Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 1.- DECLARASE NO LABORABLE en ADELIA MARIA, Departamento Rio Cuarto, el día 22 de Septiembre de 2019 por celebrarse el Aniversario Número Noventa y Uno del Nacimiento de Adelia María.
Artículo 2.- La disposición del Artículo precedente es obligatoria para la Administración Pública, Administracion de Justicia, Establecimientos Educativos Públicos y Privados, Bancos, Seguros y Actividades afines y para las actividades Comerciales y Civiles en General.

MUNICIPALIDAD de
AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 175
CORDOBA, R.A. LUNES 16 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 3.- Los servicios indispensables y esenciales se prestarán de acuerdo a las necesidades que fije y determine cada área.
Articulo 4.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHIVESE.

1 día - Nº 228412 - s/c - 16/09/2019 - BOE

CARRILOBO

ORDENANZA N066/2019
Carrilobo Cba. 21 de Mayo de 2019.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CARRILOBO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

FDO: ALEJANDRO DANIEL GOLAPRESIDENTE ZOELI BOSIO DONNETVICEPRESIDENTETERESITA BEATRIZ TOLOSA VICEPRESIDENTE 2- LUIS RAFAREL GALLARDOCONCEJALVERONICA MARIA
DOTTOCONCEJALGERMAN VILLARCONCEJALSTEFANIA MARIA
ZEMOCONCEJAL
1 día - Nº 228595 - s/c - 16/09/2019 - BOE

Art 1 APRUEBASE el Préstamos que se solicita del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS
DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA el que será destinado para completar el pago de AGUINALDO del mes de JULIO del año 2019. Art 2 FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA un préstamo de hasta PESOS: DOSCIENTOS MIL
$200.000,00 con destino al pago de aguinaldo según se detalla en el Art.
1, correspondientes a la Cuota N 35 y 36. Art 3 FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que, en pago del crédito ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de PESOS: CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON
55/100 $5.555,55 mensuales, durante el término máximo de TREINTA Y
SEIS 36 meses. Art 4 El Departamento Ejecutivo deberá notificar a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en merito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida directamente al Fondo Permanente.
Art. 5 FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.

ORDENANZA N 067/2019
Carrilobo, 30 de Julio de 2019
VISTO: La oferta realizada por el Sr. Rolando Ibalo D.N.I. 29.313.041 de compra de un a niveladora manual/mecánica de arrastre, que pertenece a la Municipalidad de Carrilobo, Y CONSIDERANDO:

I.- Que según informe emitido por la Secretaria de Gobierno y Hacienda, dicho bien se encuentra en desuso y no tiene la Municipalidad necesidad del mismo.
II.- Que se ha procedido a efectuar una tasación del mismo, la cual forma parte integrante de esta ordenanza habiendo sido realizada por el Sr.
Rubén Andión, Corredor Publico Inmobiliario MP: 816 arrojando un valor de $8.000. III.- Que con fecha 21/06/2019 el Sr. Ibalo, Rolando ha realizado una oferta por escrito de compra del citado bien ofreciendo abonar la suma de pesos ocho mil $8.000.
IV.- Que el valor ofrecido se ajusta al precio de tasación.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 49 inc.15 de la ley 8102
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CARRILOBO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART.1º.- DESAFÉCTASE del dominio público el siguiente bien: niveladora manual/mecánica de arrastre, en desuso.

Art. 6 El Departamento ejecutivo informara al concejo Deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el artículo 1 y al mismo tiempo y ante los mismos organismos, rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.

ART.2º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a vender el bien descripto en el artículo anterior al Sr. Rolando Ibalo D.N.I. 29.313.041 en la suma de pesos ocho mil $8.000. ART.3º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación que fuera necesaria para formalizar la venta autorizada.

Art. 7 COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.-

ART.4º.- LOS fondos derivados de la venta ingresarán al presupuesto vigente en la partida 2-3-01-01, HERRAMIENTAS, MAQUINARIAS Y EQUIPOS.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha16/09/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1417

Primera edición31/07/2018

Ultima edición02/05/2024

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