Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/10/2022 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Las Malvinas son argentinas
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LUNES 17 DE OCTUBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 209
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1243 Pag. 1
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 76 Pag. 1

Decreto N 1243
Córdoba, 29 de septiembre de 2022
VISTO: La ausencia transitoria del señor Ministro de Obras Públicas.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º del Decreto Nº 1615/2019 dispone que, en caso de ausencia transitoria, los Ministros serán subrogados en la forma que determine el Poder Ejecutivo.
Que como lo prevé la mencionada norma, corresponde designar al señor Ministro de Desarrollo Social para que subrogue al señor Ministro de Obras Públicas, mientras dure su ausencia.
Por ello, la norma citada y en uso de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 1 de la Constitución Provincial;

Artículo 1º.- DESÍGNASE al señor Ministro de Desarrollo Social, Juan Carlos MASSEI, para que subrogue al señor Ministro de Obras Públicas, Cr. Ricardo Roberto SOSA, a partir del día 3 de octubre de 2022 y mientras dure su ausencia.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Obras Públicas y de Desarrollo Social y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

OBRAS PÚBLICAS - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N 76
Córdoba, 27 Septiembre de 2022- Ref.:
Expte. N 0521-065348/2022/R15.Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la presentación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Rosario de Punilla S.A., por la cual solicita incrementar en un 32,36% la tarifa, aduciendo un incremento en los costos del servicio. Y CONSIDERANDO:
Voto del presidente, Mario A. Blanco, y de los vocales José Luis Scarlatto, Luis A. Sanchez y Walter Scavino.

Que atento a la normativa vigente corresponde al ERSeP el tratamiento de la cuestión planteada. En efecto, el artículo 22 de la Ley Nº 8835 Carta del Ciudadanodispone El ERSeP tendrá como cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, con excepción de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el ámbito de un solo municipio o comuna Que por su parte, el artículo 25 inciso h del cuerpo legal precitado esBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

tablece que es competencia de este Organismo, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores como así también Art. 25, inc g:Controlar el cumplimiento de los planes de mejora y expansión de los servicios y de los de inversión, operación y mantenimiento, a cargo de los prestadores.
Que asimismo resulta aplicable al caso el marco normativo que rige la materia, esto es el Decreto Nº 529/94 -Marco Regulador de los Servicios Públicos de Agua Potable y Desages Cloacales en la Provincia de Córdoba-, el Decreto 4560C1955 Reglamentación de Servicios Sanitarios por Particulares y demás reglamentación contemplada en los mismos. Que así el decreto 529/94, en su artículo 2 Ámbito de Aplicaciónestablece: Se define como ámbito de aplicación a todo el territorio de la Provincia de Córdoba, ámbito servido de la prestadora presentante, y en su artículo 5 -Alcances de la Normativadispone: Este Marco Regulador es de cumplimiento obligatorio para la prestación de los Servicios Públicos de Agua Potable y Desages Cloacales en el ámbito de aplicación definido en el Artículo 2. Rigen igualmente Los decretos, reglamentos y ordenanzas de carácter provincial o municipal, vigentes al momento de la promulgación de este Marco Regulador continuarán en vigor en todo aquello que no se oponga al mismo, del que constituirán normativa supletoria.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/10/2022 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha17/10/2022

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4150

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/05/2024

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