Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/01/2020 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXI - Nº 15
CORDOBA, R.A. MARTES 21 DE ENERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

quín, por el cual ingresa a este Municipio la Ordenanza No 3761, sancionada con fecha 31/10/2019.
Y CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido por el Artículo 49, inciso 1 de la Ley Provincial No 8102 Orgánica Municipal, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas.
Por ello, el señor Intendente Municipal en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
D E C R ETA
Artículo 1o.- PROMULGASE la Ordenanza No 3761 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Cosquín, en sesión del día 31/10/2019, la que anexada, forma parte integrativa de éste.
Artículo 2o.- EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.

Artículo 3o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal ANEXO
1 día - Nº 247863 - s/c - 21/01/2020 - BOE

DECRETO Nº 0607/19
Cosquín, 15 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente No 2018-1160-1, Mesa de Entradas, registro de este Municipio, mediante el cual la señora GALLARDO, BEATRIZ ELENA, DNI
No 13819354, reitera pedido formulado oportunamente a los efectos de cumplimentar con los requisitos para la obtención de carnet de conducir.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza No 2220/01 la Municipalidad de Cosquín adhirió a la Ley Provincial de Tránsito No 8560/96 modificada por Ley No 8759/96, a su decreto reglamentario y demás modificaciones.

Que mediante Decreto Provincial No 318/07 se reglamentó la citada ley provincial de tránsito B.O. del 14/03/07.
Que es oportuno destacar que resulta competencia de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito realizar el contralor efectivo de la expedición de las Licencias de Conducir en los términos de la Ley y Reglamentación citada, y ajustado a las exigencias establecidas en el Anexo B
titulado SISTEMA ÚNICO DE EMISIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR, el que exige como requisito previo la expedición del CERTIFICADO DE ANTECEDENTES por parte de la Provincia de Córdoba, que obra incorporado en el expediente en cuestión a fs.3/6 y que en su parte pertinente reza:
Conclusión: El conductor NO cumple los requerimientos para obtener una Licencia de Conducir.
Que la denegatoria a renovar el carnet de conducir se ajustó a lo dispuesto por los artículos 13, 14, siguientes y concordantes de la Ley Provincial No 8560/96 y su decreto reglamentario No 318/07, normativa a la que la Municipalidad de Cosquín se encuentra adherida.
Que a fs. 9 División de Automotores de esta municipalidad informa BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

que: no se procedió a la renovación de la licencia de conducir a la señora Beatriz Elena Gallardo, ya que al momento de solicitarla poseía la cantidad de 3 tres multas impagas impuestas por la policía caminera, y que debido al convenio de adhesión a la ley de tránsito 8560 y sus modificatorias, este municipio no podrá otorgar ni renovar licencias de conducir a aquellas personas que adeuden multas, es que no se procedió a la renovación de la misma.
Que la señora Gallardo manifiesta haber presentado descargos de las multas mencionadas en la Dirección de Accidentes de Tránsito, las cuales según sus dichos no han sido resueltas, hecho este que escapa a la intervención por parte de este municipio.
Que se encuentra adjunto en expediente el estado actualizado al día de la fecha del informe de la policía caminera, donde consta que aun las multas permanecen en estado adeudado, y que en sus conclusiones finales, dicho informe determina que la señora Gallardo no podrá realizar la renovación de su licencia debido al estado impago de las mismas.
Que corresponde rechazar por infundado la presentación interpuesta por la señora Beatriz Elena GALLARDO, deberá solicitar certificación pertinente otorgada por la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito con resolución de prescripción o de sobreseimiento de las causas por consiguiente su registro en el sistema que brinda los certificados de antecedentes de transito que otorga el Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal, D E C R ETA
Artículo 1o.- RECHAZAR, por infundada la presentación interpuesta por la señora GALLARDO, BEATRIZ ELENA, DNI No 13819354, mediante Expediente No 2018-1160-1, Mesa de Entradas, registro de este Municipio, por las razones expuestas en los considerandos del presente Decreto.
Artículo 2o.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 3o.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese, tómese conocimiento quienes correspondan, cumplido archívese.
FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 247850 - s/c - 21/01/2020 - BOE

DECRETO Nº 0608/19
Cosquín, 19 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-401-1 Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, presentado por la señora COSTA, VELIA NORMA, DNI No 5699736, mediante el cual solicita intervención municipal.
Y CONSIDERANDO:
Que solicita intervención municipal en virtud de las filtraciones en los cimientos que afectan la construcción de su vivienda producidas por el ingreso con moto vehículos por el pasillo común, y el riego de rotura de las cañerías de desage de agua y de pozo que se encuentran debajo del pasillo común.

2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/01/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha21/01/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1419

Primera edición31/07/2018

Ultima edición04/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031