Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/08/2022 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Las Malvinas son argentinas
LUNES 1 DE AGOSTO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 154
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
REMATES
MORTEROS Por orden del Señor JUEZ/A.
de 1ra. Instancia de Competencia Múltiple de la ciudad de Morteros en autos caratulados VARELA, VERÓNICA C/ BELTRAMINO, FRANCO - LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CONTENCIOSO Expte. 8347812, El Martillero Diego Agosti M.P. Nº 01-2189 con domicilio en calle San Martín 336 de la ciudad de Morteros SUBASTARA a través de la página oficial de Subastas Electrónicas del T.S.J.
de Córdoba, los derechos y acciones emergentes de los boletos de compraventa objeto de la ejecución, inscriptos en las Matrículas 1.148.475, que se describe como: LOTE DE
TERRENO: Ubic. en pte. S. del Pueblo Seeber, Est. Brinkmann, Ped. Libertad, Dpto. SAN JUSTO, Prov. Cba. desig. como LOTE Nro.21 de la MANZANA Nro. 89; mide: 10ms.Fte. N.E.; por 34,50ms. Fdo.; SUP:345ms2. y linda: al N.E., c/calle Bartolomé Mitre; al S.O., c/fdo.lt. 9; al S.E., en pte. c/fdo.lt.4 y en pte. c/lt.22; y al N.O., con lt.20.- Plano 131.123. Nomenclatura catastral 3001060102089021 D30 P01 P06 C01 S02
Mz089 P021 DGR 300125148020. Y Matricula 1.148.476 LOTE DE TERRENO: Ubic. en pte. S.
del Pueblo Seeber, Est. Brinkmann, Ped. Libertad, Dpto. SAN JUSTO, Prov. Cba. desig. como LOTE Nro.22 de la MANZANA Nro. 89; mide:
10ms.Fte. N.E.; por 30ms. Fdo.; SUP:300ms2.
y linda: al N.E., calle Bartolomé Mitre; al S.O., c/pte.4; al S.E., c/fdos. lts. 1, 2 y 3 y al N.O., con lt.21.- Plano 131.123. Nomenclatura catastral 3001060102089022 D30 P01 P06 C01 S02
Mz089 P022. DGR 300125148038, inscripto a nombre de la Municipalidad de Brinkmann. De acuerdo con lo constatado por el Oficial de Justicia, el inmueble mat. 1.148.475 se trata de una casa habitación, cuenta con cocina, comedor, dos dormitorios, baño y garaje, piso de cerámicos y revoque en mal estado de conservación, se ubica sobre una calle de tierra, tiene servicios de luz eléctrica y agua potable, no posee cloacas ni gas natural, se encuentra deshabitado.- Respecto al inmueble mat. 1.148.476 el mismo es un lote baldío. El acto de subasta tendrá una duración de cinco 5 días hábiles y
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a SECCION

se iniciará el día lunes 01/08/2022, a las 11:00
hrs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día lunes 08/08/2022 a las 11:00 hrs.- Atento a la modalidad virtual no se admite la compra en comisión.
Los derechos y acciones emergentes del boleto de compraventa sobre los inmuebles referidos saldrán a la venta por la base imponible: mat.
1.148.475 de $2.132.484, se establece un monto incremental de pesos ochenta MIL $80.000;
respecto a los derechos y acciones emergentes del boleto de compraventa sobre el inmueble mat. 1.148.475 saldrá a la venta por una base de $409.500, se establece un monto incremental de pesos cuarenta MIL $40.000.- La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 24 hs. de finalizado el remate el veinte por ciento 20% del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, y el aporte del cuatro por ciento 4% sobre el precio de la subasta Fondo para la prevención de la violencia familiar, art 24 Ley 9505, modif.
por Decr. N 480/14, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el reglamento de subastas electrónicas referenciado. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamentea la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. El Tribunal agregará al expediente, la constancia -como acta provisoria de subastadel resultado del remate. El adjudicatario deberá ratificar su compra y constituir domicilio en los términos del art. 88 del CPCC, compareciendo personalmente, mediante escrito firmado conjuntamente con su letrado patrocinante, o por vía de apoderado con facultad de representación en un plazo de cinco 5 días hábiles de concluida la subasta, sin perjuicio de disponer una ampliación en los términos del art.
163 del CPCC, lo que deberá ser solicitado antes del vencimiento de aquel plazo, a través del Portal de SUBASTAS Todo ello será asentado
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Remates Pág. 1
Concursos y Quiebras Pág. 2
Declaratorias de Herederos Pág. 3
Audiencias Pág. 13
Citaciones Pág. 13
Notificaciones Pág. 49
Rebeldías Pág. 50
Sentencias Pág. 50
Usucapiones Pág. 50

en el acta definitiva de subasta, la cual se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley art.32. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72hs., será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación art. 34, en los términos del art. 295 del Código Tributario Provincial t.o. dec. 400/2015, resultando el certificado de deuda título ejecutorio art. 801 del CPCC. El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica art.
32, última parte del Reglamento, bajo apercibimiento art. 585 CPCC. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2%
mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. Procédase a crear una cuenta a la vista para uso judicial A.R. Nº 91/2011, 114/2013
y 119/2013. Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá conforme lo establecido en el art. 589 y conc.
CPCC. Publíquese la existencia del remate en
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/08/2022 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha01/08/2022

Nro. de páginas63

Nro. de ediciones3632

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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