Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/02/2019 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

20.407.959, Sr. Marcelo Brunetto D.N.I. Nº 24.324.072, Sra. Mónica Gerbino D.N.I. Nº 16.612.730, Sr. Nicolás Manzotti D.N.I. Nº 37.526.279, Sr. Sergio Frassa D.N.I. Nº 24.934.627, Sr. Omar. H. Giardelli D.N.I. Nº 6.433.770, Sr. Domingo Mochi D.N.I. Nº 6.448.546, Sr. Wiliam Tisera D.N.I. Nº 32.292.366, Sra. Lilian Robert D.N.I. Nº 20.212.036, Sr. Mario Palloto D.N.I.
Nº 24.974.126, Sr. Ramiro Palazzesi D.N.I. Nº 31.097.882, Sr. Franco Faustini D.N.I. Nº 37.526.321, Sr. Carlos Luque D.N.I. Nº 17.440.353, Sr. Marcelo Gaite D.N.I. Nº 17.056.382, Sr. Julio Muzzi D.N.I. Nº 5.070.492, Sr. Carlos Mochi D.N.I. Nº 8.498.923, Sr. José Papa D.N.I. Nº 10.250.003, Sr. Aldo Carnero D.N.I. Nº 6.431.692, Sra. Jimena Mariani D.N.I. Nº 31.819.023, Sr.
Fabián Tissera D.N.I. Nº 24.133.039, Sra. Sofía Torres Pasquini D.N.I. Nº 33.619.350, Sra. Julia Gigena D.N.I. Nº 16.884.034, para que conformen una Junta Participativa en la Organización del Festival Folklore en el Agua, Edición Nº 51, en el próximo mes de Enero del año 2019, según consta en acta de reunión que se adjunta a la presente como formando parte.
Artículo 2º.- DERÓGASE la Ordenanza Nº 1283-A-2015 y toda otra norma que se oponga a la presente.

AÑO CV - TOMO DCXLX - Nº 34
CORDOBA, R.A. LUNES 18 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:
Que es oportuno y justo homenaje a quien fuera tres veces Gobernador de la Provincia de Córdoba Que fuera diputado nacional y senador nacional Que no existe nombre para la Calle que se decide acordarle Que su extensa trayectoria política incluye el paso constante con su presencia y también obras que hoy aún siguen en pie en nuestra Ciudad, como lo es la conclusión de una de las etapas del ex I.P.E.T
Nº8, los fondos de restauración en el año 2006 de la Basílica Nuestra Señora del Rosario, Planes de Vivienda, aportes extraordinarios para el Centro de salud Alma Ata, y tantas obras y aportes que fueron decisiones de su gestión.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE VILLA DEL ROSARIO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Artículo 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

Artículo 1º.- DESÍGNASE, con el nombre Gobernador Dr. José Manuel De la Sota a una arteria de nuestra ciudad, que el Departa, mento Ejecutivo designará cuando reglamente la presente ordenanza.

Dado en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Agosto de dos mil dieciocho.

Artículo 2º.- APRUÉBANSE las alturas correspondientes a cada tramo, de conformidad a los planos disponibles en el catastro municipal.

VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN

Artículo 3º.- ACTUALÍCESE la cartografía oficial de la ciudad, a través del Área de Catastro.

1 día - Nº 191720 - s/c - 18/02/2019 - BOE

ORDENANZA N 1455-A-2018
Ciudad de Villa del Rosario, 18 de diciembre de 2018.ORDENANZA PARA LA DESIGNACIÓN CON EL NOMBRE DE GOBERNADOR DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA A UNA CALLE ACTUALMENTE SIN NOMBRE
VISTO: El día 28 de noviembre se conmemorara el día que fuera el cumpleaños del desaparecido físicamente, ex Gobernador de la Provincia de Córdoba, Dr. José Manuel De la Sota.

MUNICIPALIDAD de
Artículo 4º.- PROCÉDASE a confeccionar y colocar las chapas de señalización, las cuales ostentarán la siguiente leyenda: GOBERNADOR
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA

Artículo 5º.- COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.
Dado en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciocho días del mes de Diciembre de dos mil dieciocho.
VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN
1 día - Nº 192654 - s/c - 18/02/2019 - BOE

BERROTARAN

DECRETO 08/2019
VISTO: El proceso electoral correspondiente a la elección de autoridades municipales de Berrotarán; y
cipal convocar a elecciones municipales.
Que atento a lo dispuesto por el art. 34 de la Ordenanza Nro. 03/2007
la convocatoria a elecciones ordinarias para la renovación de autoridades municipales, debe realizarse con una antelación de sesenta 60 días co-

Considerando Que las actuales Autoridades Municipales finalizan su mandato el día 10 de Diciembre de 2019, conforme la Proclamación de autoridades emanada de la Junta Electoral interviniente en la elección municipal año 2015, Que conforme lo establece el Artículo 49 Inc. 4 de la Ley Orgánica Municipal 8102 y lo fijado por el Artículo 33 de la Ordenanza de Régimen Electoral Municipal 03/2007, es facultad del Departamento Ejecutivo Muni-

rridos como mínimo de la fecha fijada para el acto eleccionario.
Que la Ley Orgánica Municipal establece que el Gobierno y Administración de los Municipios estarán a cargo de un Concejo Deliberante y un Departamento Ejecutivo, electos en forma directa por el Pueblo de los respectivos Municipios Artículo 9, Ley 8.102.
Que el Departamento Ejecutivo será desempeñado por el Intendente Municipal electo a simple pluralidad de sufragios.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

44

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/02/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha18/02/2019

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones1428

Primera edición31/07/2018

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
2425262728