Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/02/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CV - TOMO DCXLX - Nº 34
CORDOBA, R.A. LUNES 18 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

LA COMISION DE LA COMUNA DE MI GRANJA SANCIONA CON
FUERZA DE
Artículo 1º CONVOCASE al cuerpo electoral de la Localidad de MI
GRANJA, a los fines de seleccionar Intendente Municipal, siete 7 miembros titulares del Concejo Deliberante y siete 7 suplentes, así como tres 3 miembros titulares del Tribunal de Cuentas y tres 3 suplentes y, en consecuencia, FIJASE el día 12 de mayo de 2019 entre las 8 y 18 horaspara que tenga lugar la elección municipal.

viene de Pag. 2

MUNICIPALIDAD DE COSQUIN
Decreto N 0492/18 Pag. 30
Decreto N 0494/18 Pag. 30
Decreto N 0537/18 Pag. 31
Decreto N 0574/18 Pag. 31
Decreto N 0576/18 Pag. 31
Decreto N 0623/18 Pag. 32
Decreto N 0624/18 Pag. 32

Artículo 2º ESTABLECESE que la elección de Intendente Municipal se regirá por el sistema previsto en el artículo 39 1 parte, concordante, y que la distribución y adjudicación de las bancas en el Concejo Deliberante se realizará de conformidad a lo prescripto en el artículo 137, concordantes, ambos de la Ley nº8102.
Artículo 3º ESTABLECESE que la representación en el Tribunal de Cuentas Municipal será de dos 2 miembros por el partido que obtenga la mayor cantidad de votos y uno 1 por el que le siga en el resultado de las elecciones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78, concordantes, de la Ley Orgánica Municipal.
Artículo 4º EXPRESASE la adhesión a los términos y contenido del Decreto Provincial nº 1933 13-12-2018 y, en consecuencia DECLARESE
la simultaneidad de la elección municipal con la convocatoria efectuada por el Poder Ejecutivo para seleccionar Legisladores Provinciales, Gobernador, Vicegobernador y Miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia en los términos de las Ley nº 15.262, Decreto Reglamentario nº 17265/59, Código Electoral Provincial Ley nº 9571, normas complementarias, modificatorias y concordantes que resulten aplicables.
Artículo 5º COMUNIQUESE la adhesión formalizada en el artículo precedente del presente decreto al Ministerio de Gobierno de la Provincia.
Artículo 6º ESTABLECESE que en la elección municipal para renovar autoridades podrán votar los electores que correspondan al CIRCUITO nº 35 denominado MI GRANJA SECCION ELECTORAL N 03 DPTO. COLON, según Registro Nacional y/o Provincial de Electores.
Artículo 7º ESTABLECESE que la Junta Electoral Municipal deberá entender en la oficialización de listado de candidatos, asignación
MUNICIPALIDAD de
Decreto N 0625/18 Pag. 33
Decreto N 0626/18 Pag. 33
Decreto N 0627/18 Pag. 34
MUNICIPALIDAD DE PAMPAYASTA SUD
Decreto N 01/2019 Pag. 34
MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL ROSARIO
Ordenanza Pag. 35
Ordenanza Pag. 36
continúa en Pag. 4

de cargos, proclamación de electos, conformación de los padrones cívicos de extranjeros y toda otra cuestión atinente a la elección de autoridades Municipales que se susciten sobre estos aspectos y que la justicia provincial electoral actuará como única autoridad del comicios convocado en todo lo que le corresponda y también en el escrutinio del mismo.
Artículo 8º A los fines de garantizar la participación equivalente de géneros se deberá observar lo establecido en el artículo 5º de la Ley 8.901.
Artículo 9º EL presente instrumento será refrendado por el Secretario de Gobierno.
Artículo 10º PROTOCOLICESE, comuníquese a la Junta Electoral Municipal, dese copia al Ministerio de Gobierno de la Provincia y al Juzgado Electoral de la Provincia, publíquese en el Boletín Informativo Municipal y archívese.
10 días - Nº 194013 - s/c - 22/02/2019 - BOE

VILLA ALLENDE

DECRETO N: 25/19
LICITACION: 51 CUADRAS DE PAVIMENTO ASFÁLTICO Y CORDÓN
CUNETA DE HORMIGÓN CIUDAD DE VILLA ALLENDE
LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE LLAMA A LICITACION PUBLICA PARA PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA 51 CUADRAS
DE PAVIMENTO ASFÁLTICO Y CORDÓN CUNETA DE HORMIGÓN
, PARA EL DIA 01 DE MARZO DE 2019 A LAS 11:00 HS. PRESUPUES-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

TO OFICIAL: PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS
DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON VEINTIDÓS
CENTAVOS $ 58.517.641,22.- INCLUIDOS TASAS E IMPUESTOS.
PLIEGOS SIN CARGO. PLIEGOS Y CONSULTAS POR MEDIO DE
PAGINA WEB MUNICIPAL www.villaallende.gov.ar/ www.villaallende.
gob.ar 4 días - Nº 193768 - $ 2144,80 - 18/02/2019 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/02/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha18/02/2019

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

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