Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 20/8/2021

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
20 de agosto de 2021

N: 121
Instalación de Señales Débiles por Ítem. 3.1- Mampostería de Ladrillos de Block por modificación del Plan de Trabajo dispuesto por dicha Inspección de Obra.

Que los propios vecinos gestionaron la adhesión de sus pares, informándoles el precio y esquema de financiación propuesto por la firma Murúa Construcciones S.R.L.-

Que dicha compensación no afecta el Monto Total de la Obra contratada ni el valor unitario de los mismos.

Que el valor del metro cuadrado de pavimento de adoquín a asumir por cada vecino es de Pesos dos mil trescientos diecisiete $ 2.317,00 de acuerdo a los convenios firmados por los vecinos con la actualización prevista en la misma.-

Que la demasía en el ítem 3.1-Mampostería de Ladrillos de Block, surge de la necesidad de ampliar la altura del muro de delimitación del patio del Centro Infantil Municipal por razones de seguridad.

Que en el mencionado Expediente de fs. 84 a 118, obran las firmas de los vecinos frentistas.-

Que la merma del ítem 19.3- Instalación de Señales Débiles, surge del hecho de que tal Instalación se estimó conveniente que fuera realizada por el Área competente del Municipio una vez instalados en el establecimiento los equipos necesarios en su localización definitiva.

Que la Dirección de Obras Públicas informó que la adhesión a la obra es del 70%.-

Que el gasto será atendido con fondos de la Partida 37.01.100.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en Vigencia.

DECRETA

Que corresponde en consecuencia emitir el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- APROBAR la reconducción de ítems de la Obra:
CENTRO INFANTIL MUNICIPAL DE BARRIO MIGUEL MUÑOZ
B DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ actuaciones obrante en el Expediente Nro. 177523/19, adjudicada a la Empresa MEHESZ S.R.L. por Contrato Nº 780/2019, de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM
19.3
3.1

DETALLE
INSTALACIÓN DE SEÑALES
DÉBILES
MAMPOSTERÍA DE LADRILLOS DE
BLOCK

MONTO
Disminuye $71.500
Aumenta $71.500

Artículo 2º.- El gasto será atendido con fondos de la Partida 37.01.100.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en Vigencia.
Artículo 3.- Previo al cumplimiento de lo establecido en el presente, dese intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor
DECRETO Nº 350/B/2021
Villa Carlos Paz, 20 de julio de 201
VISTO: el Expediente Nº 17940 y Nº194677/21, mediante el cual los vecinos de calle Cuba elevan documentación, a fin de iniciar las obras de pavimento de adoquines entre Juncal y Medellin, en un todo de acuerdo a lo previsto en el Artículo 4º inciso b de la Ordenanza N 4299; y CONSIDERANDO: Que se realizaron las publicaciones convocando a las empresas interesadas en su realización, con la finalidad de presentar ofertas.-

3

Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones:

Artículo 1º.- Autorizar las obras de pavimento de adoquines y el cobro a los frentistas de calle Cuba entre Juncal y Medellin, en un todo de acuerdo a los Artículo 4º y 12º de la Ordenanza Nº 4299 y a la Propuesta de la Empresa Murúa Construcciones S.R.L.Artículo 2º.- Declarar las obras mencionadas en el Artículo 1º de interés público y pago obligatorio.Artículo 3º.- El régimen de pago por parte de los frentistas será, según propuesta de la firma ejecutante, de acuerdo al siguiente esquema: 1 De Contado, 2 Entrega del 50% y 3 cuotas mensuales y consecutivas con un interés del 2% mensual directo sobre saldo, 3 Pago con tarjeta de crédito en 12 cuotas a través de Mercado Pago o Npos según la tarjeta con la cual se realice la operación, 4
Pago hasta en 6 cuotas mensuales y consecutivas con un interés del 5% mensual directo sobre saldo, haciéndose efectivo ante la Empresa Murúa Construcciones S.R.L.Artículo 4º.- La autorización mencionada en el Artículo 1º, tendrá un plazo de validez de 120 días corridos. Vencido el plazo sin haberse dado comienzo a la ejecución de la obra, los vecinos deberán realizar nuevamente el trámite previsto por la Ordenanza Nº 4299.
Artículo 5º.- La Dirección de Obras Públicas, la Secretaría de Economía y Finanzas y la Dirección de Recursos Fiscales tomarán conocimiento a los fines que corresponda a cada uno.Artículo 6º. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor DECRETO Nº 351/B/2021
Villa Carlos Paz, 20 de julio de 2021
VISTO: El Expediente N 180021/2019, donde obran las actuaciones de la Obra: REDES COLECTORAS CLOACALES de EDIFICIOS PÚBLICOS DE B COLINAS y Mz 106 Lt 01, Concurso Privado de Precios Nº 047/2019; y CONSIDERANDO: Que conforme a la valuación de actualización de precios efectuada corresponde reconocerla en un todo de acuerdo a la Cláusula Vigesimotercera del Contrato Nº 1143/2019, por la suma de Pesos Setenta y Un Mil Seiscientos Ochenta y Siete con Veintisiete Centavos $ 71.687,27 para el certificado del Fondo de Reparo.Que el gasto será atendido con los fondos de la Partida 37.01.100.2.60.614 del Presupuesto General en vigencia.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 20/8/2021

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha20/08/2021

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones382

Primera edición01/01/2015

Ultima edición10/05/2024

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