Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 64
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

cláusula novena y demás aspectos comprendidos en el precitado instrumento legal.
Que del Convenio de que se trata surge como consecuencia de lo antes expresado, de sus cláusulas quinta y novena, la existencia de una doble acreencia, una de las obras de infraestructura específicamente garantizada por parte del Municipio por la coparticipación provincial y otra del valor del lote, siendo ambas objeto de constitución de hipoteca por parte del beneficiario.
Que surge de estas actuaciones que está garantizado el recupero del financiamiento de las obras de infraestructura, como también que el PLAN LoTengo al cual adhiere el Municipio por cláusulas expresas contenidas en el Convenio objeto de análisis, se ajusta en un todo al Decreto Nº 305/2016.
Que cabe destacar, que si bien en el Convenio firmado con la Municipalidad de Corral de Bustos, que cuenta con las correspondientes ratificaciones legales por parte de ésta, conforme normas y actos administrativos citados, se afecta la cantidad de treinta y un 31 lotes al Plan Lo Tengo, surge de las constancias obrantes en autos que en una primera etapa por Resolución Nº 0076/2016 de la Secretaría de Vivienda, visada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, se otorgó en base a dicho Convenio, un financiamiento para infraestructura correspondiente a trece 13 lotes de los referidos treinta y un 31 lotes, por la suma de $ 845.000,00.
Que en esta instancia y en función de ello, en la actualidad se propicia otorgar el financiamiento restante, previsto en el Convenio en cuestión, es decir la suma de $ 1.170.000,00 para los restantes dieciocho 18 lotes afectados, cumplimentándose de esta forma todo lo allí pactado Que se ha agregado en autos Documento Contable Nota de Pedido Nº 2017/000185, para atender la erogación que lo gestionado implica.

Que obra Dictamen N 342/2017 de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud del Decreto Nº 305/2016 y las previsiones del artículo 1º de la Ley 10.220 Fondos FO.NA.VI., según Convenio obrante en autos y Dictamen N 294/2017 de la Dirección de Jurisdicción Jurídico de la Dirección General de Vivienda, Ley Nacional Nº 24.464, considera que puede dictarse el instrumento legal conforme lo propiciado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 342/2017 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el CONVENIO GENERAL DE ADHESIÓN
AL PLAN LOTENGO Y DE FINANCIAMIENTO DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PARA EL INTERIOR PROVINCIAL y su respectivo Anexo Único, celebrado con fecha 27 de setiembre del 2016 entre la Unidad Ejecutora de dicho Plan, representada en ese acto por el Ingeniero Isaac RAHMANE
y la señora Deborah PETRAKOVSKY por una parte, y la Municipalidad de Corral de Bustos, representada por su Intendente, señor Roberto Luis PACHECO, por la otra, que como Anexo I, compuesto de cinco 5 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º. OTÓRGASE un financiamiento a favor de la MUNICIPALIDAD DE CORRAL DE BUSTOS, por la suma total de Pesos Un Millón Ciento Setenta Mil $ 1.170.000,00, destinado a la realización por parte de ésta, por sí o por terceros, de las obras de infraestructura para 18 lotes -de un total 31 lotesde su propiedad, adhiriendo al PLAN LOTENGO
, creado por Decreto Nº 305/2016 y conforme lo establecido en el Convenio aprobado por el artículo anterior.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Un Millón Ciento Setenta Mil $ 1.170.000,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción Económico Financiero y de Administración de la Dirección General de Vivienda, en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2017/000185, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 503000, Partida 15.02.04.00, Préstamos a Largo Plazo a Municipios y Entes Comunales del P.V.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción Económico Financiero y de Administración de la Dirección General de Vivienda, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.
FDO: JOSE M. GARCIA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES

ANEXO:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/04/2019

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4128

Primera edición01/02/2006

Ultima edición30/04/2024

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