Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 13 de agosto de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXIII - Nº 153
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 13 DE AGOSTO DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS
Implementan el Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario POSDIN
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 945
Córdoba, 25 de junio de 2008
VISTO: El Expediente N 0378-079946/2008, que refleja el resultado del análisis e intercambio formalizado en las Mesas de Trabajo Interdisciplinarias convocadas en el ámbito de la Secretaría General de la Gobernación en relación a los trámites vinculados con el tráfico jurídico inmobiliario de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en dichas reuniones participaron colegios profesionales, organizaciones privadas, diferentes estamentos del gobierno provincial y la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba en cuanto a la participación que les compete sobre el tema.
Que para contribuir a agilizar los trámites necesarios y al mismo tiempo brindar un aporte a la seguridad jurídica de la Provincia, es necesario crear el PLAN DE OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA
DOMINIAL INMOBILIARIO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Que la protección del tráfico jurídico inmobiliario se cristaliza a través de la participación de diversos actores y organismos;
entre los últimos, con un rol preponderante el Registro General de la Provincia, la Dirección General de Rentas y la Dirección General de Catastro, dependientes del Ministerio de Finanzas y la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
Que la actividad dominial, íntimamente ligada al movimiento económico de la Provincia, constituye un reflejo de la situación socio-económica imperante, verificándose la registración de una mayor cantidad de ventas y constitución de hipotecas debido al incremento en la oferta financiera.
Que se torna necesario dinamizar los trámites relacionados con el tráfico jurídico inmobiliario de la Provincia, atento a la diversidad de organismos, públicos y privados que intervienen en el mismo, generando como consecuencia una situación de complejidad administrativa que se pretende reducir.

Que las razones apuntadas precedentemente, imponen la adopción de medidas tendientes a agilizar el tráfico jurídico inmobiliario, y brindar seguridad jurídica a las transacciones y operaciones que se realicen, adaptándolas al contexto de cada caso en particular.
Que el Registro General de la Provincia ha encarado tareas como la Conversión de los asientos del Sistema Cronológico al Sistema de Folio Real Matrícula e implementación del Folio Real Electrónico F.R.E., la informatización general, la provisión de mecanismos para la correspondencia biunívoca entre los órganos registrales jurídico y catastrales físico y su integración con la Dirección General de Rentas en vistas de la agilidad y seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.
Que a los fines de aplicar correctamente las nuevas operatorias del Registro General de la Provincia y especialmente a la implementación del Folio Real Electrónico F.R.E., es menester contar con sectores edilicios que tengan el volumen espacial y las características funcionales adecuadas, por lo que se plantea la necesidad de contar con un nuevo edificio para el Registro que cumpla con las expectativas proyectadas.
Que en la órbita de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento, surge la necesidad de implementar un procedimiento ágil y expeditivo a efectos de optimizar los trámites de su competencia y reconocer el papel preponderante que cumplen tanto las prestadoras del servicio en lo referido a la disponibilidad de agua y la capacidad técnica de su captación, como así también de las municipalidades en la materia que trata sobre el volcamiento de efluentes y estudio de impacto ambiental.
Que a los fines de evitar la superposición en la intervención de las áreas con competencia legal en cada organismo provincial tendiente a controlar, en relación a los trámites vinculados al POSDIN, la documentación a presentar referida a la personería del interesado, título de propiedad del inmueble, estado de dominio y gravámenes de loteos o condominios, existencia de la sociedad, poderes y facultades de los apoderados si los hubiera y toda otra cuestión de relevancia, corresponde ordenar la creación de una Unidad de Acreditación de Personería y Dominio, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Finanzas.
Que corresponde instruir a la Secretaría de Función la Pública a
facilitar la incorporación y reasignación de recursos humanos necesarios para alcanzar los objetivos indicados en el presente Plan de Optimización.
Por ello, lo dispuesto por la normativa citada, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 144 inciso 1º de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: IMPLEMÉNTASE el Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario de la Provincia de Córdoba POSDIN, con el objeto de establecer las medidas tendientes al mejoramiento de los trámites relacionados con la adquisición, modificación o extinción de derechos registrales en el tráfico jurídico inmobiliario de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º: CREASÉ la Comisión Mixta Permanente del Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario de la Provincia de Córdoba, que funcionará bajo la órbita de la Secretaría General de la Gobernación, la que estará integrada por los representantes de la Dirección del Registro General de la Provincia, de la Dirección de Catastro y Dirección General de Rentas, todas ellas dependientes del Ministerio de Finanzas; de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos; de la Dirección de Bomberos de la Policía; de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba; de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba E.P.E.C.; del Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba; de la Cámara Empresarial de Desarrollistas Urbanos Córdoba C.E.D.U.C.; de la Cámara Argentina de la Construcción; del Colegio de Agrimensores; del Colegio de Ingenieros Civiles y toda otra entidad centralizada o descentralizada, pública o privada que por su objeto corresponda su participación.
ARTÍCULO 3: INVÍTASE a la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba a integrar y participar de la Comisión Mixta Permanente del Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 4: ESTABLÉCESE que la Comisión Mixta Permanente del Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario tendrá dentro de sus funciones monitorear el desarrollo y ejecución del citado Plan, a cuyos fines podrá promover y propiciar acciones relacionadas al cumplimiento del mismo, FACULTÁNDOSE
a la citada Comisión a instrumentar su reglamento de funcionamiento.
ARTÍCULO 5: MODIFÍCASE el Artículo 1 de la Resolución N
646/05, de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento, CONTINÚA EN PÁGINAS 2 A 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/08/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha13/08/2008

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4148

Primera edición01/02/2006

Ultima edición25/05/2024

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