Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 29/7/2022

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
29 de julio de 2022

N: 180
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto N 335/B/2022
Decreto N 336/B/2022
Decreto Nº 337/DE/2022
Decreto Nº 338/B/2022
Decreto Nº 339/B/2022
Decreto Nº 340/A/2022
Decreto Nº 341/A/2022
Decreto Nº 342/DE/2022
Decreto Nº 343/DE/2022
Decreto Nº 345/DE/2022
Decreto Nº 346/B/2022
Ordenanza Nº 6850
Promulgada por Decreto Nº 394/DE/2022
Ordenanza Nº 6851
Promulgada por Decreto Nº 395 /DE/2022

Por ello:
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DECRETOS
DECRETO Nº 335/B/ 2022
Villa Carlos Paz, 27 de junio de 2022
VISTO: La infracción cometida por la empresa Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. CO.TR.ECO. S.A., obrante en Anexo I y comprobadas por la Coordinación de Higiene Urbana, dependiente de la Dirección de Servicios Públicos, en relación al art. 51º del Pliego General de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública para los Servicios de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, aprobado por ordenanza Nº 6273, y adjudicada mediante decreto Nº 386/DE/2018, y;
CONSIDERANDO: Que la cláusula decimotercera del contrato suscripto con fecha 17 de julio de 2018, bajo el Nº 692/18, establece que: En caso de incumplimiento por parte del CONCESIONARIO a cualquiera de las obligaciones asumidas, se le aplicarán las penalidades contractuales según lo establecen los artículos 49º y 50º del pliego, que serán graduadas y aplicadas con las modalidades y procedimientos establecidos en los artículos 51º, 52 y 53º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que el art. 49º Imputación de Penalidades, del Pliego General de Bases y Condiciones establece que: Sin perjuicio de las penalidades contractuales, se aplicarán a los proponentes o adjudicatarios, según corresponda, las sanciones de apercibimiento, suspensión o inhabilitación en el registro de Proveedores y Contratistas del Municipio.La Inspección comunicará al contratista el incumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato, de acuerdo a deficiencias detectadas por la inspección correspondiente, las que deberán ser corregidas en el plazo de veinticuatro 24 horas.En caso de no ser corregidas, el Departamento Ejecutivo Municipal aplicará las penalidades, teniendo el contratista un plazo de cuarenta y ocho 48 horas para realizar sus descargos, quedando luego firmes con pase a descuento..Que el art. 50º Importe de las penalidades, del citado pliego, establece que: Salvo fuerza mayor ajena al contratista, en caso de incumplimiento por parte de éste de las obligaciones contraídas para la prestación del servicio del Municipio podrá proceder a la aplicación de penalidades, cuyos montos estarán cuantificados en número de unidades.
La unidad corresponde a: U= P x 0,0007; siendo P el monto total de la factura de servicio correspondiente al mes en que se cometió la infracción.
Que verificada la infracción, notificada mediante Orden de Servicio Nº 48, con fecha 21 de junio de 2022.
Que corresponde el dictado de la norma que resuelve sobre el particular.

1

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- APLICAR a la empresa Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. CO.TR.ECO. S.A., las sanciones establecidas en Anexo II, como consecuencia del incumplimiento a lo establecido en la cláusula décimo tercera del Contrato Nº 692/18, ascendiendo el monto total a la suma de Pesos diez mil setecientos con dieciséis centavos $ 10.700,16.-.Artículo 2º TRASLADAR copia al Departamento de Tesorería dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, a los fines de la realización del cobro correspondiente.Artículo 3º.Notificar a la empresa Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. CO.TR.ECO. S.A. de lo dispuesto en la presente.
Artículo 4º.- Protocolícese, comuníquese y archívese.
ANEXO I

Orden Nº
23

Unidades de Penalidad
Descripción Ejecución parcial o inejecución de uno o más recorridos en recolección de residuos domiciliarios. Por cada cuadra no servida o servida deficientemente.

1-5

Según artículo 51º Deficiencias a sancionar y máximo de unidades de penalidad a aplicar del pliego de bases y condiciones.ANEXO II

Orden Nº
Descripción
Unidades de Penalidad a aplicar
Monto
23

Ejecución parcial o inejecución de uno o más recorridos en recolección de residuos domiciliarios. Por cada cuadra no servida o servida deficientemente.

5

$ 10.700,16.-

Total
$ 10.700,16.-

U = P x 0,0007
Valor de la factura de servicio correspondiente al mes en que se cometió la infracción, P: $3.057.188,84.Valor de cada unidad, U: $2.140,03Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor
DECRETO N 336/B/2022
VILLA CARLOS PAZ, 28 de junio de 2022
VISTO: El Expediente Nº 204645/2022, donde obran las actuaciones referidas al llamado a CONCURSO PRIVADO DE
PRECIOS N 21/2022, PARA BATERIAS DE BAÑOS PARA
ESCUELA DE FÚTBOL PREDIO PLANTA POTABILIZADORA
LA QUINTA DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ y;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 29/7/2022

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha29/07/2022

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones380

Primera edición01/01/2015

Ultima edición26/04/2024

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