Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/7/2022

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
22 de julio de 2022

N: 179
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto N 323/C/2022
Decreto N 324/B/2022
Decreto Nº 325/A/2022
Decreto Nº 326/A/2022
Decreto Nº 330/DE/2022
Decreto Nº 331/DE/2022
Decreto Nº 333/A/2022
Decreto Nº 334/DE/2022

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DECRETOS
DECRETO Nº 323/C/2022
VILLA CARLOS PAZ, 22 de junio de 2022
VISTO: El Art. 115 de la Ordenanza N 1511 y su Decreto Reglamentario N 001/2007; y CONSIDERANDO: Que por las citadas normas el Departamento Ejecutivo podrá autorizar a distintos responsables de los órganos administrativos a disponer de fondos para atender gastos de menor cuantía.Que a tal fin se procederá la habilitación de los fondos fijos y sus responsables para el corriente año.Que por lo expuesto corresponde emitir el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello, en uso de sus atribuciones EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º- DISPONER la habilitación de un Fondo Fijo y su responsable autorizado, según se detalla a continuación:
DIRECCIÓN DE SEGURIDAD
Sr. Roberto Osvaldo Giménez, M.I. Nº 12.738.292; Pesos Cincuenta Mil $ 50.000.Artículo 2.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C.
Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 324/B/2022
Villa Carlos Paz, 22 de junio de 2022
VISTO: el Expediente Nº 201867/22, mediante el cual los vecinos de calle Río Paraná elevan documentación, a fin de iniciar las obras de pavimento de adoquín, en un todo de acuerdo a lo previsto en el Artículo 4º inciso b de la Ordenanza N 4299;
y CONSIDERANDO: Que los vecinos anexan las adhesiones para el pavimento sobre calle Rio Paraná desde Rio Bermejo hasta Rio de la Plata.Que los propios vecinos gestionaron la adhesión de sus pares, informándoles el precio y esquema de financiación propuesto de Adopavi S.A. para la obra de pavimento de adoquín a ejecutar.Que el valor del metro cuadrado del pavimento de adoquín a asumir por cada vecino es de Pesos tres mil novecientos ochenta
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y cinco con cuarenta y siete centavos $ 3.985,47, opción de contado de acuerdo a los convenios firmados por los vecinos con la actualización prevista en la misma.Que en el mencionado Expediente de fs. 153 a 184, obran las firmas de los vecinos frentistas.Que la Dirección de Obras Públicas informó que la adhesión a la obra es del 71,42%.Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones:
DECRETA
Artículo 1º.- Autorizar las obras de pavimento de adoquín y el cobro a los frentistas de Rio Paraná desde Rio Bermejo hasta Rio de la Plata, en un todo de acuerdo a los Artículo 4º y 12º de la Ordenanza Nº 4299 y a la Propuesta de Adopavi S.A.Artículo 2º.- Declarar las obras mencionadas en el Artículo 1º de interés público y pago obligatorio.Artículo 3º.- El régimen de pago por parte de los frentistas será, según propuesta de la firma ejecutante, de acuerdo al siguiente esquema: 1 En un pago de contado, cuyo vencimiento operara al comienzo de la obra con un 5% de descuento. Deberá ser abonado en un pago de contado en pesos, en el plazo estipulado precedentemente. 2 Con un adelanto de un 30%
acopio de contado cuyo vencimiento operara al comienzo de la obra 2-A El saldo del 70%, en 3 tres cuotas iguales mensuales y consecutivas con un interés total del 8%. 2-B Mediante financiación del saldo, del 70%, hasta en 6 seis cuotas iguales mensuales y consecutivas debiendo aplicarse sobre dicho saldo un interés de financiación del 4,5% mensual directo. Las dos modalidades con vencimiento del pago de la entrega el quinto día hábil contado a partir de la notificación al frentista del certificado de contribución en los términos del artículo 17 de la Ordenanza 4299 y las restantes cuotas en igual número de día de los meses subsiguientes, haciéndose efectivo ante la Empresa Adopavi S.A.Artículo 4º.- La autorización mencionada en el Artículo 1º, tendrá un plazo de validez de 120 días corridos. Vencido el plazo sin haberse dado comienzo a la ejecución de la obra, los vecinos deberán realizar nuevamente el trámite previsto por la Ordenanza Nº 4299.
Artículo 5º.- La Dirección de Obras Públicas, la Secretaría de Economía y Finanzas y la Dirección de Recursos Fiscales tomarán conocimiento a los fines que corresponda a cada uno.Artículo 6º. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor
DECRETO Nº 325/A/2022
VILLA CARLOS PAZ, 23 de junio de 2022
VISTO: El expediente Nº 206229/2022, presentado por la Sra.
Giselle Alexandra Sotomayor, en su carácter de organizadora, mediante el cual solicita autorización para el uso de espacio público, para el evento denominado Zumba Solidaria; y CONSIDERANDO: Que dicho evento consta de una clase de Zumba Baile de 90 minutos, que se desarrollará en la costanera peatonal de nuestra ciudad, a realizarse durante el día sábado 25
de junio próximo.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/7/2022

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha22/07/2022

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones380

Primera edición01/01/2015

Ultima edición26/04/2024

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