Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCIV - Nº CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

36
22 DE MARZO DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS

Imponen el Nombre de Dr. René Favaloro a las Escuelas de Nivel Inicial y de Nivel Primario de General Deheza, Departamento Juárez Celman PODER EJECUTIVO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :

DECRETO Nº 187
Córdoba, 20 de Febrero de 2006
VISTO: El Expediente Nº 0109-068316/2005, en el cual obran actuaciones relacionadas con la terna elevada para la imposición de nombre a establecimientos educativos dependientes de la Dirección de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación-.
Y CONSIDERANDO:
Que de la misma surge el nombre de DR. RENÉ FAVALORO como justo homenaje a su destacada trayectoria en las nobles actividades que desarrolló, a través de las cuales dio muestras acabadas de virtudes cívicas y morales, dignas de ser recordadas e imitadas por las nuevas generaciones.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.-

ARTÍCULO 1º.- IMPONESE el nombre de DR. RENÉ FAVALORO a la Escuela de Nivel Inicial y a la Escuela de Nivel Primario de General Deheza, Departamento Juárez Celman, ambas dependientes de la Dirección de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación:
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. AMELIA DE LOS MILAGROS LÓPEZ
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1968/05 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y lo dictaminado en casos similares por Fiscalía de Estado,
DR. FÉLIX A. LÓPEZ AMAYA
FISCAL DE ESTADO

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE FINANZAS
RESOLUCION Nº 20
Córdoba, 10 de Marzo de 2006
VISTO: El expediente Nº 0034046762/2005, en el que se tramita el expurgo de expedientes archivados en este Ministerio, cuyo plazo de retención se encuentra vencido.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 la Coordinación del S.U.A.C. de este Ministerio, pone a consideración de la Superioridad el listado de expedientes archivados, cuyo plazo de retención se encuentra vencido y en consecuencia susceptibles de ser expurgados.
Que, en cumplimiento del Artículo 5º
del Decreto Nº 1659/97, se dictó la Resolución Ministerial Nº 157/05 por medio de la cual se dispuso la exhibición por el término de veinte 20 días hábiles a contar desde la primera publicación de edictos en el Boletín Oficial, en todos los S.U.A.C. - Mesa de Entradas y Salidas dependientes de este Ministeriodel listado de expedientes sujetos a expurgo y la citación por edictos, a toda persona que pudiera encontrarse legítimamente interesada en la devolución y desglose de piezas, respecto de un documento incluido en dicho listado, para que tomara conocimiento del mismo y formulara peticiones.
Que el Artículo 6º del Decreto mencionado supra, dispone que una vez evaluadas las peticiones de particulares
previstas en el Artículo 5º, el Ministro o Titular de la entidad autárquica emitirá resolución definitiva, ordenando la destrucción de los documentos que no se hayan dispuesto excluir del listado.
Que a fs. 203, obra nota emitida por la Coordinación del S.U.A.C. de este Ministerio, en la cual se informa que, habiendo vencido el plazo, no se han recibido peticiones de los interesados.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 14/06, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ORDENAR la destrucción de los expedientes sujetos a
expurgo, conforme lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto 1659/97, incluidos en el listado que como Anexo I con ciento noventa y dos 192 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/03/2006

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4148

Primera edición01/02/2006

Ultima edición25/05/2024

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