Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

cada uno, en el caso de que alguno de los beneficiarios no cumpla con los requisitos,o devenga una situación que le imposibilite iniciar sus estudios, cubrirá la vacante que se genere el postulante siguiente en el orden de sorteo.
Artículo 7: Los beneficiarios deberán presentar, sin excepción, en la Dirección de Cultura y Educación del Municipiohasta el último día hábil del mes dediciembre, constancia de preinscripciónen la carrera e institución elegida.
Artículo 8: El monto dinerario mensual destinado a la beca de cada estudiante, será liquidado junto a los sueldos de los agentes municipales, en caja de ahorro a cuenta del beneficiario del Banco Provincia de Córdoba.
Artículo 9: Los beneficiarios deberán acreditar semestralmente ante la Dirección de Cultura y Educación del Municipioser alumno regular.y presentar anualmente constancia de notas obtenidas debiendo mantener un nivel de aprobación del 80% de las materias.Una vez obtenido el título de la carrera becada, si el estado municipal lo requiere, el beneficiario deberá restituir dicho beneficio al estado con horas de trabajo donde este se lo indique, teniendo en cuenta que el trabajo que se le asigne deberá ser referido a la carrera cursada por el becario y su trabajo no será mayor al monto invertido mediante la beca.
Artículo 10: La Dirección de Cultura y Educación del Municipio será el órgano de aplicación de la presente ordenanza. Deberá contar con información completa referida a carreras terciarias y universitarias públicas en la Provincia de Córdoba, como así también brindar información pertinente a becas y/o programas a los que podrían acceder los estudiantes de estas Instituciones.
Artículo11: Crease la partida presupuestaria para el Programa de Becas Estudiantiles Municipales Víctor Pablo Boichenco, a partir del año 2020, dentro del presupuesto general.

Artículo12: Cláusula transitoria, durante el primer año de vigencia de la presente ordenanza, el sorteo previsto en el artículo 6 se realizará el último día hábil del mes de enero del año 2020.

Artículo 13: Protocolícese, comuníquese, archívese.

AÑO CVI - TOMO DCLXIII - Nº 56
CORDOBA, R.A. LUNES 16 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Propiedad, correspondiente al inmueble cuya nomenclatura catastral es: 23-03-11-26-02-027-018-000000.
Y CONSIDERANDO:

Que el señor Marengo, Roberto Ricardo solicita eximición sobre las tasas de contribución que inciden sobre la prestación de servicios a la propiedad para los períodos comprendidos entre los años 2015 hasta la actualidad, habiendo presentado la solicitud el 22/12/2015 fuera del término estipulado en el Artículo 138 del Código Tributario Municipal.

Que de acuerdo al informe emitido por la División Contribución sobre los Inmuebles, se estaría adeudado desde el período 01/2015 incumpliendo con el requisito principal e ineludible del Artículo 139 de dicho Código.
Que no acredita el 100 % de la titularidad del inmueble en cuestión.

Que no se estaría cumplimentando con el porcentaje de discapacidad estable-cido en el Artículo 135 inc o del Código Tributario Municipal:
Que la exención requerida no cumple con los requisitos establecidos en el Código Tributario Municipal vigente, pudiendo ser atendida en base a un criterio de razonabilidad.
Que este Concejo Deliberante luego de haber revisado el expediente entiende que no se cumple con la totalidad de los requerimientos estipulados en el Código Tributario Municipal, no obstante teniendo en cuenta el acumulado de la deuda y las condiciones socioeconómicas, es atendible la solicitud de otorgar por única vez el beneficio de la eximición por vía de excepción.
Que se recomienda al Señor Marengo, Roberto Ricardo que para el futuro deberá regularizar la documentación del inmueble y el certificado de discapacidad con los valores porcentuales requeridos para obtener dichos beneficios.
Que por todo ello EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUÍN
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1. EXÍMASE al señor MARENGO, ROBERTO RICARDO, DNI
M8295945, con domicilio en Pasaje San Antonio N 306, de esta ciudad del pago total de la deuda que mantiene con esta Municipalidad en concepto de CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LOS INMUEBLES
- tasa de servicios a la Propiedady CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN
SOBRE LA PRESTACION DE SERVICIO DE AGUA CORRIENTE - tasa de Agua - correspondiente a los años 2015 a 2019, ambos inclusive, de la propiedad inscripta catastralmente bajo el número 23-03-11-26-02-027018-000000. Conforme a los fundamentos que se detallan en los considerandos.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A
LOS 28 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019

Artículo 2. PROTOCOLÍCESE y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

Fdo: Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto, presidente.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A
LOS 28 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019

1 día - Nº 254444 - s/c - 16/03/2020 - BOE

Fdo: Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto presidente.

ORDENANZA Nº 3769/2019
VISTO: El Expediente N 2015-3594-1 y sus acumulados, todos de Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, presentado por el señor MARENGO, ROBERTO RICARDO, DNI M8295945, con domicilio en Pasaje San Antonio N 306, de esta ciudad, por el cual solicita exención de la deuda que mantiene con esta municipalidad en concepto de Contribuciones que Inciden Sobre la Tasa por Servicios a la BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 254446 - s/c - 16/03/2020 - BOE

ORDENANZA Nº 3770/2019
VISTO: La Ordenanza nº3720 de fecha 29 de noviembre de 2018, mediante la cual se aprueba el Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2019.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha16/03/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones1416

Primera edición31/07/2018

Ultima edición30/04/2024

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