Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCXLX - Nº 38
CORDOBA, R.A. VIERNES 22 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Ley nº 8102, sus modificatorias y concordantes, en ejercicio de sus atribuciones legales;
LA COMISION DE LA COMUNA DE MI GRANJA SANCIONA CON
FUERZA DE
Artículo 1º CONVOCASE al cuerpo electoral de la Localidad de MI
GRANJA, a los fines de seleccionar Intendente Municipal, siete 7 miembros titulares del Concejo Deliberante y siete 7 suplentes, así como tres 3 miembros titulares del Tribunal de Cuentas y tres 3 suplentes y, en consecuencia, FIJASE el día 12 de mayo de 2019 entre las 8 y 18 horaspara que tenga lugar la elección municipal.
Artículo 2º ESTABLECESE que la elección de Intendente Municipal se regirá por el sistema previsto en el artículo 39 1 parte, concordante, y que la distribución y adjudicación de las bancas en el Concejo Deliberante se realizará de conformidad a lo prescripto en el artículo 137, concordantes, ambos de la Ley nº8102.
Artículo 3º ESTABLECESE que la representación en el Tribunal de Cuentas Municipal será de dos 2 miembros por el partido que obtenga la mayor cantidad de votos y uno 1 por el que le siga en el resultado de las elecciones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78, concordantes, de la Ley Orgánica Municipal.
Artículo 4º EXPRESASE la adhesión a los términos y contenido del Decreto Provincial nº 1933 13-12-2018 y, en consecuencia DECLARESE la simultaneidad de la elección municipal con la convocatoria efectuada por el Poder Ejecutivo para seleccionar Legisladores Provinciales, Gobernador, Vicegobernador y Miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia en los términos de las Ley nº 15.262, Decreto Reglamentario nº 17265/59, Código Electoral Provincial Ley nº 9571, normas complementarias, modificatorias y concordantes que resulten aplicables.
Artículo 5º COMUNIQUESE la adhesión formalizada en el artículo precedente del presente decreto al Ministerio de Gobierno de la Provincia.
Artículo 6º ESTABLECESE que en la elección municipal para renovar autoridades podrán votar los electores que correspondan al CIRCUITO nº 35 denominado MI GRANJA SECCION ELECTORAL N 03 DPTO. COLON, según Registro Nacional y/o Provincial de Electores.
Artículo 7º ESTABLECESE que la Junta Electoral Municipal deberá entender en la oficialización de listado de candidatos, asignación
MUNICIPALIDAD de
viene de Pag. 1

MUNICIPALIDAD DE COSQUÍN
Decreto N 0560/18 Pag. 13
Decreto N 0561/18 Pag. 13
Decreto N 0562/18 Pag. 14
Decreto N 0563/18 Pag. 14
Decreto N 0564/18 Pag. 15
Decreto N 0565/18 Pag. 15
Decreto N 0566/18 Pag. 15
Decreto N 0568/18 Pag. 16
Decreto N 0575/18 Pag. 16
Decreto N 0580/18 Pag. 17
Decreto N 0639/18 Pag. 17
Decreto N 0640/18 Pag. 17
Decreto N 0641/18 Pag. 18
Decreto N 0642/18 Pag. 18
Decreto N 0643/18 Pag. 19
MUNICIPALIDAD DE CARRILOBO
Decreto N 005/19 Pag. 19
Decreto N 006/19 Pag. 19
Decreto N 008/19 Pag. 20

de cargos, proclamación de electos, conformación de los padrones cívicos de extranjeros y toda otra cuestión atinente a la elección de autoridades Municipales que se susciten sobre estos aspectos y que la justicia provincial electoral actuará como única autoridad del comicios convocado en todo lo que le corresponda y también en el escrutinio del mismo.
Artículo 8º A los fines de garantizar la participación equivalente de géneros se deberá observar lo establecido en el artículo 5º de la Ley 8.901.
Artículo 9º EL presente instrumento será refrendado por el Secretario de Gobierno.
Artículo 10º PROTOCOLICESE, comuníquese a la Junta Electoral Municipal, dese copia al Ministerio de Gobierno de la Provincia y al Juzgado Electoral de la Provincia, publíquese en el Boletín Informativo Municipal y archívese.
10 días - Nº 194013 - s/c - 22/02/2019 - BOE

PAMPAYASTA SUD

DECRETO N 01/2019
PAMPAYASTA SUD, 01 de Febrero de 2019.Y VISTOS: Que el día doce 12 de Diciembre del año 2019, vence el mandato de las autoridades municipales electivas;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:
Que el proceso electoral de renovación de los mandatos de autoridades municipales de la localidad de Pampayasta Sud debe realizarse de conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba 8102 y el Código Electoral Municipal Ordenanza N 06/2015

Que la Ley 8102 atribuye expresamente al Departamento Ejecutivo Mu-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha22/02/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1424

Primera edición31/07/2018

Ultima edición10/05/2024

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