Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/12/2018 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
la rescisión del contrato suscripto entre la Municipalidad y la mencionada Comodataria, se desprende la necesidad de proceder al dictado del acto administrativo que disponga el cese definitivo de la relación contractual, con efecto retroactivo a partir del día 13/08/2018.

Por ello, el señor Intendente Municipal, en uso de las atribuciones conferidas por Ley Provincial N 8102 - Orgánica Municipal,
D E C R ETA
Artículo 1.- RESCINDIR el Contrato suscripto con fecha 24/07/2018
entre la Municipalidad y la señora GARMENDIA NOELIA ANAHÍ, DNI N
33.411.901, aprobado mediante Decreto No 0365/18 de fecha 31/07/2018, a partir del 13/08/2018, con base en los fundamentos vertidos en los considerandos del Presente.

Artículo 2.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 240
CORDOBA, R.A. MARTES 11 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 1.- DESIGNANSE Beneficiarios del PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS, para el período comprendido entre el 01/08/2018 y el 31/082018, a las personas que desempeñarán tareas de capacitación en las distintas áreas de este Municipio tal como surge del Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2.- AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.
Artículo 3.- LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.
Artículo 4.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.

Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretaría de Economía y Finanzas Públicas,Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 187739 - s/c - 11/12/2018 - BOE

Artículo 5.- ESTA erogación será imputada a Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto de Gastos Vigente.
Artículo 6.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.

DECRETO N 0409/18
Cosquín, 04 de septiembre de 2018
VISTO:

El Expediente N 2018-1652-1 Dirección de Personal, registro de este Municipio, mediante el cual solicita la designación de personal para prestar servicios en diferentes áreas de este Municipio como Beneficiario del Programa Municipal de Becas, correspondiente al período agosto del corriente año.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N 2572/04 se crea el Programa Municipal de Becas, destinado a personas residentes en la ciudad de Cosquín que se encuentren desocupados, perciban o no ayuda económica provenientes de otros Programas Laborales Nacionales o Provinciales.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá determinar la nómina del personal beneficiado, las tareas de capacitación a desempeñar y el horario a cumplir.

Que por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial N 8102-Orgánica Municipal, D E C R ETA

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 7.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 187742 - s/c - 11/12/2018 - BOE

DECRETO N 0410/18.
Cosquín, 04 de septiembre de 2018
VISTO:
Lo establecido en la Ordenanza N 3707/2018, referida a la Obra de Cordón Cuneta, Hormigón Articulado y Obras Complementarias a realizarse en Barrio Mieres, para la calle Arturo Orgaz entre calles Ituzaingo e Ingalinella, de nuestra ciudad.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 5o de la Ordenanza citada en el Visto se dispone la apertura de un Registro de Oposición obligatorio por el término de veinte días corridos, siguiendo los preceptos de la Ordenanza No 3300/11.
Que asimismo encomienda al Departamento Ejecutivo informar a
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/12/2018 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha11/12/2018

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1423

Primera edición31/07/2018

Ultima edición09/05/2024

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