Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/07/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad
del General Manuel Belgrano
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 153
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

CRUZ ALTA

5

a SECCION

DECRETO Nº045/2020
Cruz Alta, 27 de Mayo de 2020.Y VISTOS: La facultad conferida por el Art. 35 de la Ordenanza General de Presupuesto al D.E.M.;
Y CONSIDERANDO:
La necesidad de compensar partidas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos;
POR LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CRUZ ALTA
DECRETA:
ARTICULO 1º: COMPENSAR las Partidas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos que se detallan como Cuadro Anexo I del presente Decreto.

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE CRUZ ALTA
Decreto N 45/2020 Pag 1
Decreto N 46/2020 Pag 1
MUNICIPALIDAD DE LAS PERDICES
Ordenanza N 1407/2020 Pag Ordenanza N 1408/2020 Pag Ordenanza N 1409/2020 Pag Ordenanza N 1410/2020 Pag Ordenanza N 1411/2020 Pag Decreto N 102/2020 Pag Decreto N 103/2020 Pag Decreto N 107/2020 Pag Decreto N 108/2020 Pag Decreto N 109/2020 Pag
2 3
3 4
5 5
5 5
6 6

COMUNA DE LAS RABONAS
Resolución N 44/2020 Pag 6
Resolución N 51/2020 Pag 7
Resolución N 55/2020 Pag 8
Resolución N 45/2020 Pag 8
Resolución N 48/2020 Pag 9
Resolución N 54/2020 Pag 10

ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE, publíquese y archívese.

Fdo. Agustin H. GONZALEZ, Intendente - Nerina Paula CICCONOFRI, Secretaria de Hacienda y Finanzas.1 día - Nº 263209 - s/c - 07/07/2020 - BOE

DECRETO Nº046/2020
Cruz Alta, 28 de Mayo de 2020.Y VISTOS: Que atenta la situación de público conocimiento y la Emergencia Pública de carácter Sanitario, declarada por el Estado Nacional mediante DNU N 260/20, en el marco de la Ley Nacional 27.541, y normas modificatorias y complementarias.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en art. 3 de la ley 10.690 de Adhesión de la Provincia de Córdoba a la Emergencia Pública de carácter Sanitario, declarada por el Estado Nacional en el marco de la Ley Nacional 27.541
artículos 1, 64 a 85 y concordantes, el Decreto N 486/2002 y el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N 260/2020, con las adecuaciones que resulten pertinentes a la situación provincial, arts.
59, 144 inc. 15 cctvos. y cctes. de la Constitución Provincial.
Que en el marco de la emergencia sanitaria declarada, se disponen a través del Ministerio de Salud de la provincia las medidas de organización BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

y ejecución del sistema de salud provincial, tanto del sector público como privado a los efectos de centralizar el manejo de las acciones necesarias que requiera la situación, quedando facultado a determinar medidas y acciones sanitarias de excepción.
Que por Resolución N 311/2020 dictada por el Ministerio de Salud Provincial y su modificatoria Resolución N 382/2020- se dispuso la creación de un órgano de actuación interdisciplinaria conformado por distintas instituciones Nacionales, Provinciales y Municipales denominado CENTRO
DE OPERACIONES DE EMERGENCIA C.O.E con el fin de concretar la planificación, organización, dirección, coordinación y control de todas las acciones referidas a los eventos adversos relacionados con la Pandemia Coronavirus COVID 19.

Que el C.O.E., aprobó una serie de protocolos por los cuales se instrumenta la flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio en las denominadas zonas blancas, a realizar en el ámbito del radio municipal. Que se adjuntan como Anexo I ACTIVIDADES DEPORTIVAS.

Que la facilitación para la realización de tareas en el ámbito de nuestra localidad, constituye una necesidad imperiosa. Que nuestra población forma parte del conjunto de localidades denominadas blancas, lo que hace posible la citada flexibilización mientras se mantenga dicha condición, al mismo tiempo que no se puede perder de vista la necesidad de seguir en estado de alerta a los fines de lograr conservar este estado, por lo que resulta necesaria la aplicación de los protocolos remitidos por el C.O.E.
Que el municipio cuenta con el poder de policía de contralor de la debida aplicación de dichos protocolos dentro del ejido local.
POR LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/07/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha07/07/2020

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones1407

Primera edición31/07/2018

Ultima edición19/04/2024

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