Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 74
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 17 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 104
Córdoba, 16 de abril de 2019

manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 157/19,
VISTO: El expediente Nº 0180-020650/2019, por el que el Poder Judicial propicia una adecuación del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario del Poder Judicial en el Programa 924 - Funcionamiento del Fuero Electoral de la Provincia por un importe total de $ 17.807.000.
, Que la adecuación tiene como destino atender los gastos que demande el llamado a elecciones previsto para el corriente año.
Que por la presente Resolución se propicia una modificación del Presupuesto General en vigencia, incrementando la partida 03990000 Otros Servicios No Personales N.C.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
MINISTERIO DE FINANZAS

EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modificación de Crédito Presupuestario N 2 Compensación Interinstitucional del Poder Judicial el que como Anexo I con una 1 foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

ANEXO:

DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS

las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:

Resolución N 59 - Letra:A

Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada FUNDACION
GOLONDRINAS con domicilio social en la Provincia de Córdoba, Repúbli, ca Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.

Córdoba, 19 de febrero de 2019
VISTO: El Expediente N 0007-144153/2018, mediante el cual la entidad civil denominada FUNDACION GOLONDRINAS con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:

LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:

Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada FUNDACION GOLONDRINAS
. Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.

Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
FDO .VERONICA G. SANZ DIRECTORA GRAL. D.I.P.J.

Resolución N 58 - Letra:A

CONSIDERANDO:
Córdoba, 18 de febrero de 2018

VISTO: El Expediente N 0007-143720/2018, mediante el cual la entidad civil denominada FUNDACION RIO CTALAMOCHITA con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.

Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/04/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha17/04/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4130

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/05/2024

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