Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

2
VIENE DE TAPA

mínimo aludido en el párrafo precedente.

el referido monto ascendía a Pesos Quinientos $ 500.-.

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección de Asesoría Fiscal en Nota Nº 1/06 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 02/06

Que la Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC manifestó inconvenientes de tipo operativo para la implementación del régimen de retención instaurado por el Decreto Nº 443/
04, por haberse disminuido considerablemente el valor a partir del cual debían actuar en carácter de Agente de Retención teniendo en cuenta las disposiciones que establecía el Decreto Nº 290/85 y sus modificatorias.
Que en uso de sus facultades, esta Secretaría mediante Resolución Nº 046/
04, estableció en la suma de pesos un mil $ 1.000.-, por el término de un año a partir de la vigencia del Decreto Nº 443/
04, el monto mínimo de la base de cálculo por sobre el cual correspondía a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC practicar la retención.
Que por mantenerse vigentes las cuestiones que motivaron el pedido original, la Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC vuelve a solicitar se considere su situación respecto al monto
EL SECRETARIO DE
INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE :
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER para la Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC que, a los efectos previstos en el primer párrafo del artículo 7º del Decreto Nº 443/04, deberá computar la suma de PESOS UN
MIL $ 1.000.-.
ARTÍCULO 2º.- La disposición prevista en la presente Resolución resulta de aplicación desde el día 1º de octubre de 2005.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JORGE E. CÓRDOBA
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS

Córdoba, 1º de marzo de 2006

mencionada Delegación detalladas en el Manual de Misiones y Funciones aprobado por Resolución General N 754/82 y sus modificatorias.
QUE resulta necesario asignar a dicha Agente, tareas específicas de la Gerencia de Asuntos Judiciales a los fines de que proceda: a solicitar y retirar Ordenes de Pago de los distintos Juzgados en aquellas causas que la Dirección de Rentas tenga participación, a requerir Informe a la Dirección del Registro General de la Provincia y a suscribir -previo controllas Planillas de Aporte Jubilatorio por iniciación de Juicio presentadas por los Procuradores Fiscales.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20 del Código Tributario - Ley N 6006 y sus modificatorias, T.O. 2004 por Decreto N 270/04, EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.-Asignar a la Agente Sra. Carmen Lidia Do Campo D.N.I. N
11.070.794, que presta servicios en la Delegación Laboulaye dependiente de la Coordinación General de Descentralización de esta Dirección, el cumplimiento de las funciones inherentes a dicha Delegación establecidas en la Resolución General Nº 754 de fecha 15-04-1982 y modificatorias, que se detallan a continuación:
Asesorar y controlar respecto al cumplimiento de normas obligatorias por parte de Contribuyentes y Responsables.
Requerir extrajudicialmente el pago de la deuda atrasada y disponer la iniciación de Juicios de Apremio cuando no haya sido abonada en término, controlando la gestión de los Procuradores.
Autorizar a contribuyentes y responsables a cumplimentar deberes sustanciales y formales mediante regímenes especiales establecidos.
Asentar y mantener actualizado el movimiento de valores de acuerdo a las normas legales vigentes.

Córdoba, 20 de Febrero de 2006

ARTÍCULO 2º.- Asignar a la Agente Sra. Carmen Lidia Do Campo D.N.I. N
11.070.794, que presta servicios en la Delegación Laboulaye dependiente de la Coordinación General de Descentralización de la Dirección General de Rentas, a realizar tareas específicas de la Gerencia de Asuntos Judiciales, a los fines de que proceda a: solicitar y retirar Ordenes de Pago de los distintos Juzgados en aquellas causas que la Dirección de Rentas tenga participación, a requerir Informe a la Dirección del Registro General de la Provincia y a suscribir -previo controllas Planillas de Aporte Jubilatorio por iniciación de Juicio presentadas por los Procuradores Fiscales.

VISTO: Lo establecido por el Artículo 16 del Código Tributario vigente Ley N
6006 y modificatorias T.O. 2004 por Decreto N 270/04,
ARTÍCULO 3º.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL N 1426

ARTÍCULO 4.- Protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a quienes corresponda y Archívese.

Y CONSIDERANDO:
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en la Delegación Laboulaye dependiente de la Coordinación General de Descentralización de esta Dirección, se estima necesario y conveniente asignar a la Agente Carmen Lidia Do Campo D.N.I.
N 11.070.794 -que presta servicios en dicha área-, funciones inherentes a la
DECRETOS SINTETIZADOS
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1599 17/12/04
Convalídase la Resolución dictada por el Directorio del Banco de la Provincia de Córdoba Nº 3001-9739 de fecha 30 de enero de 2002, cuya transcripción obra como Anexo I con dos 2 fojas útiles, formando parte integrante del presente Decreto y por la que se destituye y dispone el despido causado del señor Gustavo Orlando Paulos D.N.I. Nº 14.290.551 Clase 1960, Legajo Personal Nº 12045/0, Operador de Computación Equivalente a 2º Jefe Departamento 3º, s/ Expte. Nº 0426024320/2002.DECRETO Nº 1070 21/09/05
Declárase perimida la instancia administrativa en las actuaciones comprendidas en el Anexo I, compuesto de una 1 foja, en los términos del Artículo 114 de la Ley de Procedimiento Administrativo Provincial No. 5.350 T.O.
Ley No. 6.658 y sus modificatorias, a
mérito de lo expuesto en el Considerando del presente instrumento legal.DECRETO Nº 1176 18/10/05
Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Oficial Ayudante de la Policía de la Provincia, a
CR. EDUARDO GAUNA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

los Cadetes egresados de la Escuela de Policía de la Provincia, Libertador General Don José de San Martín, correspondientes a la Promoción L, Ciclo Lectivo 2001/2002, cuyos datos personales obran en la nómina que como Anexo I compuesto de una 1 foja, forma parte integrante del presente Decreto, s/ Exediente Nº 0002-027100/
2005.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
ARQUITECTURA

vor de la contratista, Empresa Cauce S.R.L., conforme las razones expresadas en considerando, que se dan por reproducidas en esta instancia, s/ Expte.
Nº 0047-011912/2004 Referente Nº 3.-

RESOLUCION Nº 16 15/02/06 Ampliar el plazo de ejecución de la obra:
Remodelación y Ampliación Laboratorios e Internación del Edificio del Hospital Rawson ubicado en Bajada Pucara Nº 309 Barrio Crisol Córdoba
Departamento Capital, por el término de treinta 30 días, sin que ello signifique reconocimiento económico alguno a fa-

RESOLUCION Nº 13 08/02/06 Justificar la mora incurrida en la ejecución de la obra:Construcción dos aulas, sala de maestras y galería en el edificio de la Escuela SAN MARTÍN, ubicada en calle Uruguay al 200 de la Localidad de Alta Gracia - Departamento Santa María - Provincia de Córdoba, y consecuentemente Aprobar el Acta de Recepción Provisional
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS

Total obrante a fs. 203, la que a los efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I, devolviéndose a la Contratista de la misma, la Empresa Carlos Enrique Martínez, la garantía por ejecución de contrato oportunamente constituida, conforme las razones expresadas en considerandos que se dan por reproducidas en esta instancia, s/
Expte. Nº 0047-012061/2005.RESOLUCION Nº 14 13/02/06 Aprobar el Acta de Recepción Definitiva fs.757, de los trabajos de:
Ampliación Tres Aulas y Servicios Sanitarios en el I.P.E.M N 302 Escuela Juan Minetti Calle Entre Ríos Esquina Neuquen Dumesnil - Departamento Colón Provincia de Córdoba, la que a los efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I y consecuentemente Devolver al Contratista de los mismos, la Empresa Cauce S.R.L., el Fondo de Reparo retenido, cuyo monto asciende a Pesos Diez Mil Ciento Cinco Con Cuarenta y Seis Centavos $10.105,46.-, monto que fuera sustituido parcialmente mediante Póliza de Seguro de Caución N 274.891

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha01/03/2006

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4163

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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