Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/04/2023 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MARTES 4 DE ABRIL DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 64
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD

ALTA GRACIA

5

a SECCION

CONCURSO PÚBLICO 14/23
Decreto Nº 842/23 La Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios para el día 17 de abril de 2.023, a las 10:00 hs. en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15, con el objeto de la adquisición del material necesario para ejecución de red colectora de desages cloacales en calle Vicente López entre J.M de Rosas y Catamarca de barrio Liniers, en calle Av. Los Comechingones entre L.V. Córdoba y Los Espinillos de barrio Paravachasca y en calle Mendoza entre Salta e Ituzaingó e Ituzaingó entre Mendoza y Rivadavia de barrio Don Bosco de la ciudad de Alta Gracia. Valor del Pliego: $2.000,00 Pesos DOS MIL y se adquiere en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N 15, 1º piso, en el horario de 07:30 a 13:00 horas, hasta el día 13 de abril de 2.023. Presupuesto Oficial: $27.000.000,00
Pesos VEINTISIETE MILLONES IVA INCLUIDO. Presentación de ofertas:
podrán presentarse en días hábiles de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de Compras de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N 15, 1º piso y se recibirán hasta las 09:00 hs. del día 17 de abril de 2.023. Fecha de apertura de las propuestas: 17 de abril de 2.023, a las 10:00 hs., en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15. Oficialía Mayor Municipalidad de Alta Gracia 1 día - Nº 445781 - $ 2377 - 04/04/2023 - BOE

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD ALTA GRACIA
Concurso Público 14/23 Pag. 1
MUNICIPALIDAD BERROTARAN
Decreto Nº 30/2023 Pag. 1
MUNICIPALIDAD SAN FRANCISCO
Concurso Público De Precios Nº 1/2023 Pag. 3
MUNICIPALIDAD POZO DEL M OLLE
Ordenanza 1784 Pag. 3
Ordenanza 1783 Pag. 3
Ordenanza 1782 Pag. 4
Ordenanza N1781 Pag. 4
MUNICIPALIDAD LA CUMBRE
Decreto Nº 26 / 2023 Pag. 5
Decreto Nº 32 / 2023 Pag. 5
MUNICIPALIDAD VILLA TULUMBA
Decreto Nº12/2023 Pag. 6
MUNICIPALIDAD PIQUILLÍN
Decreto Nº 078-2023. Pag. 7
COMUNA VILLA ELISA
Resolución N 03/23 Pag. 8
MUNICIPALIDAD CAMILO ALDAO
Decreto N 44/2023 Pag. 9
MUNICIPALIDAD ACHIRAS
Decreto Nº 23/2023 Pag. 10
MUNICIPALIDAD ISLA VERDE
Decreto Nº 54/2023 Pag. 11

MUNICIPALIDAD

BERROTARAN

DECRETO Nº 30/2023
VISTO La Ley Nº 8102, sobre el Régimen De Municipios Y Comunas;
La Ley Provincial de Cupos Ley Nº 8901;

La ordenanza 03/2007 que aprueba el Régimen Electoral Municipal de la localidad de Berrotarán, sancionada con fecha 19 de febrero de 2007 por el Concejo Deliberante de la localidad de Berrotarán.
CONSIDERANDO
Que las actuales Autoridades Municipales finalizan su mandato el día 10 de Diciembre de 2023, Que conforme lo establece el Artículo 49 Inc. 4 de la Ley Orgánica Municipal 8102 y lo fijado por el Artículo 33 de la Ordenanza de Régimen Electoral Municipal 03/2007, es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal convocar a elecciones municipales.
Que atento a lo dispuesto por el art. 34 de la Ordenanza Nro. 03/2007
la convocatoria a elecciones ordinarias para la renovación de autoridades BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

MUNICIPALIDAD GUATIMOZIN
Decreto Nº05/2023 Pag. 12
MUNICIPALIDAD CHILIBROSTE
Decreto Municipal Nº 04 /2023 Pag. 13

Continúa en Pag. 2

municipales, debe realizarse con una antelación de sesenta 60 días corridos como mínimo de la fecha fijada para el acto eleccionario.
Que la Ley Orgánica Municipal establece que el Gobierno y Administración de los Municipios estarán a cargo de un Concejo Deliberante y un Departamento Ejecutivo, electos en forma directa por el Pueblo de los respectivos Municipios Artículo 9, Ley 8.102.
Que el Departamento Ejecutivo será desempeñado por el Intendente Municipal electo a simple pluralidad de sufragios. Que el candidato a Intendente lo es a la vez primer concejal en la lista que lo postula.
Que el Concejo Deliberante se compondrá de siete 7 miembros en los Municipios que tuvieran hasta diez mil 10.000 habitantes, según los resultados arrojados por el último Censo Nacional Artículo 12, Ley 8.102, y la distribución de las representaciones se hará de conformidad al Artículo 137 de la Ley Orgánica Municipal y al Título Cuarto de la Ordenanza 03/2007.

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/04/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha04/04/2023

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones1424

Primera edición31/07/2018

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30