Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/01/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXI - Nº 9
CORDOBA, R.A. LUNES 13 DE ENERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Fdo. Por Secretario de Gobierno, Sr. José Agero Intendente Municipal, Don Hugo W. Gómez.
ANEXO
1 día - Nº 247478 - s/c - 13/01/2020 - BOE

ORDENANZA Nº635/19
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE
SAN JOSE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº635/19

PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS
AÑO 2020

ART. Nº 8 Cuando el monto de la contratación supere la suma de Pesos dos millones ochocientos mil con 00/100 $ 2.800.000,00 o el que corresponda para cada mes del año, la selección del contratista se efectuará mediante Licitación dispuesta por Ordenanza, dicho procedimiento no podrá ni será de aplicación a criterio del D.E. // bajo razones fundadas, cuando la Municipalidad deba proceder a seleccionar contratistas en razón de la aplicación de la ley Nº 6140/78 en cuyo caso podrá realizar concurso.
Igual procedimiento podrá ser utilizado cuando por otras leyes o disposiciones se recepte Fondos Públicos Provinciales y/o Nacionales con destinos determinados, para obras de trabajos que no sean en coparticipación entre la Municipalidad y dichos Estados. ART. Nº 9 El procedimiento deberá cumplirse en forma tal que favorezca la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes, asegure la igualdad de los mismos y la defensa de los intereses públicosPLIEGO DE CONDICIONES:

ART.1 FIJASE LA SUMA DE PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES
MILONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 $
143.484.000,00de acuerdo al detalle que figura en Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza, el PRESUPUESTO
GENERAL DE GASTOS para la Administración Municipal que regirá en el año 2020.

ART. 10- Los pliegos de condiciones deberán contemplar las siguientes especificaciones:

ART. 2 ESTIMASE LA SUMA DE PESOS CIENTO CUARENTA Y
TRES MILONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON
00/100 $143.484.000,00 los RECURSOS para el año 2020 , destinado a la financiación del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS de la Administración Municipal , de acuerdo al detalle que figura en Planillas Anexas, que forman parte integrante de la presente ORDENANZA.

B Características técnicas : Deberá contener especificaciones técnicas del objeto a contratar , evitando referirlas a marcas determinadas o detalles que pueda surgir parcialidad.-

ART. 3 Las remuneraciones para las Autoridades Superiores, Personal Permanente y Contratados serán fijados por las Ordenanzas y sus decretos Promulgatorios correspondientes. ART. 4- El Departamento Ejecutivo podrá reglamentar por Decreto el régimen de Viáticos y Movilidades.-

A Objeto de la Licitación : deberá individualizarse exactamente el objeto de la contratación cuidando de preservar la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes.-

C Cotización: Deberá proveerse concreta y específicamente cada uno de los aspectos de las distintas alternativas de pago.- Podrán solicitarse cotizaciones por cada una de las partes componentes de la contratación debiendo indicarse en éste caso. Esto es al efecto del estudio de las propuestas o para efectuar adjudicaciones parciales.D Presupuesto Oficial : Se estimará el Presupuesto Oficial de la contratación expresándose el monto del mismo.-

REGÍMENES DE CONTRATACIONES

E Garantía de Propuesta : Deberá constituirse conforme a las modalidades que se proveerá y su importe resultará de la aplicación del porcentaje que sobre el monto del Presupuesto Oficial determine el Pliego particular respectivo.-

ART. 5- Toda adquisición, arrendamiento, concesión, suministro de obras y servicios, que deba realizar la administración, encomendar a terceros, se realizará por licitación y de un modo público, como regla general y común al ajuste de las normas presentes.-

F Garantía de Contrato y Garantía de Funcionamiento: Las características del objeto de la contratación determinará el tipo y término de los mismos.-

ART. 6 No obstante lo expresado en el Artículo Anterior , se podrá contratar en forma directa o mediante Concursos de Precios o Remates Públicos en todos los casos y por el procedimiento que esta Ordenanza establece. ART. 7- Toda venta de bienes municipales, se efectuará por licitación o Remate Publico, salvo excepción fundada en Ordenanza especial y tanto el llamado como la adjudicación serán autorizados por el Honorable Concejo Deliberante, mediante la sanción de la Ordenanza respectiva.
LICITACIÓN:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

G Pérdida de Garantía de Propuesta: El desistimiento de cualquiera de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez, la no integración de la garantía de Contrato. o la falta del contrato respectivo cuando correspondiere acarrea la pérdida de garantía.H Pérdida de Garantía del Contrato : El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales importará la pérdida de garantía del Contrato , si ésta hubiera previsto .- Caso contrario se efectuará la Garantía de Propuesta.I Mantenimiento de la Oferta : Deberá determinársele tiempo durante el cual el oferente se obliga a mantener su propuesta .- Todo plazo menor fijado por el proponente se tendrá por no escrito.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/01/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha13/01/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

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