantidad de votos y uno 1 al que le siga en el resultado de la elección, eligiéndose en el mismo acto - igual cantidad de suplentes, conforme a lo prescripto por el artículo 78 de la referidas Ley Orgánica Municipal.

Por todo lo expuesto y lo dispuesto por el articulo 49 inciso 4 de la Ley Nº 8102, sus modificatorias y concordantes, en ejercicio de sus atribuciones legales;

Viene de Pag. 1

MUNICIPALIDAD SARMIENTO
Ordenanza N 578/2022 Pag. 9
Ordenanza N.º 579/2022 Pag. 9
Ordenanza Nº 580/2022 Pag. 10
Ordenanza Nº: 581/2022 Pag. 10
Ordenanza N 582/2022 Pag. 10
MUNICIPALIDAD VILLA RUMIPAL
Decreto N 35-P-23 Pag. 11
COMUNA LAS PALMAS
Resolución Nº 06/2023 Pag. 12
COMUNA DE VILLA DE POCHO
Resolución Nº 10/2023 Pag. 13
COMUNA TALA CAÑADA
Resolución Nº 001 Pag. 14
COMUNA SAN JERÓNIMO
Resolución Nº 001 Pag.5
MUNICIPALIDAD EMBALSE
Notificación Pag. 17
Notificación Pag. 17
Notificación Pag. 17
Notificación Pag. 17

Art. 1 CONVOCASE al cuerpo electoral de la Localidad de Mina Clavero a los fines de seleccionar Intendente Municipal, siete 7 miembros titulares del Concejo Deliberante y siete 7 suplentes, así como tres 3
miembros titulares del Tribunal de Cuentas y tres 3 suplentes y, en consecuencia, FIJASE el día 25 junio de 2023 entre las 8 y 18 horaspara que tenga lugar la elección municipal.
Art. 2º ESTABLECESE que la elección de Intendente Municipal se regirá por el sistema previsto en el artículo 39 1 parte, concordante, y que la distribución y adjudicación de las bancas en el Concejo Deliberante se realizara de conformidad a lo prescripto en el artículo 137, concordantes, ambos de la Ley Nº 8102.
Art. 3º ESTABLECESE que la representación en el Tribunal de Cuentas Municipal será de dos 2 miembros por el partido que obtenga la mayor cantidad de votos y uno 1 por el que le siga en el resultado de las elecciones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78, concordantes, de la Ley Orgánica Municipal.
Art. 4º EXPRESASE la adhesión a los términos y contenido del Decreto Provincial Nº 320/2023, de fecha 20 de marzo de 2023 y, en consecuencia DECLARESE la simultaneidad de la elección municipal con la convocatoria efectuada por el Poder Ejecutivo para seleccionar Legisladores Provinciales, Gobernador, Vicegobernador y Miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia en los términos de las Ley Nº 9571, normas complementarias, modificatorias y concordantes que resulten aplicables.

EL INTENDENTE DE MINA CLAVERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A:

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Art. 5º COMUNIQUESE la adhesión formalizada en el artículo precedente del presente decreto al Ministerio de Gobierno de la Provincia.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/04/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha05/04/2023

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones1434

Primera edición31/07/2018

Ultima edición24/05/2024

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