Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/01/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXI - Nº 14
CORDOBA, R.A. LUNES 20 DE ENERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 2o.- AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.
Artículo 3o.- LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.
Artículo 4o.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.

período, retribución global, funciones y demás condiciones establecidas en el mismo que, compuesto de 1 foja útil, forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.
Artículo 2o.- EL gasto que demande la presente contratación será imputado a la Partida 2.6.63.606, Gas Natural, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 3o.- EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.

Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal
Artículo 5o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto vigente.

ANEXO
1 día - Nº 247840 - s/c - 20/01/2020 - BOE

Artículo 6o.- EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.

DECRETO Nº 0604/19

Artículo 7o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.
Cosquín, 14 de noviembre de 2019

FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso Intendente Municipal.
ANEXO
1 día - Nº 247841 - s/c - 20/01/2020 - BOE

DECRETO No 0602/19.
Cosquín, 13 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-2359-1, Dirección de Personal, registro de esta Municipalidad, mediante el cual se solicita se analice la renovación de la relación contractual con el Ingeniero Jewsbury Andrés para el período comprendido desde el 01/11/2019 hasta el 31/12/2019.
Y CONSIDERANDO:
Que la forma contractual bajo la cual se desarrollarán las tareas, es la de una locación de servicios sin relación de dependencia
Que corresponde que la contratación de que se trata sea realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante acto administrativo en el que conste el monto afectado, el respaldo presupuestario y las obligaciones que se generen.
Que la Secretaría de Asesoría Legal y Técnica, ha emitido informe correspondiente, agregado en el Expediente en cuestión.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal D E C R ETA
Artículo 1o.- APRUÉBASE el Contrato de Locación de Servicios Profesionales de fecha 21/10/2019, celebrado con el señor Andrés E. JEWSBURY, DNI No 17.626.137, C.U.I.T. No 20-17626137-5, con domicilio en calle Jilguero No 780 La Paloma de la localidad de Villa Allende, por el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

VISTO: El Expediente No 2019-29-1 Desarrollo Social, registro de esta Municipalidad, presentado por la señora JAUREGUI, MARCELA, DNI No 1640885, mediante el cual solicita eximición de Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles Tasa por Servicios a la Propiedad..
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo informado por la Lic. En trabajo social de esta municipalidad, del informe socio-económico surge que el inmueble también está inscripto a nombre de sus hijos; y se considera que pueden afrontar la deuda teniendo en cuenta el monto mínimo que se debe abonar en cada cuota.

Que División Contribución Sobre los Inmuebles comunica que se estarían adeudando los períodos desde el año 2013 a la fecha.
Que por lo expuesto se entiende que no es factible acceder a dicha exención.

Que por ello y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal, D E C R ETA
Artículo 1o.- NO HACER LUGAR a la solicitud de exención presentada por la señora JAUREGUI, MARCELA, DNI No 1640885, mediante Expediente No 2019-29-1 Desarrollo Social, conforme a los fundamentos que se detallan en los considerandos.
Artículo 2o.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 3o.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese, tómese conocimiento quienes correspondan, cumplido archívese.
FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 247842 - s/c - 20/01/2020 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/01/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha20/01/2020

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

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